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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Viernes, 11 de abril de 1997 Pág. 3.402

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 31 de marzo de 1997 por la que se convocan y aprueban las bases por las que se regirán los premios de investigación Xunta de Galicia 1996.

El apoyo y fomento de la investigación es una función que la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia viene ejerciendo bajo la firme convicción de que la inversión en recursos humanos favorece el bienestar social y desarrollo productivo.

En ejecución de sus competencias, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria procedió a convocar en los años 1993, 1994, 1995 y 1996 los premios Xunta de Galicia de investigación correspondientes a los años 1992, 1993, 1994 e 1995 respectivamente.

Como continuación de las acciones de años anteriores y con el fin de complementar las convocatorias de acciones de apoyo y fomento de la investigación que viene haciendo todos los años la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria a través de la Dirección General de Universidades e Investigación, con otra que tenga como base el reconocimiento del mérito en las personas que se dedican a tareas investigadoras que redunden en beneficio de Galicia, o a su divulgación, esta consellería,

DISPONE:

Artículo 1º

Convocar los premios de investigación Xunta de Galicia de 1996, de acuerdo con las correspondientes bases que se insertan, respectivamente, en los anexos I, II y III de la presente orden.

Artículo 2º

Los premios que se convocan son los siguientes:

-Premio Xunta de Galicia 1996 a una trayectoria investigadora por su contribución al desarrollo científico en la Comunidad Autónoma de Galicia (anexo I).

-Premio Xunta de Galicia 1996 de promoción de la investigación al mejor artículo publicado en periódico, semanario o revista de información general (anexo II).

-Premio Xunta de Galicia 1996 al mejor trabajo publicado en revista científica o capítulo de libro (anexo III).

Artículo 3º

El jurado que resolverá los antedichos premios Xunta de Galicia tendrá la siguiente composición:

Presidente:

El conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, o persona en quien delegue.

Vocales:

-Los rectores de las tres universidades de Galicia, o personas en las que deleguen.

-El último galardonado con el Premio Xunta de Galicia de investigación a una trayectoria investigadora o, en su defecto, la persona galardonada en la convocatoria que le precede.

-Tres personas de reconocido prestigio en el ámbito de la investigación en Galicia, nombradas por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria.

Secretario: un funcionario de la Dirección General de Universidades e Investigación que actuará con voz, pero sin voto.

Artículo 4º

Ningún miembro del jurado podrá ser candidato al premio. El jurado podrá recabar el asesoramiento y hacer las consultas que estime oportunas entre especialistas de las distintas áreas de conocimiento tanto dentro como fuera del ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma.

Artículo 5º

El libramiento de la cuantía de estos premios se hará con cargo a la partida presupuestaria 07.05.431A.480.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1997.

Disposición adicional

Se faculta al director general de Universidades e Investigación para que dicte las disposiciones oportunas para el adecuado desarrollo de la presente orden.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de marzo de 1997.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

Director General de Universidades e Investigación

ANEXO I

Premio Xunta de Galicia 1996 a una labor

o trayectoria investigadora

BASES:

Primera.-Este premio Xunta de Galicia se crea para destacar una labor o trayectoria investigadora y tiene por objetivo reconocer y recompensar los méritos de la labor o trayectoria seleccionada por su contribución al desarrollo de la investigación gallega o de la producción científica de Galicia.

Segunda.-Podrán ser candidatos al premio las personas físicas, con la condición de candidatura unipersonal o colegiada, que hayan desarrollado o estén desarrollando su actividad investigadora en Galicia o dentro de una entidad radicada en su territorio, así como aquellos investigadores que realicen o hayan realizado actividad investigadora que redunde en beneficio de Galicia. El premio se podrá conceder a título póstumo.

Tercera.-El premio está dotado con tres millones (3.000.000) de pesetas. Será adjudicado a una sola candidatura, bien sea unipersonal o colegiada.

Cuarta.-El premio es indivisible. Podrá ser declarado desierto. Las decisiones del jurado serán inapelables.

