DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Jueves, 18 de julio de 2024 Pág. 42938

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

EXTRACTO de la Orden de 9 de julio de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de apoyo a la contratación de mujeres en ocupaciones masculinizadas y para la adaptación de espacios en las empresas, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento TR349W).

BDNS (Identif.): 775125.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Objeto

Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar para el año 2024 las ayudas establecidas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración para favorecer la contratación de mujeres desempleadas en la empresa ordinaria en ocupaciones masculinizadas, con la finalidad de contribuir a incrementar las bajas tasas de ocupación femenina en dichas ocupaciones.

Segundo. Personas empleadoras y empresas beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten mujeres por cuenta ajena en ocupaciones masculinizadas, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.

Tercero. Gastos subvencionables

Serán subvencionables al amparo de este programa:

– Las contrataciones por cuenta ajena de mujeres en ocupaciones masculinizadas o con infrarrepresentación femenina en la contratación.

Los contratos subvencionables deberán ser de duración indefinida, bien con jornada a tiempo completo, bien a tiempo parcial. En caso de contrataciones a tiempo parcial, la jornada será como mínimo del 50 %. Se incluyen los contratos de trabajo indefinidos para la prestación de servicios fijos discontinuos, que deberán ser a tiempo completo y con una duración mínima de 6 meses.

El período durante el que se tienen que producir los contratos para que sean subvencionables será desde el 1 de enero de 2024 hasta el 20 de octubre de 2024.

Igualmente, serán subvencionables al amparo de este programa los gastos derivados de obras de adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo en la empresa, con la finalidad de eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el acceso y el desempeño profesional de las mujeres en la empresa (aseos, vestuarios, espacios para menores, etc.).

El período durante el que se tienen que producir obras de adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo subvencionables será desde el 1 de enero de 2024 hasta el 20 de octubre de 2024.

Cuarto. Cuantía de los incentivos

– Incentivos a la contratación

a) Las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo completo de mujeres desempleadas se incentivarán con una cuantía base de 15.000 €. En caso de reducción de jornada por cualquier causa, la cuantía se reducirá en proporción a la jornada realizada.

b) Las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo parcial (mínimo 50 %) y las contrataciones indefinidas fijas-discontinuas (mínimo 6 meses) se incentivarán con una cuantía base de 7.500 €.

Las cuantías indicadas anteriormente se incrementarán en un 15 % en los siguientes casos, que son acumulables entre sí:

I. En el supuesto de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en caso de carecer del mismo) esté situado en un ayuntamiento rural.

II. Si la mujer contratada es una persona con discapacidad.

III. Si la mujer contratada es mayor de 45 años.

IV. Si la mujer contratada es emigrante retornada o extranjera.

V. Si la mujer contratada es persona trans.

– Gastos derivados de obras de adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo:

El importe máximo de la ayuda será de 10.000 €.

Quinto. Bases reguladoras

Orden de 9 de julio de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de apoyo a la contratación de mujeres en ocupaciones masculinizadas y para la adaptación de espacios en las empresas, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento TR349W).

Sexto. Presentación de solicitudes y plazo

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día siguiente a su publicación y finalizará el 30 de septiembre de 2024.

Santiago de Compostela, 9 de julio de 2024

José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración