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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 200 Miercoles, 18 de octubre de 1995 Pág. 7.736

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 1995, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación en el Diario Oficial de Galicia de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Internacional de Comercio y Servicios, S.L.

Visto el expediente de revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Internacional de Comercio y Servicios, S.L., que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 18-8-1995, suscrito, en representación de la parte económica, por un representación de la empresa, y por la parte social, por los delegados de persoal, en fecha 23-5-1995. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del convenio colectivo, artículo 90.2º y 3º, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las repre

sentaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).

Tercero.-Disponer su publicación en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia, de la tabla salarial, así como de la acta de la comisión deliberadora, ya que contiene la modificación de un artículo.

Vigo, 24 de agosto de 1995.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Vigo

Comisión para la discusión del convenio colectivo de trabajo para la empresa Internacional de Comercio e Servicios, S.L. y empleados de la misma.

ACTA

Comisión.

-Por la empresa: Ceferino Nogueira García.

-Por los trabajadores:

Ana Cid Maquieira.

Mª Elvira Otero López.

Lisardo Gálvez Álvarez.

Ignacio López-Bachiller Fernández.

Santiago Nogueira García.

En Marín, siendo las doce horas del día veintitrés de mayo de mil novecientos noventa y cinco, se reúen los arriba mencionados en el domicilio social de la empresa, con objeto de llegar a un acuerdo sobre la revisión de la tabla salarial del convenio colectivo firmado el pasado veintitrés de abril de mil novecientos noventa y dos.

Después de un amplio cambio de impresiones, se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:

Uno. La tabla salarial para el ejercicio de 1995 será la que se refleja en hoja anexa, resultante de aplicar a la de 1994 un 5% de incremento.

Dos. Modificar el artículo 16 del convenio colectivo indicado anteriormente, quedando redactado como sigue:

«Se establece el abono mensual para todo el personal de un plus de transporte por importe de 5.500 pesetas».

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, firmando la presente acta, así como la tabla salarial anexa, los señores arriba mencionados.

-Por la empresa: Ceferino Nogueira García.

-Por los trabajadores:

Ana Cid Maquieira.

Mª Elvira Otero García.

Lisardo Gálvez Álvarez.

Ignacio López Bachiller.

Santiago Nogueira García.

Tabla salarial 1995

I. Titulados.

Titulado superior 155.636

Titulado medio-grupo A 139.198

Titulado medio-grupo B129.807

II. Administrativos

Jefe de sección 155.636

Jefe de negociado 139.198

Oficial administrativo 122.881

Auxiliar administrativo 93.864

Aspirante de 16 a 18 años 71.412

III. Subalternos

Conserje, cobrador, ordenanza, portero

y sereno 81.992

Botones de 16 a 18 años 71.412

Personal de limpeza 81.992

IV.Servicios varios

A) Categorías básicas

Encargado de sección 105.749

Oficial de 1ª 101.662

Oficial de 2ª 96.563

Oficial de 3ª 93.235

Peón 93.235

Aprendiz de 16 a 18 años 71.412

B) Categorías asimiladas

Conductor de camión 96.563

Conductor de turismo 96.563

Manipulante 96.563

Encargado de almacén o almacenero101.662

Mozo de almacén 92.380

Cosedor/a 92.380

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