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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Jueves, 12 de diciembre de 1996 Pág. 11.329

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 2 de diciembre de 1996 por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a categorías correspondientes al grupo IV del personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.

De conformidad con lo establecido en el Decreto 413/1996, de 21 de noviembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas del personal laboral de la Xunta de Galicia para el año 1996 (DOG nº 232, del 27 de noviembre), esta consellería en el uso de las competencias que le atribuye el artículo 10 del III convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia,

DISPONE:

I. Normas generales.

I.1. Se convoca proceso selectivo para el acceso a las categorías del grupo IV que figuran en el anexo I de la presente convocatoria.

I.1.1. El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna y cambio de categoría, en su caso, y al sistema de acceso libre será, para cada categoría, el reflejado en el anexo I.

I.1.2. De conformidad con la disposición adicional séptima de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia según redacción dada por la Ley 4/1991, de 8 de marzo, y con el Decreto 413/1996, de 21 de noviembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal laboral de la Xunta de Galicia para el año 1996, del total de plazas se reservará, en su caso, en cada categoría el número de plazas que constan en el citado anexo I, para ser cubierta/s por persona/s con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33%.

En el supuesto de que tal/es plaza/s no sea/n cuberta/s por persona/s con la minusvalía correspondiente pasará/n a integrarse en las restantes plazas correspondientes al sistema de acceso libre.

I.1.3. Las plazas sin cubrir de las reservadas al sistema de promoción interna y cambio de categoría se acumularán al sistema de acceso libre.

I.1.4. Los aspirantes solo podrán participar en uno de los dos sistemas respecto de cada categoría.

I.1.5. Al presente proceso selectivo le será aplicable lo dispuesto en los artículos 8 y siguientes del III convenio colectivo único y demás normas concordantes, así como lo dispuesto en la presente convocatoria.

I.2. Requisitos de los candidatos.

I.2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

I.2.2. Para promoción interna y cambio de categoría:

I.2.2.1. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico que, para cada categoría, figura en el anexo I, excepto el personal afectado por lo dispuesto en la disposición adicional sexta del III convenio colectivo único.

I.2.2.2. No estar separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

I.2.2.3. Los aspirantes deberán ser personal laboral fijo de la Administración de la Xunta de Galicia y pertenecer el día de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia a alguna de las categorías integradas en los grupos III, IV o V del III convenio colectivo único excepto el personal al que se refiere la disposición adicional sexta de dicho convenio, tener una antigüedad de, por lo menos, dos años en la categoría de origen y poseer los requisitos requeridos para el acceso a la categoría a la que se opta.

I.2.3. Para acceso libre:

I.2.3.1. Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 17/1992.

I.2.3.2. Tener cumplidos los dieciocho años.

I.2.3.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico y requisitos que para cada categoría figura en el anexo I.

I.2.3.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

I.2.3.5. No estar separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

I.2.4. Todos los requisitos enumerados en la base I.2.2 y I.2.3 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, excepto el

carnet de manipulador de alimentos que se podrá presentar en el plazo y conforme a lo previsto en la base V.

I.3. Solicitudes.

I.3.1. Los que deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán hacerlo constar mediante instancia (anexo II) que será facilitada en las dependencias de la Administración de la Xunta de Galicia a la que se hace referencia en la base I.3.2. A la instancia se adjuntará fotocopia del documento nacional de identidad, justificante de haber abonado los derechos de examen, expedido por la entidad bancaria correspondiente y la certificación a la que se refiere la base II.1.3.

Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, dos C) de la Ley 11/1995, de 28 de diciembre, de presupostos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1996, que modifica el apartado 0.3 del artículo 18 del Decreto legislativo 1/1992, de 11 de abril, como requisito necesario para participar en este proceso, se deberá abonar previamente en concepto de derechos de exame el importe de 5.735 pesetas y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, utilizando para ello el impreso de autoliquidación señalado en el anexo V. Dicho impreso les será facilitado a los interesados en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en los de sus delegaciones provinciales y en las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia, debiendo cubrirse con los códigos que figuran en el referido anexo V. La no presentación de este anexo, en el que figurará el sello de la entidad bancaria, determinará la exclusión del aspirante. En

ningún caso la presentación de este anexo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. (anexo II).

El importe abonado en concepto de derechos de examen se devolverá, después de los trámites correspondientes, a los aspirantes excluidos que lo soliciten en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución definitiva de la Dirección General de la Función Pública a la que hace referencia el apartado tercero de la base I.4.2.

I.3.2. La presentación de solicitudes se hará en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en el de sus delegaciones provinciales, oficinas comarcales de la Xunta de Galicia, y oficinas de correos en las condiciones a que se refiere el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, y se dirigirán al director general de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones

diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al organismo competente.

Para cualquier aclaración o información adicional los interesados podrán ponerse en contacto telefónico, en el número (902) 12 00 12, de 9 a 19 horas de lunes a viernes y de 9 a 14 horas los sábados.

I.3.3. Los aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud. Asimismo, deberán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que ésta adaptación sea necesaria. Todo ello conforme al contenido de lo dispuesto en la Ley 13/1982, de 7 de abril y el artículo 3 del Decreto 413/1996, de 21 de noviembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas del personal laboral de la Xunta de Galicia para el año 1996.

Estos requisitos también deberán cumplirlos, en su caso, los aspirantes con minusvalías con grado de discapacidad igual o superior al 33%, a que se refiere la base I.1.2. Tales aspirantes tendrán que declarar expresamente en las solicitudes que poseen la condición de discapacidad anteriormente citada, especificando el tanto por ciento de discapacidad reconocida por el órgano competente.

I.3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán repararse en cualquier momento, de oficio o por petición del interesado.

I.4. Admisión de aspirantes.

I.4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el director general de la Función Pública dictará resolución, que se publicará en el DOG así como oportunamente en los lugares determinados por la normativa vigente y en la que se declarará aprobada la lista de admitidos y excluidos, así como las causas de su exclusión y la indicación del lugar en el que se encuentran expuestas las listas de admitidos. En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

I.4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder enmendar, en su caso, el defecto que motivase la exclusión.

A tal efecto la estimación o desestimación de dichas peticiones de enmiendas se entenderán implícitas en la resolución por la que se publique la lista definitiva.

Una vez transcurrido dicho plazo, la Dirección General de la Función Pública dictará resolución definitiva, contra la que se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente orden. Cuando de la documentación que debe presentarse, en el caso de superar el proceso selectivo, se des

prenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.

II. Concurso-oposición:

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.

II.1. Fase de concurso.

II.1.1. Para el acceso mediante promoción interna y cambio de categoría:

II.1.1.1. Experiencia profesional:

a) Por servicios prestados en la categoría a la que se opta en el ámbito del convenio único de la Xunta de Galicia: 0,10 puntos/mes.

b) Por servicios prestados correspondientes a otras categorías en el ámbito del Convenio único de la Xunta de Galicia: 0,02 puntos/mes.

c) Por servicios prestados en la categoría a la que se opta en el Sergas o en otras administraciones públicas: 0,05 puntos/mes.

d) Antigüedad al servicio de otras administraciones públicas: 0,02 puntos/mes.

