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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Miercoles, 18 de diciembre de 1996 Pág. 11.553

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 26 de noviembre de 1996 por la que se clasifica como de interés docente la Fundación Manuel Mª Concheiro Barreiro.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Manuel Mª Concheiro Barreiro, con domicilio en Ordes.

Supuestos de hecho:

1. Manuel Mª Concheiro Barreiro, en calidad de presidente de la fundación, en escrito de 30 de julio de 1996, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Ordes, el día 5 de julio de 1996, ante el notario del Ilustre Colegio de A Coruña Carlos de la Torre Deza, con el número ochocientos noventa y seis de su protocolo por Manuel Mª Concheiro Barreiro, Mª Teresa Varela Nine, Alejandra Concheiro Varela y Álvaro Concheiro Varela en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, el objeto de la fundación es la satisfacción y colaboración de y en toda clase de temas y necesidades intelectuales, morales o físicas y de beneficiencia.

4. El patronato de la fundación estará constituido por Manuel Mª Concheiro Barreiro como presidente, Mª Teresa Varela Nine como vicepresidente, Álvaro Concheiro Varela como secretario y Alejandra Concheiro Varela como vocal.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés docente de la Fundación Manuel Mª Concheiro Barreiro, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés docente y su adscripción a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

Fundamentos de derecho:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/92, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 18 de noviembre de 1996. En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés-docente la Fundación Manuel Mª Concheiro Barreiro, adscribiéndola a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 26 de noviembre de 1996.

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública

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