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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Miercoles, 12 de julio de 1995 Pág. 5.620

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (55/1992).

María Manuela García Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela.

Doy fe, que en el juicio ejecutivo que se siguen en este juzgado con el número 55/1992, se dictó la sentencia, cuyo encabezado y parte dispositiva de la misma son del tenor literal siguiente:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a nueve de mayo de mil novecientos noventa y cuatro, Ángel Pantín Reigada, magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de los de esta ciudad, ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil de juicio ejecutivo seguido en este juzgado con el número 55/1992, en el que han actuado como demandante Banco de Galicia, S.A., con domicilio social en Vigo, representado por el procurador de los tribunales Narciso Caamaño Queijo y asistido por el letrado José Manuel Vázquez Yebra y como demandado Gallega de Sierras, S.L. con domicilio social en Santiago de Compostela, Luis Ángel Pousa Estévez, mayor de edad, vecino de Santiago de Compostela, María del Carmen Olveira Pérez, mayor de edad, vecina de Santiago de Compostela y Carmen Estévez González, mayor de edad y vecina de Santiago de Compostela, representados por la procuradora de los tribunales María de los Ángeles Regueiro Múñoz y asistidos por el letrado

Javier Alvarez Santullano y Pino y contra Jesús Pousa Veloso, mayor de edad, vecino de Santiago de Compostela, Oscas Manuel Calatayud, mayor de edad, vecino de Godella, y Josefa Artero Tello, mayor de edad, vecina de Godella, declarados rebeldes en las actuaciones, sobre reclamación de cantidad. Fallo, que mando seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de los demandados hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su producto entero y cumplido pago de modo solidario, a la entidad actora de la cantidad de 9.500.000 ptas. de principal, mas los intereses moratorios de dicha cantidad al tipo pactado, gastos y costas que se imponen expresamente a los demandados, respondiendo además la sociedad deudora de 833.418 ptas. de principal más los intereses moratorios correspondientes. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en este juzgado por el plazo de cinco días desde la notificación. Así por esta mi

sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado. Rubricado».

Y para que conste y sirva de notificación al demandado rebelde, herederos desconocidos e inciertos de Jesús Pousa Veloso, expido y firmo el presente edicto en Santiago de Compostela a ocho de mayo de mil novecientos noventa y cinco.

Rubricado

95-3950