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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miercoles, 13 de noviembre de 1996 Pág. 10.219

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

CÉDULA de 7 de octubre de 1996, de la Delegación Provincial de Ourense, de notificación de la resolución del expediente sancionador C-21/1995 incoado por infracción de la normativa vigente en materia de epizootias devueltos por el servicio de correos al resultar desconocido su destinatario.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a los denunciados, con los datos personales y la última dirección conocida que se señalarán a continuación, las resoluciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de epizootias de 20-12-1952 y de su reglamento de 4-2-1955.

El importe de la sanción que, en cada caso corresponda, se hará efectiva en la cuenta 44030/003919/6 de la Caja de Ahorros Provincial de Ourense, empleando el impreso que facilitará en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia, en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución salvo la presentación del recurso pertinente. En caso contrario se procederá a su cobro por vía ejecutiva.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso ordinarioen el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes de la Xunta de Galicia. En caso contrario, aquella adquirirá firmeza a todos los efectos.

Ourense, 7 de octubre de 1996.

Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Nº Expediente: C.21/1995.

Nombre y apellido del denunciado: Purificación Pérez Pérez.

Último domicilio conocido: Veredo-Paredes-Montederramo.

Hecho denunciado: negarse a realizar el saneamiento ganadero.

Precep. infringido y sancionador: artículo 113.1º de la Ley de epizootias.

Sanción impuesta: 20.000 ptas.

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