La puntuación máxima alcanzable en este apartado II.1.1.1. será de 8,40 puntos.

II.1.1.2. Formación profesional:

Por cada curso relacionado con la categoría a la que se opta e impartidos por organismos oficiales dependientes de cualquiera de las administraciones públicas u homologados por la EGAP:

-De hasta 25 horas: 0,05 puntos.

-De 26 a 50 horas: 0,13 puntos.

-De 51 a 100 horas: 0,25 puntos.

-De 101 a 250 horas: 0,50 puntos.

-De 251 a 499 horas: 0,75 puntos.

-De 500 o más horas: 1 punto.

Si no se acredita la duración se entenderá de hasta 25 horas.

Por publicaciones o impartición de cursos relacionados con las funciones propias de la categoría a la que opta: 0,50 puntos por cada una/o.

La puntuación máxima alcanzable en el punto II.1.1.2 será de 3,60 puntos.

II.1.1.3. La puntuación obtenida en la fase de concurso no podrá superar los 12 puntos, sumados los apartados II.1.1.1 y II.1.1.2.

II.1.1.4. Las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso se harán públicas con posterioridad a la publicación de las calificaciones del último ejercicio de la fase de oposición.

II.1.2. Para el acceso libre.

II.1.2.1. Experiencia profesional:

a) Por el ejercicio de la categoría profesional a la que se opta en la Xunta de Galicia en el ámbito del convenio único, teniendo en cuenta, a estos efectos, lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta: 0,15 puntos/mes.

Por el ejercicio de las categorías 14 y 65 del grupo III para el acceso a la categoría 5: 0,15 puntos/mes.

b) Por los servicios prestados correspondientes a otras categorías en el ámbito del convenio único de la Xunta de Galicia: 0,05 puntos/mes.

c) Por el ejercicio de la categoría profesional a la que se opta en el Sergas o en otras administraciones públicas: 0,08 puntos/mes.

d) Por el ejercicio de la categoría profesional a la que se opta en empresas privadas: 0,02 puntos/mes.

La puntuación máxima alcanzable en los puntos a), b), c) y d) del apartado II.1.2.1. será de 9 puntos.

e) Al personal laboral fijo de la Xunta de Galicia que pretenda acceder a la categoría 17 se le computará, por el tiempo de desempeño de la categoría en la que figura en activo: 0,06 puntos/mes.

II.1.2.2. Formación profesional:

Por cada curso relacionado con la categoría a la que se opta e impartido por organismos oficiales dependientes de cualquier Administración pública u homologados por la EGAP:

-De hasta 25 horas: 0,01 puntos.

-De 26 a 50 horas: 0,05 puntos.

-De 51 a 100 horas: 0,10 puntos.

-De 101 a 250 horas: 0,25 puntos.

-De 251 a 499 horas: 0,75 puntos.

-De 500 o más horas: 1 punto.

Si no se acredita la duración, se entenderá de hasta 25 horas.

Por publicaciones o impartición de cursos relacionados con la categoría a la que se opta: 0,50 puntos por cada una/o.

La puntuación máxima alcanzable en el punto II.1.2.2. será de 3 puntos.

II.1.2.3. Para supuestos de empate en las puntuaciones finales de los aspirantes, aquél se dirimirá acudiendo al baremo que se indica a continuación y atendiendo al orden en que figura el mismo:

a) Por cada disminuido legal a cargo del aspirante y con ingresos inferiores al SMI: 0,50 puntos.

b) Por cada persona sin ingresos a cargo del aspirante: 0,25 puntos.

c) Por permanencia en la situación legal de desempleo: 0,02 puntos/mes.

II.1.2.4. La puntuación obtenida en la fase de concurso no podrá superar los 12 puntos, sumados los apartados II.1.2.1. y II.1.2.2.

II.1.3. Los méritos enumerados en las bases II.1.1 y II.1.2 deberán referirse a la fecha de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Los méritos, requisitos y datos imprescindibles a que se refieren los apartados anteriores, deberán acreditarse mediante certificado, según el modelo que figura como anexos III y IV a esta orden, que deberá ser expedido por:

-Servicios centrales:

-Secretario general, subdirector general o jefes de servicio que tengan atribuidas funciones en materia de gestión de personal, dependientes de la secretaría general de la consellería respectiva o de sus organismos autónomos.

-Servicios periféricos:

-Secretarios/as o, en su caso, funcionario/a responsable del área de personal de las delegaciones/direcciones territoriales, provinciales o comarcales de la consellería respectiva, o de sus organismos autónomos.

-Otras administraciones públicas o empresas privadas:

-El responsable de personal respectivo.

Al certificado se adjuntará la documentación acreditativa de los méritos en él reflejados.

No se tendrán en cuenta las certificaciones que no se ajusten a lo establecido en los apartados anteriores.

II.1.4. Las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso se harán públicas con posterioridad a la publicación de las calificaciones del último ejercicio de la fase de oposición.

II.2. Fase de oposición:

Los programas que regirán las pruebas selectivas son los que figuran como anexo VI de la presente convocatoria.

II.2.1. Ejercicios para el sistema de acceso por promoción interna y cambio de categoría:

a) Primer ejercicio, de carácter eliminatorio: consistirá en contestar por escrito a un grupo de 50 preguntas tipo test con respuestas alternativas propuestas por el tribunal, que será el resultante del sorteo entre tres cuestionarios elaborados previamente por aquel, y relativos al contenido de la parte específica del programa correspondiente a cada categoría.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora y media (1,30).

Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 10 puntos. Para ello se tendrá en cuenta que por cada tres respuestas incorrectas se descontará una correcta.

b) Segundo ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá:

b.1. En la resolución de un supuesto práctico relacionado con las materias relativas a la parte específica del programa correspondiente a cada categoría.

b.2. En una prueba práctica relacionada con las materias relativas a la parte específica del programa correspondiente a cada categoría.

Las modalidades b.1 o b.2 se aplicarán para cada categoría según lo fijado en el anexo I.

Para la realización de este ejercicio se dispondrá de un tiempo máximo de dos (2) horas para los supuestos prácticos o, en el caso de prueba práctica, lo señalado en el anexo I.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos , siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 5 puntos.

c) Tercer ejercicio, de carácter eliminatorio, constará de dos pruebas:

Primera prueba: consistirá en la traducción de un texto del castellano para el gallego, elegido por sorteo de entre tres textos propuestos por el tribunal.

Segunda prueba: consistirá en la traducción de un texto del gallego para el castellano, elegido por sorteo de entre tres textos propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de una hora.

Este ejercicio se calificará como apto o no apto, siendo necesario para superarlo obtener la calificación de apto.

Estarán exentos de la realización del tercer ejercicio los aspirantes que acrediten la posesión del curso de iniciación de gallego. Tal acreditación podrá presentarse hasta 10 días antes de la celebración del ejercicio.

