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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Viernes, 08 de noviembre de 1996 Pág. 10.019

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

ORDEN de 17 de octubre de 1996 por la que se convocan 20 becas de promoción exterior del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape).

La Ley 5/1992, de 10 de junio, ha creado el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) con el fin específico de contribuir a la dinamización de la economía de Galicia. Para ello cuenta entre sus funciones, las de impulsar la atracción de inversiones a esta Comunidad Autónoma y favorecer el desarrollo de las exportaciones de empresas gallegas y la consecución de acuerdos con empresas extranjeras.

Con tal fin, el Igape cuenta con el Programa de Becas de Promoción Exterior, destinado a la realización de estudios de mercado, búsqueda de oportunidades de negocio e investigación de posibilidades de cooperación internacional de empresas. La presente orden regula la convocatoria y procedimiento de concesión de dichas becas.

Por lo que antecede, esta consellería,

DISPONE:

Artículo 1º

Se convocan 20 becas de promoción exterior y se aprueban las bases por las que se regirá su convocatoria, que se incluye como anexo a la presente orden.

Artículo 2º

La financiación se hará con cargo a la partida 0440 71303 780 del presupuesto del Igape para 1996.

Se autoriza al Igape a ampliar o abrir nuevas convocatorias, dándole la oportuna publicidad en prensa en el caso que se agotara la posibilidad de preselección por falta de candidatos adecuados, siempre y cuando exista el oportuno crédito presupuestario.

Artículo 3º

A los efectos establecidos en el artículo 42.2º de la Ley 30/1992, el plazo máximo para resolver las solicitudes correspondientes a las becas especificadas en esta orden será de 12 meses; cumplido dicho plazo se entenderán desestimadas aquellas solicitudes sobre las que no haya recaído resolución expresa.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 1996.

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

ANEXO I

BECAS DE PROMOCIÓN EXTERIOR

El objeto de estas ayudas se dirige a promover, mediante la realización de prácticas que complementen la formación de los candidatos preseleccionados, la realización de estudios de mercado, favorecer el conocimiento de las oportunidades de negocio en el exterior para las empresas de Galicia y la investigación de posibilidades de cooperación internacional entre empresas.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Requisitos de los solicitantes.

Los solicitantes deberán acreditar mediante la documentación señalada en el anexo III:

A) El cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones:

-Tener vecindad administrativa en Galicia.

-Ser natural de Galicia.

-Ser hijo o descendiente en línea directa hasta el tercer grado, de emigrantes gallegos en el exterior.

B) Ser titulado universitario superior o medio en alguna de las siguientes carreras: arquitectura, ingeniería, químicas, biológicas, físicas, derecho, ciencias económicas, empresariales y técnicos de empresas y actividades turísticas, o títulos asimilables expedidos por centros oficiales extranjeros.

C) Tener un conocimiento alto del idioma inglés (hablado y escrito). Este requisito podrá ser excepcionado en el caso de aquellos candidatos que dominen el idioma de alguno de los países previstos en la base 6, siempre que no sea el español y para el caso de que resulten a él destinados.

D) Tener experiencia acreditada de al menos 1 año en una empresa.

E) No estar obligado a realizar el servicio militar o prestación social sustitutoria durante el período de disfrute de la beca.

F) No haber disfrutado con anterioridad de una beca del Igape.

2. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes, en el modelo oficial que se publica como anexo II, deberán ir inexcusablemente acompañadas de la documentación que se publica como anexo III y se presentarán en el registro del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), en cualquiera de sus oficinas de:

a) Santiago de Compostela: c/ Fray Rosendo Salvado, 16-bajo. C.P. 15701.

b) Ferrol: Península de A Cabana s/n. C.P. 15590.

c) Vigo: c/ Príncipe, 43-2º E. C.P. 36202.

O bien según lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La documentación presentada no será devuelta al solicitante. La documentación redactada en una lengua no oficial en Galicia deberá presentarse acompañada de la traducción.

En cualquier momento, el Igape podrá pedir al solicitante la información y la documentación complementarias que considere necesarias para la resolución del expediente.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de noviembre de 1996.

3. Duración.

La duración de la beca se establece en seis meses, a contar desde la fecha de la firma del compromiso de aceptación de la misma, pudiendo ser prorrogada por el Igape por un período máximo de otros seis meses en consideración a la programación de actividades del Igape y a los resultados acreditados por el becario.

