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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 251 Jueves, 26 de diciembre de 1996 Pág. 11.819

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DECRETO 433/1996, de 13 de diciembre, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV trazada entre la L.M.T. A Lama-Forzáns hasta el centro transformador que se proyecta en Xende, ayuntamiento de A Lama provincia de Pontevedra. (Expediente 95/340).

Eléctrica de Moscoso, S.L., con domicilio a efectos de notificaciones en la c/ Vía Norte nº 8, 7º de Vigo, solicitó de esta Consellería de Industria y Comercio, la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV de 2.041 m de longitud, con conductor de LA-56, sobre apoyos de hormigón y metálicos, desde la L.M.T. A Lama-Forzáns hasta el C.T. que se proyecta en Xende, ayuntamiento de A Lama (Pontevedra). (Expediente 95/340).

Dicha instalación se autorizó y se declaró de utilidad pública por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra de 26-1-1996 la cual fue objeto de publicación, insertándose en el DOG del 23-2-1996, en el BOP de Pontevedra del 21-2-1996, y en el BOE del 20-2-1996. Con la misma fecha fue aprobado su proyecto de ejecución.

La solicitud de urgente ocupación se hizo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido por la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.

Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con la relación de interesados, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 17-7-1996, en el BOP de Pontevedra del 26-6-1996, en el diario Diario de Pontevedra de 13-6-1996, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de A Lama y en el de la delegación provincial,

al mismo tiempo en la forma reglamentaria se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación, excepto los propietarios de las fincas números 2, 20, 22 y 24, que por ser de domicilio desconocido, se le dio traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, según el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

La tramitación del expediente se hizo de acuerdo con la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y con su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; durante el período en que se sometió a trámite de información pública no se formuló ninguna alegación de oposición a la expropiación.

Una vez practicada, por técnicos de la delegación provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña, la inspección sobre el terreno segundo el trazado aprobado para la instalación de esta línea, se pudo comprobar que en los bienes afectados, sobre los que se solicitan los beneficios de expropiación, a los efectos de la servidumbre, no se dan los supuestos prohibitivos previstos nos artigos 6 de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y 25 del Decreto 2619/1966, ni le son de aplicación las limitaciones del artículo 26 de dicho decreto.

Se estima justificada la urgente ocupación solicitada por la compañía Eléctrica de Moscoso, S.L. ya que con esta línea se pretende suministrar de energía al centro transformador que se proyecta en Xende, partiendo de la L.M.T. A Lama-Forzáns con objeto de poder garantizar las máximas condiciones de seguridad del suministro, calidad y regularidad en dicha zona, y debido a que a imposición de la servidumbre de paso, por el procedimiento ordinario, haría imposible cumplir los prazos previstos para estas instalaciones.

En su virtud, y por propuesta del conselleiro de Industria y Comercio, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día trece de diciembre de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo único.-Para los efectos previstos en la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se declara urgente la ocupación de terrenos y bienes gravados con la servidumbre de paso impuesta con el alcance previsto en el artículo 4 de la ley citada, para realizar la instalación proyectada y propuesta por Eléctrica de Moscoso, S.L., de la línea eléctrica aérea que une la L.M.T. A Lama-Forzáns con el centro transformador que se proyecta en Xende, ayuntamiento de A Lama.

Los bienes y derechos a que afecta esta disposición se sitúan en término municipal de A Lama (Pontevedra) e son todos los que figuran en la relación presentada por la empresa solicitante de los beneficios de expropiación, que consta en el expediente, el cual

se sometió a información pública en la forma y fechas anteriormente descritas.

Santiago de Compostela, trece de diciembre de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Couceiro Méndez

Conselleiro de Industria y Comercio

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