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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Miercoles, 30 de julio de 1997 Pág. 7.402

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 25 de junio de 1997, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se notifica la resolución de los expedientes incoados por infracción a la Ley de pesca fluvial, P-130/96, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan, las resoluciones de dichos expedientes, por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre pesca fluvial.

Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo dentro del plazo de un mes contado desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 311-152-115/8 de la Caixa de Galicia (2091), oficina principal de Lugo (152). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Para proceder al abono de la sanción, deberá utilizar los impresos normalizados que le serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda de la Muralla, 197.

Lugo, 25 de junio de 1997.

José Ramón Molinero Senovilla

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Expediente: P-130/96.

Denunciado: José Manuel Varela Vilanova.

DNI: 33.851.192.

Último domicilio conocido: calle de los Guardias 47-1º, Lugo.

Hechos denunciados: dedicarse al deporte de la pesca con caña, careciendo de licencia de pesca. Hechos ocurridos el 28-4-1996 en el río Sª Euxea-Guntín.

Calificación de la sanción: leve.

Precepto sancionador: artículo 33.9º de la Ley 7/1992.

Sanción: 15.000 ptas. de multa.

Artes decomisadas: se encuentran en la Delegación de Agricultura, Ganadería y Montes de Lugo; puede pasar a recogerlas cuando estime oportuno.

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