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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Miercoles, 30 de julio de 1997 Pág. 7.402

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 25 de junio de 1997, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de la resolución del expediente sancionador en materia de caza que se cita, devuelto por el servicio de correos (expediente C-58/96).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan, las resoluciones de dichos expedientes, por infracción a la Ley de caza de 4 de abril de 1970 y al Reglamento para su ejecución de 25 de marzo de 1971 (BOE del 30-3-1971).

Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir

del día siguiente al de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo dentro del plazo de un mes contado desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 311-152-115/8 de la Caixa de Galicia (2091), oficina principal de Lugo (152). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Para proceder al abono de la sanción, deberá utilizar los impresos normalizados que le serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda de la Muralla.

Lugo, 25 de junio de 1997.

José Ramón Molinero Senovilla

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Expediente nº: C-58/96.

Denunciado: Javier González Méndez.

DNI: 33.346.139.

Último domicilio conocido: Robledo-Donís-Cervantes-Lugo.

Hechos denunciados: no impedir que un perro vague sin control por terreno cinegético de régimen especial. Hechos constatados el 15-7-1996 en la reserva de caza de Os Ancares.

Calificación de la infracción: menos grave.

Preceptos infringidos: artículos 48.2.24 del Reglamento de caza.

Sanción: 3.000 ptas. de multa y 1.000 ptas. en sustitución del decomiso de un perro.

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