II.2.1.1. Las puntuaciones de todos los ejercicios se publicarán, al menos, en los tablones de anuncios del local donde se celebre cada ejercicio.

II.2.2. Ejercicios para el sistema de acceso libre:

a) Primer ejercicio, de carácter eliminatorio: consistirá en contestar por escrito a un grupo de 50 preguntas tipo test con respuestas alternativas propuestas por el tribunal, que será el resultante del sorteo entre tres cuestionarios elaborados previamente por aquel y relativos al contenido de la parte general y específica del programa correspondiente a cada categoría.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora y media (1,30).

Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener como mínimo diez puntos. Para ello se tendrá en cuenta que por cada tres respuestas incorrectas se descontará una correcta.

b) Segundo ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá:

b.1. En la resolución de un supuesto práctico relacionado con las materias relativas a la parte específica del programa correspondiente a cada categoría.

b.2. En una prueba práctica relacionada con las materias relativas a la parte específica del programa correspondiente a cada categoría.

las modalidades b.1 o b.2 se aplicarán para cada categoría según lo fijado en el anexo I.

Para la realización de este ejercicio se dispondrá de un tiempo máximo de dos (2) horas para el supuesto práctico o, en caso de prueba práctica, el señalado en el anexo I.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

c) Tercer ejercicio, de carácter eliminatorio, constará de dos pruebas:

Primera prueba: consistirá en la traducción de un texto del castellano para el gallego, elegido por sorteo de entre tres textos propuestos por el tribunal.

Segunda prueba: consistirá en la traducción de un texto del gallego para el castellano, elegido por sorteo de entre tres textos propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de una hora.

Este ejercicio se calificará como apto o no apto, siendo necesario para superarlo obtener la calificación de apto.

Estarán exentos de la realización del tercer ejercicio los aspirantes que acrediten la posesión del curso de iniciación de gallego. Tal acreditación se podrá presentar hasta 10 días antes de la celebración del ejercicio.

II.2.2.1. Las puntuaciones de todos los ejercicios se publicarán, al menos, en los tablones de anuncios del local donde se celebre cada ejercicio.

II.2.3. Los aspirantes deberán presentarse para la realización de cada ejercicio provistos de DNI o documento fidedigno acreditativo de su identidad, a juicio del tribunal. Asimismo, deberán presentarse provistos del correspondiente lápiz para la realización de los ejercicios tipo test.

II.2.4. Los ejercicios se celebrarán a puerta cerrada sin otra asistencia que la de los opositores, miembros del tribunal y los colaboradores designados por éste.

II.2.5. El orden de puntuación de los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en la de oposición, no pudiendo superar el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

II.2.6. Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna y cambio de categoría, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12.2.4) del III convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

II.3. Desarrollo de los ejercicios.

II.3.1. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Z, de conformidad con lo establecido en la resolución de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 15 de marzo de 1996 por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 15 de marzo de 1996 (DOG nº 67, del 3 de abril).

II.3.2. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal correspondiente con la finalidad de acreditar su personalidad.

II.3.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluido de la oposición quien no comparezca.

II.3.4. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios será efectuado por el tribunal en los locales donde se celebrase el primero, y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, por lo menos, de antelación a la señalada para su iniciación. Cuando se trate de distintas fases del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se celebrase, y en algún otro medio si se juzga conveniente con doce horas, por lo menos, de antelación.

II.3.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá acordar su exclusión, si procede.

Contra tal acuerdo podrá interponerse recurso ordinario conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

III.-Tribunales.

III.1. Los tribunales calificadores de estas pruebas serán designados por orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del III convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

III.2. Además de los tribunales que se designen en la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, podrán nombrarse más tribunales para juzgar las pruebas, a propuesta del tribunal número 1, cuando por el número de aspirantes esto fuese necesario.

Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el DOG resolución por la que se nombren los nuevos tribunales, en su caso.

III.3. Los miembros de los tribunales deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al director general de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común o se realizasen tareas de preparación de aspi

rantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El presidente podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no encontrarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

III.4. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el DOG resolución por la que se nombren los nuevos miembros del tribunal, que sustituirán a los que perdiesen su condición por alguna de las causas previstas en la base III.3.

III.5. Luego de la convocatoria del presidente del tribunal número 1, se constituirán los tribunales en sesión conjunta. Tal constitución se entenderá válida con que asistan a ella la mayoría de los miembros de cada tribunal.

La celebración de la sesión de constitución tendrá lugar en el plazo máximo de treinta días a partir de la designación de los tribunales y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión los tribunales, bajo la dirección y coordinación del tribunal número 1, adoptarán todas las decisiones que les correspondan para el correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

Especialmente cuando las circunstancias así lo aconsejen los tribunales podrán acordar que la celebración del ejercicio nº 1 de la fase de oposición se celebre simultáneamente en varias localidades. En este caso los aspirantes serán convocados para la realización del citado ejercicio en la localidad correspondiente, atendiendo al domicilio que figure en sus instancias.

III.6. A partir de la sesión de constitución, cada tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

III.7. El procedimiento de actuación de los tribunales se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

III.8. A cada tribunal le corresponderá juzgar un número determinado de aspirantes que estarán comprendidos entre las letras del abecedario correspondientes a los apellidos de los mismos.

III.9. Al tribunal número 1 de cada categoría/s le corresponderá juzgar los aspirantes correspondientes al sistema de promoción interna y cambio de categoría.

III.10. Le corresponderá al tribunal nombrado con el número uno:

-Cursar por orden de su presidente citación al resto de los tribunales para constituírse en un acto conjunto.

-Mediante anuncio público en el DOG y demás anuncios correspondientes, se fijará el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio.

-Recibir los expedientes de los demás tribunales relativos al transcurso de las pruebas y respectivas propuestas, y elevar la propuesta definitiva de aprobados.

III.11. Con el objeto de conseguir la necesaria coordinación entre los tribunales calificadores, todos actuarán conjuntamente bajo la dirección del número 1, que resolverá cuantas consultas, interpretaciones y criterios de valoración y de unificación puedan ser presentados y solicitados por los restantes tribunales sobre las normas de la convocatoria.

Los tribunales calificadores actuarán coordinadamente procurando la mayor uniformidad en los criterios valorativos de los ejercicios, sin perjuicio de lo cual funcionarán con autonomía en lo que se refiere a la selección de los aspirantes, formulando sus propias propuestas.

III.12. Por cada sesión del tribunal se levantará acta que, leida al principio de la sesión siguiente y hechas, en su caso, las rectificaciones que procedan, se autorizará con la firma del secretario y el visto bueno del presidente.

III.13. Cada tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime pertinente, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicársele al director general de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

III.14. Los tribunales calificadores adoptarán las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad, sin que se vulnere el principio de igualdad, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidades que lo solicitan en la forma prevista en la base I.3.3., las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

Si en su realización se le suscitasen dudas al tribunal respecto de la capacidad del aspirante para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por el personal de la categoría a la que opta, podrán solicitar el correspondiente dictamen del órgano competente.

