Visto el expediente de revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Explotaciones Forestales de Galicia, S.L., que tuvo entrada en la delegación provincial de Pontevedra el día 18-8-1995, suscrito, en representación de la parte económica, por una representación de la empresa, y por la parte social, por los delegados de personal, en fecha 23-5-1995. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del convenio colectivo, artículo 90.2º y 3º, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).
Tercero.-Disponer su publicación en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de la tabla salarial, así como de la acta de la comisión deliberadora, ya que contiene la modificación de un artículo.
Vigo, 24 de agosto de 1995.
Antonio Coello Bufill
Delegado provincial de Pontevedra
Comisión para la discusión del convenio colectivo de trabajo para la empresa Explotaciones Forestales de Galicia, S.A. y empleados de la misma
ACTA
Comisión:
-Por la empresa:
Víctor Nogueira García.
-Por los trabajadores:
Ceferino Nogueira García.
Manuel Díaz Rivas.
En Marín, siendo las doce horas del día veintitrés de mayo de mil novecientos noventa y cinco, se reúnen los arriba mencionados en el domicilio social de la empresa, con objeto de llegar a un acuerdo sobre la revisión de la tabla salarial del convenio colectivo firmado el pasado veintitrés de abril de mil novecientos noventa y dos.
Después de un amplio cambio de impresiones, se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:
Uno. La tabla salarial para el ejercicio de 1995 será la que se refleja en hoja anexa, resultante de aplicar a la de 1994 un 5% de incremento.
Dos. Modificar el artículo 16 del convenio colectivo indicado anteriormente, quedando redactado como sigue:
«Se establece el abono mensual para todo el personal de un plus de transporte por importe de 5.500 pesetas».
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, firmando la presente acta, así como la tabla salarial anexa, los arriba mencionados.
-Por la empresa:
Víctor Nogueira García.
-Por los trabajadores:
Ceferino Nogueira García.
Manuel Díaz Rivas.
TABLA SALARIAL 1995
serenoI.Titulados Titulado superior 155.636 Titulado medio-grupo A 139.198 Titulado medio-grupo B 129.807
II. Administrativos Jefe de sección 155.636 Jefe de negociado 139.198 Oficial administrativo 122.881 Auxiliar administrativo 93.864 Aspirante de 16 a 18 años 71.412
III. Subalternos Conserje, cobrador, ordenanza, portero y
81.992 Botones de 16 a 18 años 71.412 Personal de limpieza 81.992
IV. Servicios varios A) Categorías básicas Encargado de sección 105.749 Oficial de 1ª 101.662 Oficial de 2ª 96.563 Oficial de 3ª 93.235 Peón 93.235 Aprendiz de 16 a 18 años 71.412
B) Categorías asimiladas Conductor de camión 96.563 Conductor de turismo 96.563 Manipulante 96.563 Encargado de almacén o almacenero 101.662 Mozo de almacén 92.380 Cosedor/a 92.380
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