DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Lunes, 1 de julio de 2024 Pág. 40071

III. Otras disposiciones

Fondo Gallego de Garantía Agraria

RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2024 por la que se declaran a las pérdidas de derecho a las ayudas relativas a las intervenciones ambientales y climáticas del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 para la campaña 2023, cofinanciadas en un 80 % por el fondo Feader.

Mediante la Resolución de 15 de enero de 2024 se publica la relación de solicitudes aprobadas y denegadas de las ayudas relativas a las intervenciones ambientales y climáticas del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 para la campaña 2023, autofinanciadas al 80 % por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 15 de marzo de 2023 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control.

El artículo 26 de la Orden de 15 de marzo de 2023 establece que las personas interesadas propuestas como beneficiarias dispondrán de un plazo de diez días para la aceptación de la resolución. Transcurrido el plazo sin que se produjera manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada y no será admisible la renuncia posterior. Después del plazo conferido, se presentaron una serie de renuncias a las ayudas relativas a las intervenciones ambientales y climáticas. Una vez analizadas las renuncias presentadas, procede declarar, de conformidad con la Instrucción de 18 de abril de 2016 de la Secretaria General Técnica de la Consellería del Medio Rural sobre la resolución de expedientes de subvención, la pérdida de derecho al cobro de la ayuda.

El artículo 26 de la citada orden dispone que las resoluciones podrán ser notificadas de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por lo que la notificación se realizará mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Por otra parte, de conformidad con el artículo 7.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el Decreto 7/2014, de 16 de enero, por el que se aprobaron los estatutos del organismo autónomo Fondo Gallego de Garantía Agraria (de aquí en adelante, Fogga), se atribuyó a la Dirección del Fogga la potestad de resolver los procedimientos de concesión de ayudas que se tramiten en el ámbito de sus competencias.

Después de la propuesta de resolución de la subdirectora general de Gestión de la PAC y de acuerdo con lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Declarar las pérdidas de derecho al cobro de las ayudas relativas a las intervenciones ambientales y climáticas del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 para la campaña 2023, cofinanciadas en un 80 % por el fondo Feader.

Segundo. Hacer pública en la web del Fogga la relación de las resoluciones de pérdida de derecho a las ayudas relativas a las intervenciones ambientales y climáticas del plan estratégico de la PAC, al amparo de la Orden de 15 de marzo de 2023.

Las personas interesadas pueden acceder a la web, en el siguiente enlace:

https://fogga.xunta.gal/gl/pac/consultas_pac/beneficiario_de_ayudas_pac/campana-2023

Tercero. Poner a disposición de las personas interesadas las resoluciones completas de pérdida de derecho indicadas en el apartado primero mediante la aplicación para teléfonos móviles «Sga@pp» disponible en Google Play o en App Store, y en el «Portal de ayudas PAC» a través del siguiente enlace:

https://fogga.junta.gal/gl/pac/consultas_pac/portal_de_ayudas_pac

Cuarto. Contra las citadas resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la presidenta del Fogga en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de esta publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo de interposición concluirá el mismo día de esta publicación en el mes de vencimiento, de conformidad con el artículo 30.4 de la citada ley.

Santiago de Compostela, 20 de junio de 2024

Juan José Cerviño Varela
Director del Fondo Gallego de Garantía Agraria