III.15. El presidente de cada tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que se realicen en forma escrita sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos adecuados.

Los tribunales excluirán aquellos candidatos con ejercicios en los que figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

III.16. Los tribunales que actúen en estas pruebas selectivas tendrán la categoría primera de las recogidas en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo.

III.17. En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que superaron el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

III.18. En el supuesto de empate en las puntuaciones de dos o más aspirantes, aquel se resolverá de la siguiente forma:

-En el sistema de promoción interna y cambio de categoría, a favor del aspirante que obtuviera la puntuación más alta en el primer ejercicio, y si esto no fuese suficiente, por la puntuación obtenida en los sucesivos ejercicios hasta que aquel se dirima. De persistir el empate se resolverá acudiendo a la puntuación obtenida en la fase de concurso y atendiendo al orden de los méritos según figura en la base II.1.1.

-En el sistema de acceso libre, atendiendo a lo dispuesto en la base II.1.2.3.

III.19. Las comunicaciones que formulen los aspirantes a los tribunales se dirigirán a la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, Dirección General de la Función Pública (edificio administrativo San Caetano. Santiago de Compostela).

IV.-Lista de aprobados.

IV.1. Finalizado el proceso selectivo el presidente del tribunal número 1 enviará propuesta de aprobados al órgano convocante, tal y como dispone el artículo 12 del III convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

V.-Presentación de documentos y nombramiento.

V.1. Por orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública se elevará a definitiva la propuesta de los tribunales de aspirantes que superaron el proceso selectivo, publicándose en el DOG, y a partir de dicha publicación se computará el plazo de 15 días naturales para que dichos aspirantes presenten en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base I.2, y anexo I o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título o, en su caso, documento que acredite fehacientemente la posesión del correspondiente título académico.

b) Declaración bajo su responsabilidad de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

c) Deberá presentarse certificado médico oficial en el que se acrediten los extremos señalados en la base I.2.3.4.

d) Los aspirantes con minusvalías con grado de discapacidad igual o superior al 33% deberán acreditar tal condición, si obtiveran plaza, mediante certificación de los órganos competentes de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y, en su caso, de la Administración correspondiente.

La Consellería de la Presidencia y Administración Pública requerirá, respecto de las personas que acceden por esta cuota de reserva, dictamen del órgano competente sobre la compatibilidad del candidato, con las funciones propias de la categoría a la que accede.

V.2. Los que dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, libremente apreciada por la Dirección General de la Función Pública, no hayan presentado la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base I.2., no podrán ser nombrados personal laboral y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurriesen por falsedad en la solicitud inicial.

V.3. Finalizado el proceso selectivo y una vez cumplidos los requisitos exigidos con anterioridad, los que los superasen serán nombrados personal laboral fijo de la Xunta de Galicia en la categoría que corresponda mediante resolución del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública, que se publicará en el DOG, de acuerdo con la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

V.4. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.2º 3) del III convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, en la resolución por la que se publique la propuesta definitiva de aprobados podrán incluirse los puestos vacantes que se les oferten, con indicación de los requisitos para su desempeño.

VI.-Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de los tribunales podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal conforme a lo previsto en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Esta convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de diciembre de 1996.

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública

ANEXO I

GrupoCategoríaVacantes

promoción

interna

Vacantes

acceso

libre

Vacantes

turno

minusválidos

Total

vacantes

3º ejercicioTitulación académica

requerida

IV21102Supuesto práctico.Graduado escolar, FP1 o equivalente

IV33128261Supuesto práctico.a) FP1 (rama sanitaria) o b) graduado escolar, FP1 o equivalente y dos años de experiencia acreditada en la categoría en la Administración pública o tres años en la empresa privada.

IV42725254Supuesto práctico.Graduado escolar, FP1 o equivalente.

IV53230264Prueba práctica: elaboración práctica de un menú. Tiempo: 45'.a) FP1 (rama hostelería y turismo, profesión cocina) o b) graduado escolar, FP1 o equivalente y un año de experiencia acreditada en la categoría en la Administración pública o dos años en la empresa privada.

Carnet de manipulador de alimentos.

IV654110Supuesto práctico.Graduado escolar, FP1 o equivalente.

IV965112Supuesto práctico.a) FP1 (rama agraria) o b) graduado escolar, FP1 o equivalente y dos años de experiencia acreditada en la categoría en la Administración pública o tres años en la empresa privada.

IV1154110Supuesto práctico.a) FP1 (rama química, profesión operador de laboratorio u operador de planta) o b) graduado escolar, FP1 o equivalente y dos años de experiencia acreditada en la categoría en la Administración pública o tres años en la empresa privada.

IV122103Supuesto práctico.Graduado escolar, FP1 o equivalente.

IV1686115Prueba práctica: puesta en marcha de un vehículo con fallo. Tiempo: 20'.Graduado escolar, FP1 o equivalente y carnet de conducir B2.

IV170101Supuesto práctico.Graduado escolar, FP1 o equivalente.

IV201102Supuesto práctico.Graduado escolar, FP1 o equivalente.

IV211102Supuesto práctico.a) FP1 (rama madera) o b) graduado escolar, FP1 o equivalente y dos años de experiencia acreditada en la categoría en la Administración pública o tres años en la empresa privada.

IV233306Prueba práctica:

1. Interpretación libre. La gaita será aportada por el aspirante. Tiempo: 5'.

2. Simulacro de clase con alumnos principiantes. Tiempo: 15'.

3. Interpretación a propuesta del tribunal: Tiempo: 5'.

Graduado escolar, FP1 o equivalente.

IV242204Supuesto práctico.Graduado escolar, FP1 o equivalente.

IV251102Supuesto práctico.Graduado escolar, FP1 o equivalente.

IV304408Prueba práctica: prueba mecanográfica. Tiempo: 10'. Mínimo pulsaciones correctas por minuto: 200 para máquina manual y 225 para máquina electrónica.Graduado escolar, FP1 o equivalente.

IV3164111Supuesto práctico.Supuesto práctico.Graduado escolar, FP1 o equivalente.

Relación de las entidades en las que se puede efectuar el ingreso:-Caja de Ahorros de Galicia.-Caja de Ahorros Municipal de Vigo.-Caja de Ahorros Provincial de Pontevedra.-Caja de Ahorros Provincial de Ourense.-Banco Bilbao-Vizcaya.-Banco Pastor.-Banco de Galicia.-Banco Español de Crédito.-Banco Gallego.

ANEXO VI

Grupo IV

Parte general común a todas las categorías

Tema 1. La Constitución española. Visión general y especial referencia a los derechos fundamentales y libertades públicas.

Tema 2. La Corona. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Tribunal Constitucional. El Consello General del Poder Judicial.

Tema 3. La Administración central del Estado. El Gobierno. El presidente del Gobierno y los ministros.

Tema 4. El procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Los recursos administrativos: concepto y clases.

Tema 5. El Estatuto de autonomía de Galicia. Competencias de la Comunidad Autónoma. La Xunta de Galicia y su presidente.

