De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a los denunciados, con los datos personales y la última dirección conocida que se señalarán a continuación, las resoluciones de los correspondientes expedientes sancionatorios acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de epizootias de 20-12-1952 y de su Reglamento de 4-2-1955.
El importe de la sanción que, en cada caso corresponda, se hará efectiva en la cuenta 44030/003919-6 de la Caja de Ahorros Provincial de Ourense, empleando el impreso que facilitará en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia,
en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución salvo la presentación del recurso pertinente. En caso contrario se procederá a su cobro por vía ejecutiva.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes de la Xunta de Galicia. En caso contrario, aquella adquirirá firmeza a todos los efectos.
Ourense, 7 de octubre de 1996.
Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Nº Expediente: T-26/1995.
Nombre y apellido del denunciado: Valentín Baos Ruiz.
Último domicilio conocido: Juan de Ávila, 11- Bolañois de Calatrava (Ciudad Real).
Hecho denunciado: transporte de ganado sin documento de Inscrip./autoriz. del vehículo.
Precep. infringido y sancionador: artículo 52 del reglamento de la Ley de epizootias.
Sanción impuesta: 10.000 ptas.
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