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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Viernes, 07 de junio de 1996 Pág. 5.562

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 15 de mayo de 1996 por la que se resuelve la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, convocada en la Orden de 29 de noviembre de 1995 por la que se regula la concesión de subvenciones a periódicos y revistas para la edición de suplementos didácticos y promoción de la lengua gallega.

La Orden de 29 de noviembre de 1995 (DOG del 21-12) regula la concesión de subvenciones a periódicos y revistas para la edición de suplementos didácticos y promoción de la lengua gallega.

Visto el informe-propuesta formulado por la comisión constituida al amparo del artículo 9º de dicha orden, esta consellería,

DISPONE:

Artículo único.-Elevar a resolución definitiva el informe-propuesta presentado por la comisión cons

tituida al amparo del artículo 9 de la Orden de 29 de noviembre de 1995, que se publica como anexo de esta orden, estimando y desestimando las peticiones presentadas, en los términos del mismo.

Las entidades a las que les sean subvencionados proyectos deberán presentar ante la Dirección General de Política Lingüística la aceptación de la subvención concedida, en el plazo máximo de diez días, contados a partir de la publicación de esta disposición en el DOG, según lo establecido en el artículo 11 en la Orden de 29-11-1995.

La presente disposición pone fin a la vía administrativa, según lo dispuesto en el artículo 109 e) de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOG.

Santiago de Compostela, 15 de mayo de 1996.

Juan Piñeiro Permuy

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

INFORME PROPUESTA CORRESPONDIENTE A LA ORDEN DE 29 DE NOVIEMBRE DE 1995 POR LA QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PERIÓDICOS Y REVISTAS PARA LA EDICIÓN DE SUPLEMENTOS DIDÁCTICOS Y LA PROMOCIÓN DE LA LENGUA GALLEGA

En Santiago de Compostela, siendo las 10 horas del día dieciocho de abril de mil novecientos noventa y seis, se reunió la comisión para proceder al estudio de las peticiones presentadas al amparo de la Orden de 29 de noviembre de 1995.

Se da cuenta por parte del secretario de las solicitudes recibidas y, después de cambiar impresiones y de las oportunas deliberaciones, los miembros de la comisión acuerdan por unanimidad, de acuerdo con lo expresado en el artículo 5º de la orden citada, lo siguiente:

1. Desestimar las solicitudes que a continuación se relacionan por no tratarse de la edición de suplementos didácticos (artículo 2º de la orden de convocatoria):

-Federación de Autónomos de Galicia.

-Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia.

-Centro Recreativo, Artístico y Cultural de Coruxo.

2. Establecer un tope máximo de 4.000.000 de pesetas por proyecto subvencionado.

3. Proponer los siguientes baremos, que se aplicarán sobre el importe máximo de 4.000.000 de pesetas:

A) Suplementos didácticos de amplia difusión, con gran incidencia en la promoción y normalización de nuestro idioma: 4.000.000 de pesetas.

B) Suplementos didácticos de mediana incidencia. Se aplicará un porcentaje del 50% al 70% sobre la base.

C) Suplementos didácticos de menor incidencia, por su temática específica, y/o por el carácter local, comarcal de su difusión. Se aplicará un porcentaje del 20% al 25% sobre la base.

4. Proponer al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria que conceda las siguientes subvenciones para los suplementos que se mencionan:

Filmagal, S.L.1.200.000-O Salnés (750.000)-O Tambre (450.000).

Servicios Agrarios e Contables, S.L.-Suplemento Escola de Labregos600.000

Grupo Altaya, S.A. Diario 16-Suplemento semanal de economía y

número especial Letras Galegas4.000.000

Grupo de Comunicación Galicia en el Mundo

-Suplemento A mocidade galega no mundo900.000

DOSTE'X, S.L.-Suplemento A serpe de cor750.000

Editorial Predegal, S.L.-Revista Deporte Galego3.000.000

El Progreso de Lugo, S.L.-Suplemento escolar semanal Escola4.000.000

El Tercer Tiempo, S.L.-Suplemento Deporte na escola900.000

EGASUR, S.L.-Suplemento A Peneira440.000

Promocións Culturais Galegas, S.A.1.280.000-Suplementos:

Luz de progreso en todas partes (280.000)

Lingua e realidade social (280.000)

Tempo de guerra, tempo sen sol (280.000)

Manuel Murguía (440.000)

Edicións Xerais de Galicia

-Separatas da Revista Galega de Educación1.400.000

5. Desestimar por estar presentadas fuera de plazo las solicitudes presentadas por Unipro Editorial, S.L. y Monleón Bennacer, José.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9º procedo a elevar el siguiente informe-propuesta a la consideración del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria a los efectos oportunos, en mi calidad de presidente de la Comisión Evaluadora.

Santiago de Compostela, 6 de mayo de 1996.

9604063