Tema 6. El Parlamento de Galicia. La Administración pública de la Comunidad Autónoma. El Consello de la Xunta. Organización y estrutura de las consellerías.

Tema 7. El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma. Personal funcionario y personal laboral. Criterios diferenciadores.

Tema 8 . La Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia. Sistemas de acceso. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas de los funcionarios. Derechos y deberes.

Tema 9. Personal laboral. El convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia.

Tema 10. La Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical: la libertad sindical y la representatividad sindical.

Parte específica

Grupo: IV - categoría: 2. Auxiliar mecánico/a// Oficial 2ª mecánico/a// Mecánico/a reparación obras.

Tema 1. Constitución y funcionamiento del motor de dos tiempos.

Tema 2. Constitución y funcionamiento del motor de cuatro tiempos. Descripción de los ciclos.

Tema 3. Motores diésel. Ciclo de trabajo en cuatro tiempos. Equipo de inyección.

3.1. Averías más comunes en el motor diésel y reparación de las mismas.

Tema 4. Equipo eléctrico de los diferentes tipos de vehículos con motores diésel y esquema general de la instalación.

Tema 5. Engrase del motor. Lubricantes. Sistema de engrase. Averías del engrase.

Tema 6. El chasis. Puente trasero. Avería en el puente trasero. Bastidor. Suspensión. Averías en la suspensión.

Tema 7. Frenos. Tipos de frenos. Averías de los frenos.

Tema 8. Sistema de refrigeración del motor. Componentes. Radiador, ventilador y termostato. Empleo y utilidad del anticongelante.

Tema 9. Averías más frecuentes en la bomba de alimentación de gasolina. Localización y reparación.

Tema 10. Funcionamiento y utilización de cajas reductoras o transfer. Funcionamiento y ventajas del bloque de los diferenciales.

Grupo: IV - categoría: 3. Auxiliar sanitario// Auxiliar clínica// Auxiliar psiquiátrico/a// Auxiliar de enfermería// Cuidador/a geriátrico.

Tema 1. Fundamentos de la enfermería. Ética y moral profesional. La enfermería dentro del sistema sanitario.

Tema 2. La Ley general de sanidad. Plan Gallego de Salud Mental. Plan Autonómico de Drogodependencias. La Ley de servicios sociales. Los servicios sociales de la Comunidad Autónoma.

Tema 3. La salud y la enfermería. Higiene personal y bienestar del enfermo. Medicina preventiva. Educación para la salud. Bases de la patología general. Nociones básicas de los grandes cuadros psiquiátricos: neurosis, psicosis, transtornos del carácter, drogodependencias. Patologías crónicas e invalidantes.

Tema 4. Cuidados básicos de enfermería. Pautas de higiene ordinaria en los distintos tipos de pacientes. Baño. Cuidados generales: úlceras, dentadura, uñas. Control de esfínteres. Funcionamiento intestinal. Diuresis. Alimentación e hidratación del enfermo.

Tema 5. El paciente terminal. Pruebas y procedimientos diagnósticos: examen radiológico. Toma de muestras para los análisis: esputo, heces u orinas. El material: las ayudas técnicas. Las camas y los distintos modos de hacerlas. Material para minusválidos. Material de reeducación. Material de ergoterapia.

Tema 6. El auxiliar en los distintos departamentos. Cuidados intensivos. Cirugía. Psiquiatría. Geriatría. Materno-infantil. Ginecología.

Tema 7. El papel del auxiliar en el cuidado y manejo del enfermo mental. Trastornos de la memoria. Demencias. Estados depresivos. Estados confusionales. El enfermo agitado. El enfermo delirante. El sueño y sus trastornos.

Tema 8. Funciones y signos vitales. Primeros auxilios. Trastornos que generan invalidez motora, sensorial o mixta de carácter agudo y/o transitorio.

Tema 9. Técnicas básicas de enfermería. Conceptos generales de farmacología. Administración de medicamentos. Efectos secundarios, contraindicaciones e intoxicación. Papel del auxiliar en su vigilancia y control. Ventilación y oxigenoterapia.

Tema 10. Atención al paciente crónico. Técnicas y habilidades en el manejo de la conducta del enfermo.

Hospitalización. Problemas psicosociales (de adaptación, habilidades sociales, aislamiento, autonomía y dependencia). Relaciones auxiliar-paciente (según edades, disfunciones, invalidez y/o patologías). Tratamiento e integración social. Otros tratamientos: ergoterapia, rehabilitación, laborterapia.

Grupo: IV - categoría: 4. Auxiliar hogar// Cuidador/a auxiliar// Auxiliar cuidador/a.

Tema 1. El cuerpo humano, concepto. Características. Aparatos. Sentidos.

Tema 2. El cuidador dentro de la escuela o centro. Su participación en el proceso educativo y socializador. Relaciones con los familiares y personal especializado.

Tema 3. Coordinación del cuidador con los maestros, educadores, etc. Su papel como elemento favorecedor de la comunicación entre el niño normal y el niño integrado.

Tema 4. Educación especial; clasificación de las personas que la requiren. Problemas psíquicos, problemas de afectividad.

Tema 5. Características básicas del deficiente motórico. Problemas en su escolarización o socialización. Creación de hábitos de alimentación, higiene ... . Problemas posturales. Atención específica a personas con espina bífida.

Tema 6. Características básicas del ciego y amblíope. Problemas en su escolarización o socialización. Creación de hábitos de alimentación, higiene ... . La independencia de movimientos y desplazamientos del ciego; la orientación en la procura de estrategias que favorezcan su mayor independencia.

Tema 7. Características básicas del sordo. Problemas en su escolarización o socialización. El sordo y su contexto de relaciones.

Tema 8. El papel del cuidador en las actividades de ocio y tiempo libre; recreos, salidas, excursiones, campamentos. El cuidador como dinamizador de juegos y actividades. Primeros auxilios y atención de emergencia.

Tema 9. Creación de hábitos, técnicas, para conseguir los hábitos de alimentación, higiene. Técnicas para el manejo de apoyos instrumentales para la locomoción, alimentación, higiene. El control de esfínteres.

Tema 10. El cuidador como medio para la consecución de la independencia en la locomoción, alimentación, higiene. Evolución social. La importancia del trabajo en equipo.

Grupo: IV - categoría: 5. Oficial 2ª cocina// Cocinero/a oficial 2ª.

Tema 1. Las cocinas; utensilios. Tratamiento y manipulación de los productos alimenticios. Normas y criterios para la elaboración de las comidas.

Tema 2. Despensas y frigoríficos; circulación de los productos. Los productos congelados.

Tema 3. Condimentos; clases. Salsas y fondos de cocina; clases; elaboración.

Tema 4. Consomés, sopas y cremas; clases. Elaboración.

Tema 5. Hortalizas; clases. Limpieza, preparación y elaboración. Ensaladas; elaboración.

Tema 6. Legumbres secas; clases; conservación. Preelaboración y cocinado. Potajes; clases.

Tema 7. La pasta italiana; cocción y preparación. El arroz; elaboración. Los huevos, elaboraciones básicas.

