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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Miercoles, 30 de julio de 1997 Pág. 7.400

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 25 de junio de 1997, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de incoación de los expedientes sancionadores en materia de pesca fluvial que se citan, devueltos por el servicio de correos, (expediente P-23/97 y nueve más).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administracións públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan, que con esta fecha he resuelto publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia (DOG nº 151, del 5 de agosto de 1992), por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructora de este procedemento a Paloma Quiroga López, funcionaria de la delegación provincial, que podrá ser recusado en cualquier momento del expediente, de concurrir los supuestos legales.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para aportar, por escrito, cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas consideren convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuarse alegaciones en plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado proposta de resolución, determinándose para estos efectos el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda de la Muralla, 197.

Lo que se les comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto de 1993).

Lugo, 25 de junio de 1997.

José Ramón Molinero Senovilla

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

-Expediente nº: P-23/97.

Denunciado: Abel Voces Rodríguez (DNI 10.020.250).

Último domicilio conocido: c/ Vila Real 7-1º D, Ourense.

Hechos imputados: practicar el deporte de la pesca en época de veda. Hechos constatados el día 9-3-1997 en el embalse de Os Peares-río Miño-Pantón-Lugo.

Precepto sancionador: 34.8º de la Ley 7/1992.

Calificación infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 pesetas de multa y 6.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un año.

Artes decomisadas: devolución previo abono de la sanción; están depositadas en el puesto de la Guardia Civil de Pantón.

-Expediente nº: P-26/97.

Denunciado: Santiago Cuña Puga (DNI 34.975.532).

Último domicilio conocido: c/ Javier Prado Lameiro, 2-2º, Ourense.

Hechos imputados: practicar el deporte de la pesca en época de veda. Hechos constatados el día 9-3-1997 en el embalse de Os Peares-río Miño-Carballedo-Lugo.

Precepto sancionador: 34.8º de la Ley 7/1992.

Calificación infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 pesetas de multa y 47.700 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un año.

Artes decomisadas: devolución previo abono de la sanción; están depositadas en el puesto de la Guardia Civil de Pantón.

-Expediente nº: P-63/97.

Denunciado: Eduardo Antolín Novoa (DNI 34.531.000).

Último domicilio conocido: c/ Juan XXIII, 14-7º d, Ourense.

Hechos imputados: practicar el deporte de la pesca en zona hábil al efecto, cebando las aguas con fines de pesca utilizando pienso granulado. Hechos constatados el día 21-3-1997 en el río Miño-embalse de Belesar (margen derecho), lugar de Sabadelle-Chantada.

Precepto sancionador: 34.14º de la Ley 7/1992.

Calificación infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 pesetas de multa.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un año.

Artes decomisadas: devolución previo abono de la sanción; están depositadas en la oficina de Seprona en Monforte de Lemos.

-Expediente nº: P-55/97.

Denunciado: Fermín López Diéguez (DNI 35.167.949).

Último domicilio conocido: c/ Miguel Hernández, 6-2ºD, Corvera-Asturias.

Hechos imputados: no respetar las limitaciones de tamaño, infringiendo la Orden de 17-2-1997 (DOG del 26-2-1997) y fijadas por la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, al haber pescado una trucha de tamaño inferior al reglamentario (17 cm). Hechos constatados el día 23-3-1997, en el río Lamas-A Fonsagrada.

Precepto sancionador: 33.9º de la Ley 7/1992.

Calificación infracción: leve.

Sanción: 10.000 pesetas de multa y 3.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.

-Expediente nº: P-77/97.

Denunciado: Antonio López Rodríguez (DNI 76.561.137).

Último domicilio conocido: c/ Fonteculler Bq. 5-5, Culleredo-A Coruña.

Hechos imputados: practicar el deporte de la pesca no respetando las limitaciones de tamaño fijadas por la Orden de 17-2-1997 (DOG del 26-2-1997) de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, al haber capturado 6 truchas de tamaño inferior al reglamentario. Hechos constatados el 29-3-1997 en el río Lamas-A Fonsagrada.

Precepto sancionador: 33.9º de la Ley 7/1992.

Calificación infracción: leve.

Sanción: 10.000 pesetas de multa y 5.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.

-Expediente nº: P-124/97.

Denunciado: José Manuel Rivas Lamas (DNI 33.318.203).

Último domicilio conocido: c/ Castelao 35, Cospeito-Lugo.

Hechos imputados: pescar sin estar en posesión de la preceptiva licencia de pesca en vigor, teniendo la misma caducada desde el 22-4-1997, capturando una trucha; hechos constatados el 4-5-1997 en el río Miño, Sª Isabel-Outeiro de Rei.

Precepto sancionador: 34.1º de la Ley 7/1992.

Calificación infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 pesetas de multa y 5.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un año.

Artes decomisadas: devolución previo abono de la sanción; están depositadas en esta delegación provincial.

-Expediente nº: P-144/97.

Denunciado: Francisco Fernández Raposo (DNI 33.827.036).

Último domicilio conocido: c/ Logares, 4, A Fonsagrada-Lugo.

Hechos imputados: no respetar las limitaciones de tamaño, infringiendo la Orden de 17-2-1997 (DOG del 26-2-1997) y fijadas por la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, al haber pescado 11 truchas de tamaño inferior al reglamentario. Hechos constatados el día 16-5-1997, en el río Vega de Logares-A Fonsagrada.

Precepto sancionador: 33.9º de la Ley 7/1992.

Calificación infracción: leve.

Sanción: 12.000 pesetas de multa y 13.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.

-Expediente nº: P-146/97.

Denunciado: Jesús Díaz Silván (DNI 10.077.883).

Último domicilio conocido: c/ La Cardona-Sª Marina de la Torre-Torre del Bierzo-León.

Hechos imputados: pescar sin estar en posesión de la preceptiva licencia, el día 18-5-1997 en el río Ser-Navia.

Precepto sancionador: 34.1º de la Ley 7/1992.

Calificación infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 pesetas de multa y 5.000 ptas. de indemnización.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un año.

-Expediente nº: P-147/97.

Denunciado: Rubén Díaz Silván (DNI 11.077.884).

Último domicilio conocido: c/ La Cardona-Sª Marina de la Torre-Torre del Bierzo-León.

Hechos imputados: pescar sin estar en posesión de la preceptiva licencia de pesca en vigor, el día 18-5-1997 en el río Ser-Navia.

Precepto sancionador: 34.1º de la Ley 7/1992.

Calificación infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 pesetas de multa.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un año.

-Expediente nº: P-148/97.

Denunciado: Francisco Navia Méndez (DNI 33.335.271).

Último domicilio conocido: c/ Avda. Generalísimo, 12, Navia de Suarna-Lugo.

Hechos imputados: pescar con caña empleando cebo de uso no permitido (piscardo) teniendo capturado dos truchas, el día 24-5-1997 en el coto de Navia, Navia de Suarna.

Precepto sancionador: 34.14º de la Ley 7/1992.

Calificación infracción: menos grave.

Sanción: 50.001 pesetas de multa y 10.000 ptas. de indemnización por daños y pérdidas.

Inhabilitación para obtener la licencia de pesca por un año.

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