Quinta.- La presentación de cada candidato, ya sea candidato unipersonal o colegiado, tendrá que ser realizada por cualquier institución, organismo, asociación, sociedad científica, patronato o fundación (con actividad reconocida estatutariamente en el campo de la investigación o del desarrollo tecnológico en Galicia). Las solicitudes en el modelo oficial que se publica en el anexo V a la presente orden se presentarán en el registro general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Las solicitudes se acompañarán de:

1. Memoria en la que se expondrá la importancia y relevancia que la candidatura propuesta tuvo y tiene en el desarrollo científico de Galicia y currículum vitae del candidato (ocho copias de ambos documentos y una de ellas se acompañará de los justificantes del currículum).

2. Breve extracto del currículum del candidato según el modelo que se publica como anexo VIII (ocho copias).

El plazo de presentación de solicitudes termina el 30 de mayo de 1997.

Sexta.-La decisión del jurado tendrá lugar dentro de los seis meses siguientes al cierre del plazo de la presentación de las candidaturas. A los efectos de lo establecido en el artículo 42.2º de la Ley 30/1992, transcurrido dicho plazo sin que se dicte resolución expresa, se entenderá que quedan desestimadas las solicitudes presentadas.

Séptima.-La decisión del jurado se dará a conocer mediante publicación en el DOG y por comunicación directa al galardonado.

Octava.-El premio se entregará en acto público. El premiado, o su representante debidamente acreditado con anterioridad al acto, recibirá un diploma y el importe del premio, que le será abonado mediante talón nominativo por valor de su cuantía total.

Novena.-La documentación de la candidatura premiada al amparo de esta convocatoria será debidamente archivada en la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria (Dirección General de Universidades e Investigación). Las candidaturas no premiadas podrán retirar la documentación presentada en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente a aquél en el que se haga pública la decisión del jurado. Transcurrido este plazo se procederá a su archivo.

ANEXO II

Premio Xunta de Galicia 1996 de promoción

de la investigación al mejor artículo

publicado en periódico, semanario o revista

de información general

BASES:

Primera.-Este premio se crea para recompensar el trabajo de divulgación sobre la investigación y/o el desarrollo tecnológico, tanto en lo que se refiere a su historia, su estado actual o sus posibilidades futuras.

Segunda.-Podrán presentar trabajos a este premio, únicamente bajo la condición de candidatura unipersonal, todas las personas físicas, sean profesores, investigadores o profesionales que puedan encuadrase en alguno de los seguintes apartados:

-Personas que desarrollan su actividad en Galicia y presentan a la candidatura un trabajo publicado en cualquier periódico, semanario o revista de información general editado en España.

-Gallegos que desarrollan su actividad fuera de Galicia y presentan a la candidatura un trabajo publicado en periódico, seminario o revista de información general editados en España.

-Personas que desarrollan su actividad fuera de Galicia y presentan a la candidatura un trabajo sobre temática de Galicia, publicado en cualquier periódico, semanario o revista de información general editado en España.

En todo caso, se entenderá que la candidatura unipersonal admite la autoría de artículos firmados por uno o, como máximo, dos investigadores.

Cada persona física sólo podrá presentar una candidatura a esta modalidad de premio.

Tercera.- Se concederá un premio dotado con la cantidad única de 750.000 (setecientas cincuenta mil) pesetas.

Cuarta.-El premio podrá ser otorgado de forma compartida a dos trabajos presentados, o dejarse desierto. De igual modo, siempre a juicio del jurado, podrán concederse hasta un máximo de tres menciones honoríficas. Las decisiones del jurado serán inapelables.

Quinta.-Los artículos (se excluirán la reproducción de informes, entrevistas, reportajes o dossiers) enviados deberán estar publicados entre el 1 de enero de 1996 y el 31 de diciembre del mismo año en algún periódico, semanario, o revista de información general ajustándose a lo establecido en la base segunda. Los trabajos que se presenten al premio no pueden haber sido premiados por convocatorias semejantes de otros organismos.

Sexta.-Las solicitudes en el modelo oficial que se publica en el anexo VI a la presente orden, se presentarán en el registro general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia (edificio de San Caetano, s/n, 15704 Santiago de Compostela), o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Las solicitudes se acompañarán de:

1. Un original y ocho copias del artículo correspondiente. Al original deberán juntarse los créditos técnicos correspondientes a la publicación de que se trata.

