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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Viernes, 23 de febrero de 1996 Pág. 1.479

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 1 de febrero de 1996 por la que se convoca el VII certamen gallego de la canción Juventud-96.

El Real decreto 2434/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura, especifica en su anexo I.B.3.h que aquella asume las competencias de promoción y organización de actividades de animación sociocultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de aire libre, dirigidas a los sectores de la juventud, infancia, tercera edad y sectores marginados.

En este marco competencial, el ámbito cultural y artístico en lo que respecta a la juventud, es compartido conjuntamente por las consellerías de Familia, Mujer y Juventud, que a través de la Dirección General de Juventud desarrolla el programa de fomento de la actividad juvenil, figurando entre sus objetivos básicos promocionar la actividad cultural y artística entre nuestra juventud y la Consellería de Cultura, a través de su Dirección General de Cultura, que tiene entre otras funciones la de colaborar en el desarrollo del teatro, la danza, artes líricas y de la imagen, así como la promoción de las artes plásticas y populares, de acuerdo con el Decreto 2/1994, de 13 de xaneiro, y el Decreto 49/1994, de 4 de febrero, por los que, respectivamente, se establece la estructura orgánica que cada una de dichas consellerías.

Por lo expuesto, la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, consciente de la importancia que tiene facilitar vías por las que pueda manifestarse la actividad e inquietud artística individual y colectiva de la juventud gallega, y contando con la colaboración de la Consellería de Cultura, dada la naturaleza de las activdiades a realizar, convoca una serie de certamenes, concursos y muestras que abarca un amplio abanico de maniestaciones de carácter artístico y artesanal, que constituyen el programa de certámenes y muestras Juventud-96.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1º.

La Consellería de Familia, Mujer y Juventud convoca el VII certamen gallego de la canción Juventud-96, según las bases que se que se establecen

en el anexo I de esta orden, donde se regulan los aspectos relativos a la participación, condiciones generales que van a regir en la respectiva convocatoria, inscripciones, desarrollo, premios y jurado.

Artículo 2º.

El certamen objeto de la presente convocatoria se desarrollará a través de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud con la colaboración de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura.

Artículo 3º.

Las actividades que conlleven el desarrollo de este certamen serán costeadas con cargo a la aplicación presupuestaria 14.03.355B.640.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 1996.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Juventud para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de febrero de 1996.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia, Mujer y Juventud

ANEXO I

VII Certamen gallego de la canción Juventud-96

I.-Participantes.

Podrán participar en este certamen todos los jóvenes gallegos o residentes en Galicia. Se establecen las siguientes modalidades:

1.-Solistas: jóvenes de hasta 30 años de edad.

2.-Grupos: jóvenes de hasta 30 años de edad (pudiendo en este caso sobrepasar la edad, uno de cada cuatro componentes).

Estas edades se entenderán cumplidas en el año 1996.

II.-Condicións generales.

1.-En el caso de grupos el número máximo de componentes será de ocho.

2.-En ningún caso podrán intervenir en este certamen solistas o grupos profesionales.

3.-Cada solista o grupo podrá presentar un máximo de 3 obras, con una duración máxima de 4 minutos cada una, que se deberán de gravar por separado en cintas de casette, siendo obligatorio por lo menos que una de ellas sea en gallego.

4.-La temática es libre.

5.-Los solistas o grupos podrán emplear los instrumentos musicales que precisen, aportándolos ellos mismos, a excepción de la batería, que la aporta la organización.

6.-Las cintas casettes se presentarán cada una en un sobre cerrado, figurando en el exterior el lema elegido por el grupo o solista. Se presentará además otro sobre cerrado, figurando en su exterior el lema, y en el interior el boletín de inscripción que se indica en el anexo III, junto con una focopia del DNI por ambos lados o de la hoja correspondiente del libro de familia de él/os participante/s, y una declaración jurada conforme la persona o el grupo participante no está desarrollando actividades profesionales o remuneradas en el campo de la música.

7.-La Dirección General de Juventud reserva para si el derecho de editar o difundir las obras musicales que sean seleccionadas para la fase final.

III.-Inscriciones.

Los participantes deberán enviar el impreso de solicitud que se indica en el anexo II junto con los sobres cerrados referidos anteriormente al Servicio de Juventud de la Delegación de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud de la provincia donde residan habitualmente, que puede ser a:

Ronda de Fingoi, s/n, 27002 Lugo.

Avda. da Habana, 81-baixo, 32004 Ourense.

C/ Durán Loriga, 9-1º, 15003 A Coruña.

C/ Benito Corbal, 47-2º, 36001 Pontevedra.

antes del día 28 de junio de 1996.

IV.-Fases.

El jurado seleccionará a los autores y las obras que considere de más calidad para actuar en la fase final.

La fase final tendrá lugar en el Parque de la Concordia en Ponteareas (Pontevedra) el día 24 de julio de 1996.

Cerrará el certamen un grupo invitado para la ocasión.

V.-Premios.

Se establecen los premios siguientes:

Modalidad solistas.-1º premio: 25.000 pesetas, grabación y edición de compact-disc-single de 20 minutos de duración y mantenimiento durante los días de grabación.

Modalidad grupos.-1º premio: 60.000 pesetas, grabación y edición de compact-disc-single de 20 minutos de duración y mantenimiento durante los días de grabación.

Accésits: existirán como máximo 3 por cada una de las modalidades, de:

Solistas: 20.000 pesetas cada uno.

Grupos: 50.000 pesetas cada uno.

Se celebrará un Festival de Música Joven (en lugar y fecha por determinar), donde se procederá a la pre

sentación de los compact-disc, y actuarán los primeros clasificados. Para dicho acto se establecen las siguientes ayudas:

Modalidad solitas: 25.000 pesetas.

Modalidad grupos: 50.000 pesetas.

La organización se hará cargo de los gastos del equipo de sonido y luces, así como de la cena convivencial de dicho día.

Asimismo, se hará entrega a cada uno de los participantes seleccionados para la fase final en las distintas modalidades de un diploma que acredite su participación en este Certamen Gallego de la Canción.

VI.-Xurado.

El jurado será nombrado por el director general de Juventud y por el director general de Cultura a propuesta de la Delegación Provincial de Familia, Mujer y Juventud de Pontevedra, y estará compuesto por personas cualificadas en el campo de la canción y de la expresión musical, recayendo la secretaría en un funcionario de la Delegación Provincial de Familia, Mujer y Juventud de Pontevedra.

El jurado estará facultado para la interpretación de estas bases en las eventualidades no previstas, y podrá dejar desierto algún premio si así lo considera oportuno.

Su decisión será inapelable.

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