DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Jueves, 11 de julio de 2024 Pág. 42013

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de O Vicedo

ANUNCIO de la oferta ordinaria de empleo público para el año 2024.

Mediante el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 20 de mayo de 2024, se aprobó la oferta ordinaria de empleo público correspondiente al año 2024.

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta ordinaria de empleo público para el año 2024.

Personal funcionario

Denominación

Escala

Subescala

Grupo/subgrupo

Nivel

Vacantes

Jornada

Sistema
de selección

Turno

Técnico de urbanismo

Especial

Técnica

A1/A2

24

1

75 %

Oposición

Libre

Auxiliar administrativo

General

Auxiliar

C2

18

1

100 %

Oposición

Libre

Alguacil de servicios múltiples

General

Subalterno

Agrupaciones profesionales

14

1

100 %

Concurso -oposición

Libre

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente el recurso potestativo de reposición, ante el alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la última publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Lugo o en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo o a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en lugar distinto, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

O Vicedo, 3 de julio de 2024

José Jesús Novo Martínez
Alcade