4. Cuantía.

La dotación de cada beca será de 1.400.000 ptas. Esta cantidad podrá ser incrementada en un máximo de 500.000 ptas. adicionales en función del coste de la vida del país o ciudad a que sea destinado el becario, según la distribución de países establecida en el anexo IV.

En caso de prórroga de la beca, la dotación se incrementará proporcionalmente según la duración de la prórroga, tomando como base los valores anteriores.

Quedan englobadas dentro de la dotación de la beca los impuestos de carácter personal así como todos los gastos en que tenga que incurrir el becario para el desarrollo de la misma, y en concreto, los siguientes:

-La obtención y/o renovación del visado o permiso de residencia exigidos por las autoridades del país de destino.

-Gastos de desplazamiento al país o ciudad a que sea destinado y de estancia en el mismo.

-La contratación de un seguro de enfermedad y accidentes por una duración equivalente a la de la beca.

-La obtención de un certificado de buena salud para el normal ejercicio de la beca.

-Vacunas o tratamientos preventivos necesarios para el país de destino.

-Los de traslado del becario de ciudad y/o país, temporal o definitivamente durante el disfrute de la beca.

5. Libramiento.

La dotación de la beca se abonará al becario trimestralmente, según el siguiente detalle:

-El 50% de la dotación en el momento de aceptación de la beca y firma del correspondiente compromiso de cumplimiento de las normas y obligaciones que se establezcan.

-El 25% de la dotación al inicio del segundo trimestre.

-El 25% restante al final de la beca.

La dotación correspondiente a la prórroga de beca que, en su caso se conceda, se abonará según el detalle señalado anteriormente, salvo que no alcance los tres meses de duración, en cuyo caso se abonará el 50% de la dotación al inicio de la prórroga y el resto al final de la misma.

6. Residencia, movilida geográfica y dependencia funcional.

Con carácter indicativo, el destino de los becarios será alguno de los siguientes:

-Alemania-Italia

-Arabia Saudita-Israel

-Argentina-Japón-Brasil-Malasia

-China-Méjico-Corea-Nueva Zelanda

-Dinamarca-Portugal

-Estados Unidos-Rusia-Francia-Taiwan

-Irlanda-Uruguay

Durante la duración de la beca el becario tendrá la obligación de residir en el país o ciudad de destino que se le haya asignado. No obstante durante el plazo de disfrute de la beca, en caso de concurrir causa justificada, el becario podrá ser trasladado de ciudad y/o país de destino temporal o definitivamente.

Para la realización de su cometido el becario dependerá en todo momento del Igape, estando sometido a las instrucciones y criterios fijados o transmitidos por el mismo, o los que, en su caso este organismo acuerde con la institución o empresa que le acoja.

7. Procedimiento de selección.

7.1. Admisión al proceso de selección.

Una vez finalizado el plazo de solicitud y comprobado documentalmente el cumplimiento de los requisitos de admisión, el Igape expondrá a partir del 15 de diciembre de 1996, en sus dependencias, la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, señalando en su caso las causas de exclusión y abriendo un plazo de diez días para que los interesados puedan subsanar su solicitud, aportando si en su caso la documentación necesaria. Transcurrido este plazo sin producirse la subsanación se procederá al archivo del expediente sin más trámite.

Finalizado el plazo de subsanaciones, el Igape publicará en sus dependencias una lista definitiva de solicitudes admitidas a selección.

7.2. Preselección según expediente y méritos.

De entre los solicitantes admitidos, se hará una preselección eliminatoria de candidatos tomando en consideración los siguientes factores:

a) Expediente académico del título universitario, según el siguiente baremo:

Matrícula de honor: 4 puntos.

Sobresaliente: 3 puntos.

Notable: 2 puntos

Aprobado: 1 punto.

Reducción al mismo número de materias

puntuación obtenida x 10

nº de materias

Proyecto fin de carrera,

Grado o tesina: 2 puntos.

Título de doctor: 4 puntos.

b) Méritos académicos y otros estudios.

c) Experiencia profesional.

