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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 131 Lunes, 10 de julio de 1995 Pág. 5.505

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 1995, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza el establecimiento de la línea eléctrica aérea a 132 kV derivación a Foz de la línea Arbón-Mondoñedo, se declara la utilidad pública de la misma y se aprueba su proyecto de ejecución. (Expediente número 4260 A.T.).

Visto el escrito y la documentación presentados ante la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio en Lugo por la empresa Electra del Viesgo, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Medio, nº 12 de Santander (Cantabria), por lo que solicita la autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de la línea eléctrica aérea a 132 kV, con origen en la línea eléctrica Arbón-Mondoñedo y final en la subestación de Foz, recorriendo terrenos de los municipios de Barreiros y Foz, de la provincia de Lugo.

Resultando que la anterior petición se sometió a información pública, tal y como prevé el artículo 9 del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y el 10 del Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre, aplicables a este expediente en virtud de lo que establece la línea 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional, mediante resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio en Lugo de fecha 15-2-1995, que se publicó en el DOG del 9-3-1995, en el BOP de Lugo del 1-3-1995, en el BOE del 01-3-1995 y en el diario El Progreso de Lugo del 24-2-1995, no presentándose en el plazo legalmente establecido para eso reclamación ni oposición alguna.

Resultando que el anteproyecto de la línea eléctrica aérea, queda definido básicamente por las siguientes características.

Línea aérea de transporte de energía eléctrica a 132 kV, de 10.165 m de longitud en conductor de aluminio con alma de acero tipo LA-110 de 116,2 mm de sección, sobre apoyos metálicos de acero galvanizado y cadenas de amarre y suspensión con aisladores tipo Esperanza E70/127.

Resultando que Electra del Viesgo, S.A. acepta los condicionados establecidos por la Confederación Hidrográfica del Norte de España, y por la Diputación Provincial de Lugo, en lo que afecta a los cruces de recorrido de la citada línea eléctrica.

Considerando que la Dirección General de Industria es la competente para resolver esta expediente con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, en el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y en el Decreto 209/1990, de 15 de marzo, por lo que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por el Decreto 140/1991, de 2 de mayo, en relación con los decretos 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y 2619/1966, de 20 de octubre, por lo que

se aprueba el reglamento de ejecución de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas.

Considerando que el proyecto está informado técnicamente de forma favorable por el facultativo competente de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo y propuesta su aprobación por el delegado provincial, cumple las normativas técnicas vigentes en materia de tendidos de líneas eléctricas, así como lo preceptuado en el Reglamento de líneas eléctricas aéreas de alta tensión (Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre: BOE del 27-12-1968).

Considerando que se cumplió la tramitación reglamentaria dispuesta en el normativa antes mencionada y que con la construcción y puesta en funcionamiento de esta línea eléctrica aérea a 132 kV, atendiendo a las previsiones del plan MEGA, se consigue un mejor servicio eléctrico en los sectores de influencia. Esta dirección general,

RESUELVE:

a) Autorizar a la empresa Electra del Viesgo, S.A., la instalación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica denominada L.A.T. a 132 kV, derivación a Foz de la línea Arbón-Mondoñedo, afectando a los términos municipales de Barreiros y Foz, de la provincia de Lugo.

b) Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su reglamento de ejecución, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

c) Aprobar el proyecto de ejecución de dicha línea eléctrica.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de mayo de 1995.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

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