Tema 8. Los pescados; clases, limpieza y preparación. Elaboración; conservación.

Tema 9. Las carnes; clases; las distintas piezas y su utilización. Preparación. Elaboraciones.

Tema 10. Postres; frutas, quesos y yogures, helados, postres de cocina. Presentación; preparación. Las bebidas: aguas, vinos y licores.

Grupo: IV - categoría: 6. Ayudante/a servicios técnicos// Oficial 2ª mantenimiento.

Tema 1. Estructura de vivienda, cimientos y sótanos. Pisos: muros exteriores, muro de cachotería, muros de piedra interiores. Pavimentos: revestimiento del suelo. Techos: armazón y cubierta.

Tema 2. Distribución de agua en el interior de una vivienda: reductor de presión, elevadores de agua, canalizaciones interiores. Materiales que se emplean para cañerias. Precauciones a tomar. Determinación del diámetro de las cañerias.

Tema 3. Canalización de desagüe: sifones para vertederos, lavabos, bañeras. Condiciones para su funcionamiento. Aparatos sanitarios. Vertederos de gres, esmaltados de plástico, de acero inoxidable.

Tema 4. Electricidad básica: constitución de la materia. Corriente eléctrica, tensión e intensidad. Conductividad y resistencia. Ley de Ohm. Ley de Joule.

Tema 5. Electricidad aplicada: aparatos de medida. Equipos de medida y registro. Máquinas eléctricas rotativas. Máquinas eléctricas estáticas.

Tema 6. Aparatos y componentes eléctricos: resistencias, díodos, condensadores, transistores, interruptores, tipos, contactores y relés térmicos. Interruptores horarios y relojes de conexión, lámparas y aparatos de iluminación. Planos y esquemas eléctricos; interpretación.

Tema 7. Mecánica básica: aparatos de medida y verificación. Elaboración de dibujos a mano alzada acotados. Conocimiento de materiales, aplicaciones. Máquinas herramientas. Mecánica aplicada: soldadura, tipos y aplicaciones. Oxicorte. Válvulas, tipos y aplicaciones. Bombas, tipos y aplicaciones.

Tema 8. Fluídrica: conceptos y propiedades de los fluídos, clases. Principio de Arquímedes. Principio de Pascal.

Tema 9. Instalaciones de lavandería industrial: lavadoras, centrifugadoras, planchadoras, secadoras. Instalaciones de cocina industrial: marmitas, freidoras, peladoras, hornos, salamandras.

Tema 10. La seguridad e hixiene en el trabajo en los siguientes campos: electricidad, instalaciones eléctricas de alta tensión, mecánica, geradores de frío y de calor e incendios. Aparatos e instalaciones: riesgos y normas de seguridad.

Grupo: IV - categoría: 9. Oficial 2ª faenas agrícolas// Oficial 2ª de campo// Oficial 2ª ganadería// Oficial 2ª agrícola.

Tema 1. Máquinas utilizadas en las explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales.

Tema 2. El manejo del ganado en las explotaciones de vacuno de carne, leche y ovino.

Tema 3. Principales alimentos para el ganado, el silo y la hierba seca.

Tema 4. Manejo de las praderas naturales y sembradas. Labores a realizar para el cultivo del centeno, trigo y maiz.

Tema 5. Principales labores agrícolas en una explotación ganadera.

Tema 6. Las cercas en la explotación ganadera; importancia y tipos.

Tema 7. Cultivos extensivos principales: patata, maiz, legumbres y trigo. Cultivos intensivos: tomate, lechuga, pimientos, fresa, clavel, gervera, clavelina y crisantemo. Manejo de un invernadero y de los cultivos bajo plástico.

Tema 8. Principales labores a realizar en las explotaciones forestales: plantaciones, limpiezas, podas y tratamientos.

Tema 9. Cultivos de plantas forestales: semillas, siembra, viveros y trasplantes.

Tema 10. Influencia de las labores agrícolas y forestales en el medio ambiente: maquinaria, aceites, fertilizantes y tratamientos fitosanitarios.

Grupo: IV - categoría: 11. Auxiliar de laboratorio.

Tema 1. Nomenclatura de química orgánica e inorgánica.

Tema 2. Expresión de concentración de una disolución. Concentración en tanto por ciento. Molaridad. Normalidad. Concentración en partes por millón.

Tema 3. Preparación de disoluciones. Disolución patrón y substancias tipo primario. Disoluciones valoradas.

Tema 4. Material para análisis volumétrico. Descripción y limpieza. Material para análisis gravimétrico. Descripción y limpieza.

Tema 5. Precaución y medidas de seguridad en el laboratorio. Productos químicos, víricos y parasitarios.

Tema 6. Concepto de pH. Disoluciones neutras, ácidas y alcalinas. Disoluciones tampón. Medida del pH. Cuidado y manejo y electrodos.

Tema 7. Reactivos: tipificación de pureza de los reactivos utilizados en química. Manipulación de reactivos.

Tema 8. Preparación de muestras para el análisis de piensos, forrajes y silos. Conservación de las muestras. Preparación de muestras para el análisis de suelos. Determinación de la humedad y la textura del suelo.

Tema 9. Preparación de muestras para el análisis de cárnicos y frutas y análisis víricos, bacteriológicos y parasitarios. Conservación de las muestras.

Tema 10. El cultivo de zoo y fitoplancton: preparación de los medios en los que se cultivan y de los aparatos utilizados. Sus técnicas. El muestreo y las rutinas en el laboratorio de investigación pesquera y acuicultura.

Grupo: IV - categoría: 12. Auxiliar de internado.

Tema 1. Conocimiento de productos y utensilios de limpieza. Limpieza en la cocina, comedor, suelos, cuartos de baño, habitaciones y otras zonas.

Tema 2. Conocimiento de la maquinaria, del mobiliario y material de cocina. Limpieza y conservación del mismo.

Tema 3. Mecánica general del comedor y de las instalaciones del internado. Limpieza y conservación de mobiliario. Repaso general del material (loza, cristalería, cubertería y menage).

Tema 4. Conocimiento de la lencería utilizada en el comedor y habitaciones. Tratamiento de la misma en la lavandería. Cuidados a seguir en el cambio de ropa sucia por limpia.

Tema 5. Limpieza y ventilación de pacientes encamados.

Tema 6. Lavado, secado y planchado de ropas. Empleo de detergentes según las clases de telas o tejidos.

Tema 7. Ordenación de los roperos.

Tema 8. Montaje de mesas, utilización de cubremanteles. Colocación de loza, cristal, cubertería y paños da mesa.

Tema 9. Transporte de platos emplatados. Diversas formas de cargar en la mesa caliente.

Tema 10. Montaje de bandejas para el servicio de almuerzos, meriendas y comidas. Transporte de éstas a la habitación.

Grupo: IV - categoría: 16. Conductor/a.

Tema 1.- Código de circulación. Decreto de regulación del servicio de automovilismo de la Xunta de Galicia. Orden que lo desarrolla.

