Visto el expediente de revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Fábrica de Botones, Hisla, S.L., de la provincia de Pontevedra que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 20-9-1995, suscrito en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y por la parte social, por el delegado de personal, en fecha 14-9-1995. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 y 18 del texto del convenio colectivo, artículo 90.2º y 3º, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).
Tercero.-Disponer su publicación en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 28 de septiembre de 1995.
Ramón Hermo Rey
Delegado provincial en funciones de Vigo (Pontevedra)
Convenio colectivo de Fábrica de Botones, Hisla, S.L. revisión salarial 1995.
La tabla de retribuciones por categorías para 1995 con efectos desde el 1 de enero de 1995 y que servirá como base de cálculo para futuros pactos es la siguiente:
Tabla de retribuciones salariales para el año 1995
Personal directivo Mayordomo 127.438 Jefe de personal de 3ª 106.434 Encargado sección 106.434 Personal administrativo Oficial 1ª 101.048 Oficial 2ª 89.806 Auxiliar 69.318 Personal comercial Viajante 106.434 Oficial de ventas 94.684 Personal obrero Oficial 1ª 3.245 Operario 1ª (Ofic. propios) 2.662 Operario 2ª (Ofic. propios) 2.541 Serrador y marcador 2.541 Tornero y prensista 2.423 Cortador de discos manuales 2.364 Escogedor P. acabados 2.364 Cortador de discos automáticos 2.323 Agujereador manual 2.323 Encartador y encajador 2.323 Escogedor P. en curso de fabricación 2.323 Ayudante mayor 18 años 2.323 Alimentador de máquinas 2.323 Ayudante menor de 18 años 1.858 Aprendiz 1.511 Limpiadora 2.323 Conductor de 2ª 2.734
Se aplicará, la regularización salarial, en la nómina de septiembre de 1995, y el abonao de los corresponidentes atrasos se efectuará junto con la entrega de dicha nómina.
Se procederá a efectuar los registros y depósitos oportunos y ordenar su publicación BOP de Pontevedra.
Vigo, 14 de septiembre de 1995.
Ana María Caride Gómez
Albertina Moreira de Oliveira Alves
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