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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Miercoles, 30 de julio de 1997 Pág. 7.400

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 7 de julio de 1997, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza a Forem Galicia, a impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la solicitud presentada por Xosé Eusebio Justo Santos en representación de Forem Galicia y la documentación anexa, en la que se solicita la autorización de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtensión de carnés profesionales y de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la instrucción técnica complementaria IT-IC 25 del Reglamento de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria aprobada por Orden del 16 de julio de 1981 (BOE del 13-8-1991) y la Orden de 8 de abril de 1983, por la que se establecen especialidades de los carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria y se fija el número mínimo de horas para desarrollar los programas de los cursos teóricos de conocimientos específicos para la obtención de los mismos.

Considerando que se cumplieron los requisitos reglamentarios establecidos.

Esta dirección general de industria,

RESUELVE:

Autorizar a Forem Galicia la calificación de entidad reconocida para impartir los cursos teórico-prácticos para la obtención de los carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización e agua caliente sanitaria, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La duración de los cursos en número de horas se ajustará a lo dispuesto en la Orden de 8 de abril de 1983.

Para impartir los cursos, se deberá comunicar a la delegación provincial de la Consellería de Industria y Comercio de la provincia correspondiente al programa, profesorado, lugar, horario y exámenes, con el fin de realizar el control correspondiente.

Esta autorizacón deberá renovarse a los dos años, para lo que deberá acreditar ante esta Dirección Gene

ral de Industria el cumplimiento de los requisitos exigidos en la autorización inicial.

Santiago de Compostela, 7 de xullo de 1997.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

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