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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Lunes, 09 de junio de 1997 Pág. 5.465

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 1997, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acuerdo de la comisión paritaria de la revisión del convenio colectivo para el sector del comercio textil.

Visto el texto de la revisión del convenio colectivo para el sector del comercio textil, de la provincia de Lugo (código 2700205), firmado el 11 de abril de 1997 por la representación de la Asociación Empresarial Textil y de las centrales sindicales CIG, UGT y CC.OO., y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el

texto refundido de la ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión del citado convenio en el registro de convenios de esta delegación, así como su depósito.

Segundo.-Remitir el texto de la revisión del mencionado convenio a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Lugo, 6 de mayo de 1997.

Manuel Bande Díaz

Delegado provincial de Lugo

Acta

En Lugo, siendo las 16.30 horas del día 11 de abril de 1997, se reúnen en los locales de la Confederación de Empresarios de Lugo (plaza de Santo Domingo, 6-8, 2º) las personas relacionadas todas ellas integrantes de la comisión mixta paritaria del convenio colectivo de comercio textil de la provincia de Lugo prevista en el artículo 19º de este, con objeto de proceder a la elaboración de las tablas salariales que tendrán vigencia desde el 1 de abril de 1997 al 31 de marzo de 1998, conforme a lo previsto el el artículo 6, párrafo segundo del convenio colectivo de comercio textil de la provincia de Lugo vigente.

Previas deliberaciones oportunas, se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:

Primero.-Aprobar las tablas salariales anexas que tendrán vigencia desde el 1 de abril de 1997 al 31 de marzo de 1998, y que suponen un incremento de un 2,6% en relación a las tablas con vigencia desde el 1 de abril de 1996 al 31 de marzo de 1997.

Segundo.-Los atrasos por diferencia de salarios producidos como consecuencia de la publicación de las tablas salariales aprobadas por la presente acta se harán efectivos en los 30 días siguientes a la publi

cación de la presente acta en el BOP de Lugo.

Tercero.-Remitir la presente acta a la autoridad laboral competente a los efectos legales oportunos.

Y en prueba de conformidad la firman la presente acta las personas relacionadas en lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Asistentes.

Por Asociación Empresarial Textil:

Andrés Tojal Rouco.

Teodoro Lázaro García.

Constantino García Mazoy.

Antonio López Fernández.

Amadeo Ramil Pita.

Por las centrales sindicales:

CC.OO. (55,6%):

María Prado Vázquez.

Juan Antonio Castro Gandoy.

Luís Anxo Fernández Pena.

UGT (22,2%):

Fernando Teijeiro Valledor.

CIG (22,2%):

Mª Carmen Antas Pérez.

Tabla salarial del convenio de comercio textil de LugoVigencia: 1-4-1997 al 31-3-1998

Categoría profesionalSueldo basePlusSueldo mesRetribuc. anual

Grupo I: personal técnico titulado

Titulado grado superior127.5078.917136.4242.019.609
Titulado grado medio108.3708.684117.0541.729.758
Ayudante técnico sanitario95.6098.527104.1361.536.459

Grupo II: personal mercantil técnico no titulado

Director140.2779.076149.3532.213.067
Jefe de división124.3088.880133.1881.971.180
Jefe de personal121.1378.840129.9771.923.135
Jefe de compras121.1378.840129.9771.923.135
Encargado general121.1378.840129.9771.923.135
Jefe de sucursal y super108.3708.684117.0541.729.758
Jefe de almacén108.3708.684117.0541.729.758
Jefe de grupo101.9838.605110.5881.633.005
Jefe de sección mercantil93.6848.502102.1861.507.284
Encargado establecimiento subasta92.4068.486100.8921.487.922
Intérprete82.3908.11190.5011.333.182
Jefe de ventas121.1378.840129.9771.923.135

Personal mercantil propiamente dicho

Viajante93.6848.502102.1861.507.284
Corredor de plaza92.4068.486100.8921.487.922
Dependiente89.2158.44797.6621.439.589
Dependiente mayor97.9958.555106.5501.572.585
Ayudante81.9718.36190.3321.329.897
Aprendiz menor de 18 años50.4787.97058.448852.810
Aprendiz mayor de 18 años (1 año)51.6007.97059.570869.640
Aprendiz mayor de 18 años (2º año)58.2607.97066.230969.540
Aprendiz mayor de 18 años (3 año)64.9217.97072.8911.069.455

Grupo III: personal técnico no titulado

Director140.2779.076149.3532.213.067
Jefe de división124.3088.880133.1881.971.180
Jefe de administración112.1988.730120.9281.787.730
Secretario90.5018.46098.9611.459.035
Jefe de sección administrativa104.5268.637113.1631.671.534

Categoría profesionalSueldo basePlusSueldo mesRetribuc. anual

Personal administrativo.

Contable, cajero, taquimecanógrafo, idiomas, etc.93.6848.502102.1861.507.284
Oficial administrativo y operador máquina contable89.2158.44797.6621.439.589
Auxiliar administrativo y perforista81.9718.36190.3321.329.897
Aspirante o auxiliar de caja menor de 18 años50.4787.97058.448852.810
Auxiliar de caja81.9718.36190.3321.329.897
Auxiliar mayor de caja88.0468.43196.4771.421.862

Grupo IV: personal de servicios y actividades auxiliares.

Jefe de sección de servicios101.8608.606110.4661.631.172
Dibujante108.3708.684117.0541.729.758
Escaparatista89.2158.44797.6621.439.589
Ayudante de montaje81.9718.36190.3321.329.897
Delineante82.8328.36891.2001.342.896
Visitador82.8328.36891.2001.342.896
Rotulista82.8328.36891.2001.342.896
Cortador92.4568.485100.9411.488.660
Ayudante cortador81.9718.36190.3321.329.897
Jefe de taller82.5548.36390.9171.338.666
Personal de oficio de 1ª87.3028.42495.7261.410.618
Personal de oficio de 2ª84.9038.39593.2981.374.285
Personal de oficio de 3ª83.8388.38192.2191.358.142
Capataz85.7588.40694.1641.387.242
Mozo especializado83.0938.37191.4641.346.847
Ascensorista81.9718.36190.3321.329.897
Telefonista81.9718.36190.3321.329.897
Mozo81.9718.36190.3321.329.897
Empaquetadora81.9718.36190.3321.329.897

Grupo V: personal subalterno

Conserje81.9718.36190.3321.329.897
Cobrador81.9718.36190.3321.329.897
Vigilante, sereno, ordenanza, portero81.9718.36190.3321.329.897
Personal de limpieza381000

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