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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Jueves, 03 de julio de 1997 Pág. 6.463

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 164/1997, de 18 de junio, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Ribas de Sil (Lugo), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de calle de acceso a la playa fluvial.

El Ayuntamiento de Ribas de Sil (Lugo) en sesión celebrada el día 14 de marzo de 1996, acordó aprobar el proyecto de calle de acceso a la playa fluvial y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento remitió la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 5 de junio de 1997 con el número 7732.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Calidad Medioambiental y Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 19 de noviembre de 1996, nº 12106.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque se trata de una obra incluida en el Plan Municipal de Inversión 1996 y es absolutamente prioritaria dentro de las necesidades de infraestructura de esta corporación, que se fundamenta en la obligatoriedad recogida en el artículo 26.1º a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, de pavimentación de vías públicas.

Además, se trata de una vía pública prevista en las normas subsidiarias de planeamiento, fundamental al servir de enlace entre la vía central o de acceso a la N-120 y a las inmediaciones de la zona fluvial del río Sil, potenciandose así la zona recreativa existente y las expectativas turísticas de San Clodio (capitalidad municipal), y del resto del municipio, conllevando un aumento de los visitantes a la zona y a la obtención de importantes recursos económicos, siendo un vial demandado de forma reitarada por los vecinos.

Finalmente, la obra a realizar está incluida en un convenio de cooperación entre este ayuntamiento y la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, por lo que ésta financia la ejecución de la misma y el ayuntamiento se compromete a la libre disponibilidad de los terrenos, debiendo concluirse la obra en el plazo de un año desde la firma del convenio.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Inerior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dieciocho de junio de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Ribas de Sil (Lugo), a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto calle de acceso a la playa fluvial.

Santiago de Compostela, dieciocho de junio de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesus C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior

y Relaciones Laborales

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