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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Jueves, 10 de octubre de 1996 Pág. 9.011

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

CÉDULA de 12 de septiembre de 1996, de la Delegación Provincial de A Coruña, de notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador de pesca fluvial 96/0286.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha, resolví publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción administrativa de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151, del 5 de agosto), por no haberse podido realizar su notificación.

Se nombra instructora del procedimiento a Beatriz Rodríguez Fraga, funcionaria de esta delegación, pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería, según el artículo 40.3º a) de la misma Ley de pesca fluvial de Galicia.

El interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para que pueda examinar el expediente en la Delegación Provincial de esta consellería de A Coruña, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples Monelos y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas, estimen convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario podrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que les serán facilitados en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples Monelos, A Coruña.

Lo que le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo dispuesto en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).

A Coruña, 12 de septiembre de 1996.

Rogelio Aramburu Núñez

Delegado provincial de A Coruña

ANEXO

Expediente: P-96/0286.

Denunciado: Diego Cozar Pereiro.

DNI: 33.259.302.

Última dirección conocida: Diego Gelmírez, 20-1º, Santiago de Compostela.

Hechos denunciados: pescar sin licencia.

Tipificación Ley de pesca:-Artículo: 34.1º.-Calificación: menos grave.

Sanción propuesta: 50.001 multa, Inhab. 1 año.

9607033