Tema 2. Funcionamiento de un motor de cuatro tiempos: admisión, compresión, explosión o encendido y escape.

Tema 3. El engrase: aceites, su finalidad y tipos. Sistemas de engrase. Cambio de aceites.

Tema 4. Elementos de seguridad: frenos, tipos y su conocimiento.

Tema 5. Electricidad en el vehículo. Batería. Bobina. Ruptor. Distribuidor. Bujías. Regulación. Dinamo. Alternador. Motor de arranque. Bendix. El condensador. El delco.

Tema 6. Simbología: corriente continua, corriente alterna, fusible, resistencia, condensador, amperímetro, voltímetro, motor gerador, interruptor.

Tema 7. La suspensión: órganos de suspensión y amortiguación del automóvil. Función de los amortigüadores. Averías, consecuencias.

Tema 8. El motor diésel. Órganos principales.

Tema 9. La transmisión: caja de cambios. Árbol de transmisión. Diferencial. Palieres. Embrague, su misión.

Tema 10. Mantenimiento sistemático y reparación elementales de un vehículo. Averías, síntomas. Reparaciones de emergencia.

Grupo: IV - categoría: 17. Almacenero/a// Despensero/a.

Tema 1. El almacén. Criterios de valoración de existencias. Fichas de almacén.

1.1. Definición de almacén.

1.2. Selección y estudios de los almacenes.

1.2.1. Clases de stocks.

1.2.2. Determinación del volumen de existencias.

1.3. Criterios para valorar las existencias.

Tema 2. Clasificación y archivo de almacén.

2.1. Concepto de archivo.

2.2. Finalidad e importancia del archivo.

2.3. Formas de organización de un archivo de almacén.

Tema 3. Clasificación y ordenación de documentos.

3.1. Definición de ambos conceptos.

3.2. Sistemas de clasificación.

Tema 4. Material y sistemas de archivo.

4.1. Función del material y sistemas de archivo.

4.2. Expedientes.

4.3. Instalaciones y medidas de seguridad.

4.4. Inventarios.

Tema 5. Comedores colectivos.

5.1. Definición y clasificaciones.

5.2. Condiciones de los locales e instalaciones de los materiales y utensilios del personal. Manipulaciones permitidas y prohibidas.

5.3. Materias primas y comidas.

Tema 6. Legislación: Estatuto gallego del consumidor y usuario.

Tema 7. Locales destinados al almacenamiento de productos alimenticios. Normas.

7.1. Almacenamiento no frigorífico.

7.2. Almacenamiento frigorífico.

7.3. Incompatibilidades en el almacenamiento.

7.4. Prohibiciones expresas a la hora del almacenaje.

7.5. Normas a tener en cuenta en el transporte de alimentos y seguimiento por parte del almacenero.

Tema 8. Compras de alimentación fuera de establecimientos mercantiles. Normas a la hora de su almacenaje.

Tema 9. Control de condiciones especiales de maquinarias y utensilios.

Tema 10. Almacenamiento de ropas y lencería. Sus cuidados.

10.1. Dormitorio. Tipos.

10.2. Comedor. Tipos.

10.3. Otros.

Grupo: IV - categoría: 20. Conserje (cuando tengan a su cargo personal subalterno u ordenanza).

Tema 1. El conserje. Concepto y cualidades. Funciones: respecto al personal a sus órdenes; con respecto a la relación con los demás departamentos y con respecto a los residentes. Estadística.

Tema 2. Personal a las órdenes del conserje en una residencia o centro social. Organización y planificación del trabajo en su departamento. Uniformidad y aseo del personal a sus órdenes.

Tema 3. La dirección: concepto. Importancia de la dirección. Los objetivos. La organización y planificación del trabajo y del personal a su cargo, la delegación.

Tema 4. Recepción: organización y funciones. Entradas de residentes para realizar el período de adaptación y/u observación.

Tema 5. Control de entrada y salidas de: personal del centro; de visitas y/o cualquier otra persona que no pertenezca al centro.

Tema 6. Estancias de los residentes. Información, orientación y asistencia. Servicio de llaves y correspondencia de los residentes. Recados y mensajes a los residentes.

Tema 7. Información, orientación y asistencia a visitantes de residentes, o a toda persona que lo solicite de forma personal. Horarios de silencio. Transmisión de mensajes en estos espacios de tiempo.

Tema 8. Central telefónica. Orientación y asistencia a los familiares. Localización de los residentes. Recogida de recados. Llamadas oficiales. Recogidas de mensajes y recados.

Tema 9. Correspondencia oficial: entradas y repartos. Salidas. Gestiones oficiales al exterior. Organismos oficiales.

Tema 10. Funciones de conserjería en caso de traslado de un residente a un centro sanitario a consulta, fallecimiento. Funciones de conserjería en días de fiesta y actos oficiales. Vigilancia. Control de llaves.

Grupo: IV - categoría: 21. Oficial 2ª carpintero/a// Auxiliar carpintería.

Tema 1. Descripción, características y aplicaciones de las herramientas de mano (sierra, serrucho, formones, escoplos, gubias, garlopas, cepillos y demás herramientas y utensilios), colas, tornillos, tirafondos.

Tema 2. Técnicas operativas con las diferentes herramientas: normas de seguridad. Primeras materias, su tecnología y aplicaciones.

Tema 3. Limas, limas gruesas, lija, abrasivos.

Tema 4. Instrumentos de medida y trazado. Técnicas de medir. Medidas de magnitudes nonio.

Tema 5. Tecnología de los empalmes y ensambles. La normalización. Normalización en la madera, las herramientas y demás elementos empleados en la carpintería y ebanistería.

Tema 6. Máquinas empleadas en ebanistería y carpintería. Descripción, aplicaciones. Piedra de agua: descripción, tecnología de su movimiento y aplicaciones.

Tema 7. Mobiliario, muebles, estilos (información-orientación).

Tema 8. Técnicas de carpintería. Normalización de puertas y ventanas, otras normas. El plano inclinado, la cuña, la panca, la rueda.

Tema 9. Esfuerzos que soportan las pesas de madera: tracción. Flexión. Compresión.

Tema 10. Maderas. Sus clases, características. Tratamientos.

Grupo: IV, categoría: 23. Maestro/a gaitero/a.

Tema 1. El Igaem. Su centro de trabajo: el Pabellón de Galicia. Sedes de sus unidades de producción. La información cultural en Galicia desde el Centro de Información Cultural (CIC) y el Igaem.

Tema 2. Área teatral. El teatro público y privado: pasado, presente y futuro. Ayudas públicas al teatro. Programa de ayudas del Igaem. Producción y coproducciones asociadas al Igaem. Programas de intercambio teatral interautonómico. Área de música y danza pública y privada en Galicia: presente, pasado y futuro.

Tema 3. Los espacios culturales en Galicia. Pasado, presente y futuro. Mapa gallego de muestras y festivales. Premios.

Tema 4. La distribución del espectáculo: giras, organización de viajes, programación. Publicidad de espectáculos. El apoyo a las actividades de almacén, carpintería y demás medios de producción.