2. Breve extracto del currículum del candidato según el modelo que se publica como anexo VIII (ocho copias).

3. En el caso de que el trabajo esté firmado por dos autores y solo uno de ellos participe en esta con

vocatoria, éste deberá adjuntar autorización para concursar, firmada por el otro autor.

4. Fotocopia do DNI del solicitante.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de mayo de 1997.

Séptima.-La decisión del jurado tendrá lugar dentro de los seis meses siguientes al cierre del plazo de presentación de las candidaturas. A los efectos de lo establecido en el artículo 42.2º de la Ley 30/1992, transcurrido dicho plazo sin que se dicte resolución expresa, se entenderá que quedan desestimadas las solicitudes presentadas.

Octava.-La decisión del jurado se hará pública mediante publicación en el DOG y por comunicación directa al primer autor firmante del trabajo premiado.

Novena.-Los premios se entregarán en acto público. Los premiados, o sus representantes debidamente acreditados con anterioridad al acto, recibirán un diploma y el importe del premio, que les será abonado mediante talón nominativo por valor de la cuantía total del mismo. En el caso de que el artículo premiado corresponda a dos autores, se expedirá el diploma por duplicado y el importe del premio, se repartirá entre los dos galardonados haciéndoles entrega a cada uno de ellos de un talón nominativo por la cuantía correspondiente.

Décima.-La documentación de las candidaturas premiadas al amparo de esta convocatoria será debidamente archivada en la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria (Dirección General de Universidades e Investigación). Las candidaturas no premiadas podrán retirar la documentación presentada en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquél en el que se haga pública la decisión del jurado. Transcurrido este plazo se procederá a su archivo.

ANEXO III

Premio Xunta de Galicia 1996 al mejor trabajo

publicado en revista científica o capítulo de libro

BASES:

Primera.-Este premio se crea para recompensar la labor del investigador a través de un trabajo publicado en revista científica o capítulo de libro, y en el se valorará especialmente la capacidad para actualizar experiencias y conocimientos científicos de interés para solucionar problemas actuales, y/o para abrir nuevas vías de investigación en sus ámbitos de trabajo.

Segunda.-Podrán presentar trabajos a este premio, únicamente bajo la condición de candidatura unipersonal, todas las personas físicas, sean profesores, investigadores o profesionales, gallegos o no gallegos que desarrollan su actividad en Galicia, gallegos que desarrollan su actividad fuera de Galicia y también no gallegos siempre que, estando fuera de Galicia, presenten a la candidatura un trabajo sobre temática de Galicia. En todo caso, se entenderá que la candidatura unipersonal admite la autoría de artículos firmados por uno o, como máximo, dos investigadores.

Tercera.-Se concederá un premio dotado con la cantidad única de 750.000 (setecientas cincuenta mil) pesetas al mejor trabajo seleccionado entre los que se presenten dentro de cada una de las áreas que se relacionan en el anexo IV. Ningún trabajo podrá presentarse como candidato al premio por más de un área y ningún investigador podrá presentar más de un trabajo o artículo como candidatura en esta modalidad.

Cuarta.-El premio podrá ser otorgado de forma compartida, en cada una de las áreas del anexo IV, a dos trabajos presentados, o dejarse desierto. De igual forma, siempre a juicio del jurado, podrá concederse una mención honorífica por cada una de las áreas indicadas en el anexo IV. Las decisiones del jurado serán inapelables.

Quinta.-Los trabajos enviados deberán estar publicados entre el 1 de enero de 1996 y el 31 de diciembre del mismo año. Los trabajos que se presenten al premio no pueden haber sido premiados en convocatorias semejantes de otros organismos.

Sexta.-Las solicitudes en el modelo oficial que se publica en el anexo VII, se presentarán en el registro general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia (edificio de San Caetano, s/n, 15704 Santiago de Compostela), o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Las solicitudes se acompañarán de:

1. Un original y ocho copias del artículo correspondiente. En el caso de que se trate de artículos de revista, deberá consignarse expresamente el nombre oficial de la misma y copia del índice en el que apareció el trabajo en el que conste la fecha concreta de la publicación.