7.3. Prueba de idiomas.

Los aspirantes preseleccionados según lo dispuesto en el apartado anterior serán convocados a una prueba de idiomas:

Obligatorio: inglés o el idioma señalado en la instancia de solicitud que sea oficial de alguno de los países de destino señalados en la base 6 de esta convocatoria, a excepción del español.

Optativo: francés y/o alemán , en caso de alegarse como mérito los dos últimos en la solicitud.

7.4. Entrevista personal.

Los aspirantes que hayan superado la prueba de idiomas se someterán a una entrevista personal tendente a evaluar la adecuación del perfil del candidato a las funciones a desempeñar durante el período de disfrute de la beca.

7.5. Periodo de formación.

Una vez el Igape haya valorado conjuntamente los resultados obtenidos por los aspirantes en los apar

tados 7.2, 7.3 y 7.4 de estas bases, el Igape seleccionará provisionalmente a aquellos que hayan obtenido una mayor puntuación para la realización de una formación complementaria cuyo coste será a cargo del Igape, que se realizará en dos fases:

-Primera fase: formación teórica sobre comercio exterior.

-Segunda fase: estancia en empresas o asociaciones de subsectores seleccionados por el Igape.

Durante el período de formación, el IGAPE abonará a cada aspirante 85.000 ptas. al mes o la parte proporcional que corresponda al período de formación efectivamente realizado, así como los gastos de desplazamiento a las empresas o asociaciones asignadas.

7.6. Selección definitiva.

Una vez realizado el período de formación y en vista de sus resultados, se realizará la selección definitiva para la adjudicación de las becas, pudiendo quedar la convocatoria total o parcialmente desierta.

Los candidatos que hayan accedido al curso de formación a quienes no se les adjudique la beca integrarán una lista de espera que será utilizada cuando se produzca alguna renuncia o revocación. Para determinar el orden de la lista se tendrá en cuenta la puntuación final obtenida.

7.7. Adjudicación de destinos.

Una vez efectuada la selección definitiva de becarios, se hará pública, mediante su exhibición en las dependencias del Igape la lista de adjudicatarios así como los países de destino correspondientes.

8. Aceptación de la beca.

El Igape notificará a cada adjudicatario la concesión de la beca, quien en el plazo de diez días desde su notificación deberá aceptarla en sus términos y comprometerse a cumplir todas y cada una de las condiciones recogidas en las presentes bases. Si en dicho plazo no constase su aceptación expresa se entenderá que renuncia a sus derechos, archivándose su expediente sin más trámite.

9. Obligaciones de los becarios.

Sin perjuicio de otras obligaciones conforme a esta convocatoria y demás disposiciones aplicables, los beneficiarios de las becas quedarán sujetos a las siguientes obligaciones:

A. Incorporarse a su destino dentro del plazo fijado en la resolución de concesión.

B. Cumplir las instrucciones fijadas o que le sean transmitidas por el Igape para el desarrollo del objeto de la beca.

C. Participar en las actividades que el Igape pueda organizar para la formación de los becarios antes de ocupar su destino, en especial las referidas al conocimiento de la realidad económica de Galicia.

D. Cumplir las normas de conducta de la oficina o entidad donde el becario esté radicado.

E. Elaborar y presentar al Igape los estudios, informes o trabajos prácticos que le sean encomendados.

F. Gestionar, tramitar y obtener los visados, permisos o autorizaciones exigidos por las autoridades del país o ciudad de destino.

G. Vacunarse y recibir los tratamientos preventivos necesarios para el país o ciudad de destino.

H. Contratar un seguro de enfermedad y accidentes por una duración equivalente a la de la beca y sus posibles prórrogas.

10. Incumplimiento.

El incumplimiento de cualquiera de los compromisos contraídos por el beneficiario podrá dar lugar a la supresión de la ayuda concedida y a la reclamación de las cantidades anticipadas. En cualquier momento el Igape podrá comprobar mediante los mecanismos de inspección y de control que considere convenientes las actividades de los beneficiarios relativas a la beca concedida.

Asimismo, procederá la revocación de las ayudas, el reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes en los casos previstos en el artículo 78.5º de la Ley 11/1992, de 7 de octubre, de régimen financiero y presupuestario de Galicia, o en el caso de incumplimiento por el beneficiario de cualquiera de sus obligaciones conforme a la presente orden o cualquier otra disposición aplicable.

