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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Martes, 23 de abril de 1996 Pág. 3.806

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 1996, del Servicio de Estructuras y Desarrollo Rural de Lugo, por la que se anuncia la toma de posesión de las fincas de reemplazo en la zona de Ferreiravella (Riotorto-Lugo).

Terminada la publicación del acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Ferreiravella (Riotorto-Lugo), y no excediendo el número de recursos presentados y pendientes del seis por ciento de los titulares de las explotaciones, ni representado los reclamantes más del diez por ciento de la superficie concentrada, la Consellería de Agricultura ha resuelto dar posesión provisional de las nuevas fincas. Dicha toma de posesión es obligatoria para todos los interesados y se entiende sin perjuicio de las rectifica

ciones que procedan como consecuencia de los recursos interpuestos (artículo 44 de la Ley de concentración parcelaria para Galicia).

Dentro de los treinta días siguientes al de la publicación del presente aviso en el BOP, los interesados podrán reclamar ante esta jefatura (Ronda de la Muralla, 197-1º), acompañando dictamen pericial, sobre diferencias superiores al dos por ciento entre la cabida real de las nuevas fincas y la que consta en el expediente de concentración (artículo 46 de la ley antes citada).

A los efectos oportunos se establecen los siguientes plazos de toma de posesión:

a) Labradío sin cosecha pendiente, prados y pastos, al día siguiente de la publicación de este aviso en el BOP.

b) Las restantes fincas en el momento de ser retiradas las cosechas pendientes en el día anterior citado.

c) Previa petición a la Jefatura del Servicio de Montes e Industrias Forestales del preceptivo permiso, los árboles existentes en las fincas y que no hayan sido objeto de clasificación, podrán ser retirados por los propietarios de las antiguas parcelas dentro de los seis meses siguientes a la publicación del presente aviso en el mencionado boletín. Transcurrido dicho plazo se entenderá que pertenecen al propietario de la nueva finca.

Lugo, 6 de marzo de 1996.

Fernando López Gutiérrez

Jefe del Servicio de Estructuras y Desarrollo Rural

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