En el caso de capítulo de libro, se consignará expresamente la referencia completa de la obra (título, editorial, ciudad y año de edición), junto con una copia de la portada, contraportada e índice completo del libro en el que está publicado el trabajo que se presenta al premio.

2. Breve extracto del currículum del candidato según el modelo que se publica como anexo VIII (ocho copias).

3. En el caso de que el trabajo esté firmado por dos autores y sólo uno de ellos participe en esta convocatoria, éste deberá adjuntar autorización para concursar firmada por el otro autor.

4. Fotocopia do DNI del solicitante.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de mayo de 1997.

Séptima.-La decisión del jurado tendrá lugar dentro de los seis meses siguientes al cierre del plazo de presentación de candidaturas. A los efectos de lo establecido en el artículo 42.2º de la Ley 30/1992, transcurrido dicho plazo sin que se dictase resolución expresa, se entenderá que quedan desestimadas las solicitudes presentadas.

Octava.-La decisión del jurado se hará pública mediante publicación en el DOG y por comunicación directa al primer autor firmante del trabajo premiado.

Novena.-Los premios se entregarán en acto público. Los premiados, o sus representantes debidamente acreditados con anterioridad al acto, recibirán un diploma y el importe del premio, que les será abonado mediante talón nominativo por valor de su cuantía total. En el caso de que el artículo premiado corresponda a dos autores, se expedirá el diploma por duplicado y el importe del premio se repartirá entre los galardonados haciéndoles entrega a cada uno de ellos de un talón nominativo por la cantidad correspondiente.

Décima.-La documentación de las candidaturas premiadas al amparo de esta convocatoria, será debidamente archivada en la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria (Dirección General de Universidades e Investigación). Las candidaturas no premiadas podrán retirar la documentación presentada en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquél en el que se haga pública la decisión del jurado. Transcurrido este plazo se archivará sin más trámite.

ANEXO IV

Titulaciones académicas por grandes áreas de conocimiento

A los efectos de los premios del anexo III, los trabajos deberán identificarse, por su temática, dentro de una de las cinco áreas que se definen a continuación y que están integradas por los posibles estudios conducentes a los títulos oficiales que se detallan.

Teniendo en cuenta lo indicado en el apartado anterior, se entiende que la identificación de cada área por el tipo de estudios no predetermina necesariamente que el trabajo que se presente a concurso dentro de un área tenga que estar escrito por una o más personas graduadas de esa misma área. Las áreas, en este caso, sólo sirven para clasificar los trabajos presentados.

CIENCIAS EXPERIMENTALES

Licenciado en biología.

Licenciado en bioquímica.

Licenciado en ciencia y tecnología de los alimentos (sólo de 2º ciclo).

Licenciado en ciencias ambientales.

Licenciado en ciencias del mar.

Licenciado en ciencias y técnicas estadísticas (sólo de 2º ciclo).

Licenciado en física.

Licenciado en matemáticas.

Licenciado en química.

Licenciado en geología.

Diplomado en estadística.

Diplomado en óptica y optometría.

CIENCIAS DE LA SALUD

Licenciado en farmacia.

Licenciado en medicina.

Licenciado en odontología.

Licenciado en veterinaria.

Diplomado en enfermería.

Diplomado en fisioterapia.

Diplomado en logopedia.

Diplomado en podología.

Diplomado en terapia ocupacional.

CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

Licenciado en administración y dirección de empresas.

Licenciado en ciencias actuariales y financieras (sólo de 2º ciclo).

Licenciado en ciencias de la actividad física y del deporte.

Licenciado en ciencias políticas y de la administración.

Licenciado en comunicación audiovisual.

Licenciado en derecho.

Licenciado en documentación (sólo de 2º ciclo)

Licenciado en economía.

Licenciado en investigación y técnicas de mercado (sólo de 2º ciclo).

Licenciado en pedagogía.

Licenciado en psicopedagogía (sólo de 2º ciclo).

Licenciado en psicología.

Licenciado en publicidad y relaciones públicas.

Licenciado en sociología.

Licenciado en periodismo.

* Maestro.

-Especialidad de educación infantil.

-Especialidad de educación primaria.

-Especialidad de lengua extranjera.

