De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que se menciona en el anexo que, con esta fecha, he resuelto publicar la resolución del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza (BOE nº 82 del 6-4-1970), y de su reglamento aprobado por el Decreto 506/1871, de 25 de marzo (BOE nº 76 del 30-3-1971, corrección de errores nº 112 de 11-5-1971), por no ser posible su notificación.
El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia nº 311-000-166/2 de la Caixa de Galicia en A Coruña, O.P., en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta notificación. Para efectuarlo se deberán emplear los
impresos normalizados que serán facilitados en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples-Monelos-A Coruña. Transcurrido el citado plazo, se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe formular recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes, dentro del plazo de un mes, contado igualmente, a partir del día siguiente al de publicación de esta notificación.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.
A Coruña, 12 de septiembre de 1996.
Rogelio Aramburu Núñez
Delegado provincial de A Coruña
ANEXO
Expediente: C-96/0008.
Denunciado: José Castelo Román.
DNI: 32.771.088.
Última dirección conocida: Av. Arteixo, 83, A Coruña.
Hecho denunciado: cazar en terrenos sometidos a régimen cinegético especial, sin autorización.
Tipificación infracción Ley de caza:-Artículo: 48.1.8.-Calificación: grave.
Sanción: 5.000 multa.
9607031