Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo del sector del transporte de mercancías por carretera que tuvo entrada en esta delegación provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 31-1-1996, suscrito en representación de la parte económica por ATRANSA, TRANSCAFF y ACOTRADES, y, de la parte social, por Confederación Intersindical Gallega y Unión General de Trabajadores el día 26-1-1996, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su publicación en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).
Tercero.-Disponer su publicación en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 6 de febrero de 1996.
Fernando Rodríguez Córcoba
Delegado provincial de A Coruña
Asistentes:
Fernando Varela López, ATRANSA.
Alejandro Rodríguez Barro, TRANSCAF.
Ramón González Bangueses, ACOTRADES.
José Boedo Fernández, ACOTRADES.
Fernando Vaamonde Romero, ACOTRADES.
Fernando Solla Fernández, CIG.
Jorge Veiras Serrado, UXT.
Santiago Fernández Rodríguez, CIG.
En la ciudad de A Coruña, a las 17.30 horas del día veintiséis de enero de mil novecientos noventa y seis, se reúnen en el local de la Confederación de Empresarios de A Coruña los miembros de la comisión paritaria del convenio de empresarios de A Coruña los miembros de la comisión paritaria del convenio
provincial de mercancías por carretera de la provincia de A Coruña.
Abierta la sesión, se da lectura a las tablas salariales del convenio provincial de transporte de mercancías por carretera de A Coruña para el año de 1996.
Comprobadas éstas, se dan por aprobadas por los asistentes y se decide remitirlas para su publicación en el BOP.
A las 18.20 horas del citado día, se levanta la sesión, de lo que se dan fe los asistentes.
Rubricado
TABLAS SALARIALES CONVENIO PROVINCIAL DE MERCANCÍAS 1996
extraCategorías Mes Paga
Anual
Personal superior técnico
Subgrupo A
Subgrupo A
Personal administrativo
Transporte de mercancías
Personal de servicios auxiliares
Sección 1ª garajes
engrase
Grupo 1º
Jefe de servicio 148.667 117.369 2.136.111 Inspector provincial 138.155 109.071 1.985.073
Subgrupo B Ingenieros y licenciados 140.115 110.618 2.013.234 Ing. técnicos y Aux. titulados 121.762 96.128 1.749.528
Grupo 2º
Jefe de sección 124.883 98.590 1.794.366 Jefe de negociado 120.946 95.483 1.737.801 Oficial 1ª 115.007 90.795 1.652.469 Oficial 2ª 111.823 88.280 1.606.716 Auxiliar administrativo 107.273 84.688 1.541.340 Aspirantes de 16 a 17 años 83.721 66.098 1.202.946
Personal de agencias de transporte Encargado general 119.532 94.369 1.717.491 Encargado de almacén 112.564 88.869 1.617.375 Capataz 109.834 86.712 1.578.144 Mozo especializado 108.881 85.959 1.564.449 Mozo carga, descarga y reparto 106.854 84.359 1.535.325
Subgrupo B
Jefe de tráfico de 1ª 119.532 94.369 1.717.491 Jefe de tráfico de 2ª 115.628 91.284 1.661.388 Jefe de tráfico de 3ª 113.066 89.264 1.624.584 Conductor-mecánico 115.257 90.992 1.656.060 Conductor 113.211 89.377 1.626.663 Conductor motocicleta y furgón 110.898 87.551 1.593.429 Ayudante 109.372 86.344 1.571.496 Mozo especializado 109.074 86.108 1.567.212 Mozo carga, descarga y reparto 106.854 84.359 1.535.325
Subgrupo C
Encargado genral 1ª 115.007 90.795 1.652.469 Encargado general 2ª 109.074 86.108 1.567.212 Encargado de almacén 107.657 84.990 1.546.854 Engrasador-lavacoches 110.327 87.103 1.585.233 Guarda de noche 106.854 84.359 1.535.325 Guarda de día 106.854 84.359 1.535.325
Sección 2ª estación de lavado y
Encargado de 1ª 114.185 90.145 1.640.655 Encargado de 2ª 109.074 86.108 1.567.212 Engrasador 110.327 87.103 1.585.233 Mozo de servicio 106.854 84.359 1.535.325
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