Por comunicaciones a los estados miembros publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, de 10-7-1996 (96/C, 200/06 y 96/200/05), la Comisión Europea invitó a los estados miembros a presentar programas operativos o subvenciones globales para participar en las iniciativas comunitarias empleo y recursos humanos y adaptación de los trabajadores a las transformaciones industriales (ADAPT); en dichas comunicaciones las orientaciones modificadas para los programas operativos o subvenciones globales que se presenten.
Con el fin de facilitar la tramitación administrativa de los proyectos que puedan ser elegibles en las referidas iniciativas comunitarias en uso de las facultades que tiene atribuidas la Consellería de Economía y Hacienda en cuanto a formulación de instrucciones
para la coordinación de las programación de los proyectos de los fondos estructurales,
DISPONGO:
Artículo 1º
El objeto de la presente orden es que las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Galicia conozcan las normas y orientaciones que posibiliten la presentación de proyectos dentro del marco del período 1997-1999 de las Iniciativas Comunitarias de Empleo y Desarrollo de Recursos Humanos y ADAPT.
Artículo 2º
Los proyectos que se presenten tendrán que cumplir las características y especificaciones que la Comisión Europea establece en las comunicaciones a los estados miembros mencionadas (96/C 200/06 y 96/C 200/05), en cuanto a objetivos, prioridades, subvencionabilidad y medidas subvencionables.
Artículo 3º
Los proyectos deberán concretar y garantizar la transnacionalidad de las acciones a través del compromiso escrito de participación en el proyecto de entidades de otros países de la Unión Europea.
Artículo 4º
Los proyectos se presentarán según el modelo normalizado de solicitud de participación en programas operativos de las iniciativas comunitarias de empleo y recursos humanos y ADAPT.
A la solicitud normalizada se acompañará, además, la siguiente documentación:
-Memoria explicativa del proyecto.
-Documento acreditativo de la asociación transnacional.
El modelo normalizado de solicitud y del documento acreditativo de transnacionalidad se puede obtener en los órganos correspondientes de las consellerías sectoriales en relación con la materia objeto del proyecto que se pretenda presentar.
Artículo 5º
Los proyectos se presentarán en los servicios centrales de las consellerías sectoriales competentes en relación con la materia del proyecto. El plazo de presentación finalizará el día 15 de febrero de 1997.
Artículo 6º
Se exigirá, a los proyectos que se presenten, una participación no pública de, al menos, el cinco por ciento del coste total.
Artículo 7º
Las consellerías sectoriales valorarán, a efectos de su selección, las características de los proyectos que se presenten de acuerdo con sus políticas sectoriales y disponibilidades presupuestarias, así como con las normas y criterios contenidos en las comunicaciones de la Comisión Europea y en los programas operativos
de las iniciativas empleo y recursos humanos y ADAPT.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 19 de diciembre de 1996.
José Antonio Orza Fernández
Conselleiro de Economía y Hacienda
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