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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Viernes, 23 de febrero de 1996 Pág. 1.478

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 30 de enero de 1996, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación en el Diario Oficial de Galicia de la revisión salarial del convenio colectivo del sector de Almacenistas de madeira.

Visto el expediente de revisión salarial del convenio colectivo del sector Almacenistas de madeira, ubicada en la provincia de Pontevedra, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 26-1-1996, suscrito en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Empresarios de la Madera (ASEMA), y por la parte social, por las centrales sindicales UGT, CIG y CC.OO, en fecha 16-1-1996. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, del 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de la provincia de Pontevedra,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Vigo, 30 de enero de 1996.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

CategoríasSalario

actual

Revisión

1,15%

Revisión

total

Personal administrativo:

Jefe de administración130.2431.498131.741
Oficial de primera114.4241.316115.740
Oficial de segunda107.1641.232108.396
Auxiliar, telefonista, mecanógrafo94.9821.09296.074

Viajantes:

Viajante corredores de plaza107.1641.232108.396

Personal en general:

Dependientes96.9551.11598.070
Encargado111.4471.282112.729
Carretero95.9611.10497.065
Peón especialista96.9551.11598.070
Peón93.6021.07694.678

CategoríasSalario

actual

Revisión

1,15%

Revisión

total

Aserrador de primera107.1641.232108.396
Aserrador de segunda99.1291.140100.269
Aserrador sierra circular98.6031.13499.737

Nota: los chóferes percibirán el salario correspondiente a las categorías de 1ª y 2ª, de acuerdo con su carnet de conducir.

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