DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Lunes, 1 de julio de 2024 Pág. 40024

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

ORDEN de 20 de junio de 2024 por la que se modifica la autorización del Centro Privado Plurilingüe La Grande Obra de Atocha, de A Coruña.

La representación de la titularidad del centro privado (CPR) plurilingüe La Grande Obra de Atocha, solicita la modificación de la autorización para la supresión de 1 unidad de educación primaria y la ampliación de 1 unidad de educación especial.

Después de tramitar el expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Modificar la autorización para suprimir 1 unidad de educación primaria y autorizar la ampliación de 1 unidad de educación especial. El centro queda configurado como se señala a continuación:

Denominación genérica: centro privado (CPR) plurilingüe.

Denominación específica: La Grande Obra de Atocha.

Código del centro: 15004782.

Domicilio: calle Baltasar Pardal Vidal, 1.

Localidad: A Coruña.

Código postal: 15001.

Ayuntamiento: A Coruña.

Provincia: A Coruña.

Composición resultante:

Educación infantil: 9 unidades.

Educación primaria: 23 unidades.

Educación secundaria obligatoria: 16 unidades.

Bachillerato: 6 unidades de las modalidades de Ciencias y tecnología; Humanidades y Ciencias Sociales.

Educación especial: 3 unidades.

Formación profesional:

• CS de Educación infantil (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• CM Gestión administrativa (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• FPB Servicios administrativos (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

Artículo 2. Inicio de la actividad

Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Dirección Territorial de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional de A Coruña, después del informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro.

Artículo 3. Inscripción en el Registro de Centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Revisión de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tengan que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de junio de 2024

Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia,
Universidades y Formación Profesional