Tema 5. Ley 4/1989, de 21 de abril, de creación del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales, modificada por la Ley 2/1991, de 14 de enero. Decreto 107/1993, de 12 de mayo, de desarrollo de la Ley 4/1989, modificada por la 2/1991, de creación del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales.

Tema 6. Organización y funcionamiento interno de las unidades de producción del Igaem: Centro Dramático Gallego, Ballet Galego Rey de Viana, Grupo de Gaitas de la Comunidad Autónoma de Galicia y Real Filharmonía de Galicia.

Tema 7. Área musical, de carácter tradicional, pública y privada en Galicia: presente, pasado y futuro.

Tema 8. Géneros o denominativos característicos en la música tradicional gallega. Partes de la gaita. Construcción de la palleta. Afinación. La percusión.

Tema 9. La formación en las artes escénicas: teatro, música y danza. La música tradicional en la enseñanza gallego. Líneas de actuación dirigidas a los alumnos...

Tema 10. Medios materiales y humanos de gestión, producción y distribución del Igaem.

Grupo: IV, categoría: 24. Sastre/a.

Tema 1. El Igaem. Su centro de trabajo: el Pabellón de Galicia. Sedes de sus unidades de producción. La información cultural en Galicia desde el Centro de Información Cultural (CIC) y el Igaem.

Tema 2. La distribución del espectáculo: giras, organización de viajes, programación. Publicidad de espectáculos.

Tema 3. Ley 4/1989, de 21 de abril, de creación del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales, modificada por la Ley 2/1991, de 14 de enero. Decreto 107/1993, de 12 de mayo, de desarrollo de la Ley 4/1989, modificada por la 2/1991, de creación del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales.

Tema 4. Organización y funcionamiento interno de las unidades de producción del Igaem: Centro Dramático Gallego, Ballet Gallego Rey de Viana, Grupo de Gaitas de la Comunidad Autónoma de Galicia y Real Filharmonía de Galicia.

Tema 5. Los medios materiales y humanos de gestión, producción y distribución del Igaem.

Tema 6. Conocimiento de ropa de todas las coreografías del Ballet Gallego Rey de Viana y, en general, de los almacenes del Instituto.

Tema 7. Vestuario escénico y figurines. Evolución del traje tradicional en Galicia. Métodos de preparación de vestuario. Selección y compra de materiales.

Tema 8. El vestuario y sus piezas. Utillería y atrezo. Complementos de vestuario: sombreros, tocados, calzado, etc..

Tema 9. Equipo encargado de la confección del vestuario. Organización de un taller de costura. Guardarropa.

Tema 10. Corte y confección del vestuario. Todo tipo de bordado artesanal. Bordado de pasamanería y tipo de azabaches que se emplean. Basas para la confección de una aplicación. Conservación de la ropa. Lavado y planchado.

Grupo: IV, categoría: 25. Tramoyista.

Tema 1. El Igaem. Su centro de trabajo: el Pabellón de Galicia. Sedes de sus unidades de producción. La información cultural en Galicia desde el Centro de Información Cultural (CIC) y el Igaem.

Tema 2. Ley 4/1989, de 21 de abril, de creación del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales, modificada por la Ley 2/1991, de 14 de enero.

Decreto 107/1993, de 12 de mayo, de desarrollo de la Ley 4/1989, modificada por la 2/1991, de creación del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales.

Tema 3. Organización y funcionamiento interno de las unidades de producción del Igaem: Centro Dramático Gallego, Ballet Gallego Rey de Viana, Grupo de Gaitas de la Comunidad Autónoma de Galicia y Real Filharmonía de Galicia.

Tema 4. La distribución del espectáculo: giras, organización de viajes, programación. El apoyo a las actividades de almacén, carpintería y demás medios de producción.

Tema 5. Los medios materiales y humanos de gestión, producción y distribución del Igaem.

Tema 6. Introducción a la historia del teatro en Galicia. Géneros.

Tema 7. La escenografía. Montaje y cambios de decorados. Métodos de atornillar y abisagrar. El escenario: términos. Escenotécnica y efectos especiales. El escenario: partes.

Tema 8. Métodos de suspensión y contrapeso. El peine y el puente de maniobra.

Tema 9. El decorado: términos. Carras, practicables, bastidores: tipos de piezas. Telones: tipos. Patas, bambolinas y paños de aforo.

Tema 10. Parrillas, sistemas de elevación, torres telescópicas. Sistemas de seguridad en el montaje teatral.

Grupo: IV - categoría: 30. Auxiliar de formación ocupacional.

Tema 1. Introducción a la comunicación. La comunicación humana. El lenguaje como medio de comunicación. Diferencia entre información y comunicación. Tipos de comunicación: oral, telefónica.

Tema 2. Atención al público: acogida e información al administrado. Los servicios de información administrativa.

Tema 3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo. Especial consideración del archivo de gestión.

Tema 4. Análisis documental: documentos oficiales. Formación del expediente. Documentación de apoyo informativo. Criterios de ordenación del archivo. El archivo como fuente de información: servicios de archivo.

Tema 5. Aplicación de las nuevas tecnologías a la documentación de archivo. Disposiciones legales sobre normalización y procedimiento: escritos oficiales.

Tema 6. El concepto de informática. Desarrollo histórico. La información y el ordenador electrónico. Nociones sobre microordenadores. Elementos físicos.

Tema 7. Sistema operativo. Programas de aplicación. La automatización de oficinas. Concepto y aplicaciones. Sistemas físicos y lógicos.

Tema 8. El tratamiento de textos. Archivo y agenda electrónica. La hoja electrónica de cálculo. Los gráficos de oficina y el correo electrónico.

Tema 9. La formación ocupacional. La formación ocupacional como instrumento de empleo. El traspaso de gestión a la Comunidad Autónoma de Galicia: normativa, funciones transferidas a la Xunta de Galicia y funciones que se reserva la Administración del Estado.

Tema 10. El régimen general de las ayudas y subvencións de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, en materia de formación, promoción del empleo y fomento de la economía social.

Grupo: IV, categoría: 31. Caminero/práctico especialista.

Tema 1. Nociones básicas de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia.

Tema 2. El sistema métrico decimal. Unidades. Equivalencia entre las unidades.

Tema 3. Limitaciones de la propiedad. El dominio público. La zona de circulación. Las zonas de servidumbre y afección.

Tema 4. Limitaciones de la propiedad. La publicidad en las carreteras. La línea límite de edificación. los accesos a las fincas colindantes.

Tema 5. Concepto y nociones de la red primaria básica de carreteras de Galicia.

Tema 6. Concepto y nociones generales sobre la red primaria complementaria y la red secundaria de carreteras de Galicia.

Tema 7. Nociones generales sobre las afecciones administrativas en materia de carreteras.

Tema 8. Nociones sobre la seguridad del trabajador en la ejecución de las obras de carreteras.

Tema 9. Señalización. Concepto. La señalización de las obras. Señales básicas.

Tema 10. Ideas generales sobre la Ley de seguridad vial.

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