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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Miercoles, 12 de julio de 1995 Pág. 5.620

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (533/1990).

María Manuela García Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, doy fe que en el juicio ejecutivo que se sigue en este juzgado con el número 533/1990, se dictó la sentencia, cuyo encabezado y parte dispositiva de la misma son del tenor literal siguiente:

«Sentencia. En Santiago de Compostela, a 24 de marzo de 1995 Ángel Pantín Reigada, magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de los de esta ciudad ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil de juicio ejecutivo seguido en este juzgado con el número 533/1990 en el que han actuado como demandante Caja de Ahorros de Galicia representada por el procurador Victorino Regueiro Muñoz, y asistido por el letrado Rafael Pardo Padernera y como demandada María del Pilar Varela García representada por el procurador José Paz Montero y asistido, por el letrado Manuel Babio Arcay contra Manuel Villa Pérez y herederos de Ventura Pérez Graña, declarados rebeldes en las actuaciones. Fallo que mando seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de la demandada hasta hacer trance y remate de los bienes embargados, y con su producto entero y cumplido pago a al actora de la cantidad de 10.815.837 pesetas de principal e intereses,

intereses moratorios pactados, costas y gastos, más las costas que se imponen expresamente y gastos, calculandose sin perjuicio de ulterior liquidación para intereses, costas y gastos la suma de 2.500.000 ptas. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación para ante la audicencia provincial en este juzgado por el plazo de cinco días desde la notificación. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado y rubricado».

Y para que conste y sirva de notificación al demandado rebelde Manuel Villa Pérez y herederos de Ventura Pérez Graña, expido y firmo el presente edicto en Santiago de Compostela a ocho de mayo de mil novecientos noventa y cinco.

Rubricado

95-035344