-Especialidad de educación física.

-Especialidad de educación musical.

-Especialidad de educación especial.

-Especialidad de audición y lenguaje.

Diplomado en biblioteconomía y documentación

Diplomado en ciencias empresariales.

Diplomado en educación social.

Diplomado en gestión y administración pública.

Diplomado en relaciones laborales.

Diplomado en trabajo social.

ENSEÑANZAS TÉCNICAS

Arquitecto.

Arquitecto técnico.

Ingeniero aeronáutico.

Ingeniero técnico en aeromotores.

Ingeniero técnico en aeronavegación.

Ingeniero técnico en aeronaves.

Ingeniero técnico en aeropuertos.

Ingeniero técnico en equipos y materiales aeroespaciales.

Ingeniero agrónomo.

Ingeniero técnico en explotaciones agropecuarias.

Ingeniero técnico en hortofruticultura y jardinería.

Ingeniero técnico en industrias agrarias y alimentarias.

Ingeniero técnico en mecanización y construcciones rurales.

Ingeniero de caminos, canales y puertos.

Ingeniero técnico en construcciones civiles.

Ingeniero técnico en hidrología.

Ingeniero técnico en transportes y servicios urbanos.

Ingeniero en electrónica (sólo de 2º ciclo).

Ingeniero técnico en sistemas electrónicos.

Ingeniero industrial.

Ingeniero de materiales (sólo de 2º ciclo)

Ingeniero técnico en electricidad.

Ingeniero técnico en mecánica.

Ingeniero técnico textil.

Ingeniero en informática.

Ingeniero técnico en informática de gestión.

Ingeniero técnico en informática de sistemas.

Ingeniero técnico en diseño industrial.

Ingeniero de minas.

Ingeniero técnico en explotaciones de minas.

Ingeniero técnico en instalaciones electro-mecánicas mineras.

Ingeniero técnico en mineralogía e metalurgia.

Ingeniero técnico en recursos energéticos, combustibles y explosivos.

Ingeniero técnico en sondeos y prospecciones mineras.

Ingeniero de montes.

Ingeniero técnico en explotaciones forestales.

Ingeniero técnico en industrias forestales.

Ingeniero naval y oceánico.

Ingeniero técnico en estructuras marinas.

Ingeniero técnico en propulsión y servicios de buque.

Ingeniero en organización industrial (sólo 2º ciclo).

Ingeniero en automática y electrónica industrial (sólo 2º ciclo).

Ingeniero técnico en electrónica industrial.

Ingeniero químico.

Ingeniero técnico en química industrial.

Ingeniero en telecomunicaciones.

Ingeniero técnico en sistemas de telecomunicación.

Ingeniero técnico en sonido e imagen.

Ingeniero técnico en telemática.

Ingeniero en geodesia y cartografía (sólo de 2º ciclo).

Ingeniero técnico en topografía.

Licenciado en máquinas navales (sólo de 2º ciclo).

Diplomado en máquinas navales.

Licenciado en náutica y transporte marítimo (sólo de 2º ciclo).

Diplomado en navegación marítima.

Licenciado en radioelectrónica naval (sólo de 2º ciclo).

Diplomado en radiolectrónica naval.

HUMANIDADES

Licenciado en antropología social y cultural (sólo de 2º ciclo)

Licenciado en bellas artes.

Licenciado en filología alemana.

Licenciado en filología árabe.

Licenciado en filología catalana.

Licenciado en filología clásica.

Licenciado en filología eslava.

Licenciado en filología francesa.

Licenciado en filología gallega.

Licenciado en filología hebrea.

Licenciado en filología hispánica.

Licenciado en filología inglesa.

Licenciado en filología italiana.

Licenciado en filología portuguesa.

Licenciado en filología románica.

Licenciado en filología vasca.

Licenciado en filosofía.

Licenciado en geografía.

Licenciado en historia.

Licenciado en historia del arte.

Licenciado en historia y ciencia de la música.

Licenciado en humanidades.

Licenciado en teoría de la literatura y literatura comparada (sólo de 2º ciclo).

Licenciado en lingüística (sólo de 2º ciclo).

Licenciado en traducción e interpretación.

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