DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 142 Martes, 23 de julio de 2024 Pág. 44090

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ribadavia

ANUNCIO de revisión de oficio de la previsión relativa a las edificaciones a un lado del río Avia y señaladas como equipamiento, contenida en el Plan especial de protección y reforma interior del conjunto histórico-artístico.

El Pleno del Ayuntamiento de Ribadavia, en sesión de 24 de junio de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

Visto el Dictamen del Consejo Consultivo de Galicia 211/2024, de 19 de junio. Revisión de oficio de la previsión relativa a las edificaciones a un lado del río Avia y señaladas como equipamiento, contenida en el Plan especial de protección y reforma interior del conjunto histórico-artístico de Ribadavia, en el que se indica:

Que emite informe favorable sobre la propuesta de resolución a la que el presente expediente se refiere.

En relación con la siguiente previsión del Plan especial de protección y reforma interior, aprobado definitivamente por el Pleno municipal de 25 de febrero de 1999 y publicado en el BOP de 19 de abril de 1999:

«las edificaciones señaladas como equipamiento se rehabilitarán incorporándose como equipamiento cultural a la instalación del museo etnográfico

Se acuerda:

– Declarar de oficio la nulidad, por los motivos expuestos en el informe de la secretaría municipal obrantes en el expediente, de la siguiente previsión del Plan especial de protección y reforma interior del conjunto histórico-artístico de Ribadavia:

«las edificaciones señaladas como equipamiento se rehabilitarán incorporándose como equipamiento cultural a la instalación del museo etnográfico».

– Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial de Galicia, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 88 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia, y en el Boletín Oficial de la provincia.

– Efectuada la publicación, comunicarla al Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia a los efectos previstos en el artículo 208 del Decreto 143/2016 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia.

Lo que se publica para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 82 y 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 199 y 208 del Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, aprobado por Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.

Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y dado que se trata de una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia con sede en A Coruña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a derecho.

Ribadavia, 25 de junio de 2024

César Fernández Gil
Alcalde