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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Lunes, 09 de junio de 1997 Pág. 5.467

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 1997, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se dispone la inscripción y la publicación del acta presentada por la comisión negociadora del convenio colectivo para el personal de limpieza de la empresa contratista de este servicio en el Centro Residencia Docente y en el IESP de Ourense.

Visto el texto del acta presentada por la comisión negociadora del convenio colectivo para el personal de limpieza de la empresa contratista de este servicio en el Centro Residencial Docente y el IESP (código nº 3200671) de Ourense, con entrada en esta delegación provincial, suscrito en representación de la parte económica, por la empresa, y de la parte social, por el delegado de personal, en la reunión celebrada el día 17-4-1997, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por R.d. 1/1995, de 24 de marzo, R.d. 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y R.d. 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo.

Esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de la misma en el registro de convenios colectivos de esta delegación

provincial, con notificación a la representación económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta delegación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Ourense, 9 de mayo de 1997.

Manuel López Casas

Delegado provincial de Ourense

Acta

Reunidos por una parte Manuel Elías Pérez Álvarez, en representación de Maconsi, S.L., actual contratista del servicio de limpieza en el CRD y en el IESP de Ourense, y por otra Mª José Lorenzo Pascual, delegada de personal de dicho servicio en representación de los trabajadores.

Acuerdan:

Que según establece el artículo 2 del convenio vigente del personal de limpieza de la empresa contratista de este servicio en el Centro Residencial Docente y en el IESP de Ourense,

El presente convenio entrará en vigor el día 1 de julio de 1996 hasta el 30 de junio de 1997 y mantendrá su vigencia y se prorrogará hasta la sustitución por

otro convenio, tanto en el contenido normativo como obligacional.

No obstante, la denuncia del convenio no significará modificación alguna de su texto articulado, que continuará vigente hasta su sustitución por el nuevo en los términos que las partes establezcan. Si se produce la denuncia escrita de cualquiera de las partes dentro de los dos últimos meses de vigencia, la comisión negociadora deberá reunirse dentro de los 20 días siguientes al de la denuncia señalada anteriormente.

Y la disposición adicional séptima.

En caso de llegar a prorrogar este convenio, y mientras no se sustituya por otro, los trabajadores acogidos al mismo se regirán, tanto en los aspectos sociales como económicos, en todo momento por el considerado en lo convenio del personal laboral de la Xunta de Galicia, vigente en cada momento. A excepción de la disposición adicional primera (subrogación) que se regirá por el convenio provincial de limpieza de edificios y locales de Ourense, también vigente en cada momento.

Que el convenio 1996-1997 queda prorrogado y ratificado desde el 1 de julio de 1997 al 30 de junio de 1998 en dichas condiciones y, para que conste, firman a 17 de abril de 1997.

La empresaLa delegada de personal

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Vº bueno

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