11. Incidencias.

Cualquier alteración de las condiciones que se tuvieron en cuenta para la concesión de las ayudas podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión, bien a instancia del solicitante o de oficio, por el Igape.

Las renuncias que se produzcan podrán ser sustituidas por la Dirección General del Igape de acuerdo con la lista de reserva, si la hubiese.

La Dirección General del Igape resolverá todas las dudas e incidencias que pudieran surgir en la aplicación de la presente convocatoria.

12. Propiedad de los trabajos.

Todos los derechos de propiedad intelectual y explotación de los estudios, informes y otros trabajos que realice el becario en el desarrollo de las prácticas realizadas serán propiedad del Igape, que podrá hacer uso de ellos y explotarlos como crea conveniente.

13. Naturaleza e incompatibilidad de la beca.

La concesión o disfrute de estas becas no implica ninguna vinculación laboral entre el beneficiario y el Igape, ni suponen ningún compromiso o derecho de incorporación a su plantilla, no ostentando en ningún caso, salvo mandato expreso, la representación del Igape.

Las becas otorgadas son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda de similares características y con cualquier otro tipo de actividad remunerada.

ANEXO III

DOCUMENTACIÓN TITULADOS

1. Instancia de solicitud. Anexo II.

2. Fotografia tamaño carnet con el nombre del solicitante al dorso.

3. Fotocopia compulsada DNI o pasaporte y letra del NIF.

4. Para la acreditación del cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:

-Vecindad administrativa en Galicia.- Certificado de empadronamiento.

-Ser natural de Galicia.- Fotocopia compulsada del DNI o pasaporte.

-Ser hijo o descendiente directo hasta el 3º grado de emigrantes gallegos en el exterior.- Fotocopia compulsada de la documentación oficial acreditativa de la ascendencia natural de Galicia.

5. Acreditación de no estar obligado a realizar el servicio militar o prestación social sustitutoria durante el período de disfrute de la beca.

-Haber realizado el servicio militar. Fotocopia compulsada de la cartilla militar o documento pase a la reserva.

-No haber realizado el servicio militar. Fotocopia compulsada del certificado de situación militar, donde conste exención o concesión pórroga que cubra al menos los 18 meses siguientes a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

-Haber realizado la prestación social sustitutoria.- Copia compulsada del certificado de situación de reserva emitido por el Ministerio de Justicia.

-No haber realizado la prestación social sustitutoria.-Certificado acreditación condición objetor de conciencia y certificado de concesión de exención o prórroga que cubra al menos los 18 meses siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

6. Copia compulsada del título o copia compulsada del resguardo de haber pagado las tasas para la obtención del mismo.

7. Copia compulsada del expediente académico expedido por el centro o institución donde el solicitante haya realizado sus estudios superiores.

8. Documentación acreditativa de otros méritos académicos distintos del título universitario u otros estudios cursados por el candidato. Certificación académica que acredite especificamente la realización del proyecto fin de carrera, grado, tesina o título de doctor.

9. Declaración del nivel de conocimiento de los idiomas distintos al español que posea, aportando los certificados acreditativos correspondientes.

10. Declaración del idioma/s en que desea examinarse, tanto obligatorio como, en su caso optativo, según lo establecido en la base nº 7.3 de esta convocatoria.

11. Currículum vitae.

12. Documentación justificativa de la experiencia profesional alegada por el candidato.

13. Declaración jurada de no haber disfrutado de una beca del Igape en convocatorias anteriores.

14. Certificado de buena salud para el normal ejercicio de la beca.

ANEXO IV

DISTRIBUCIÓN DE PAÍSES

Grupo 1. Países en los cuales la dotación de la beca asciende a 1.400.000 ptas. brutas al semestre.

Arabia Saudita

Argentina

Brasil

China

Israel

Malasia

Méjico

Nueva Zelanda

Portugal

Uruguay

Grupo 2. Países en los cuales la dotación de la beca asciende a 1.650.000 ptas. brutas al semestre.

Alemania

Corea del Sur

Dinamarca

Irlanda

Italia

Rusia

Taiwan

Grupo 3. Países en los cuales la dotación de la beca asciende a 1.900.000 ptas. brutas al semestre.

EEUU

Francia

Japón

7818