DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Lunes, 1 de julio de 2024 Pág. 40132

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 18 de junio de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 11 de junio de 202 4 relativa a la solicitud de deslinde formulada por los representantes de los montes vecinales en mano común Penelas y de A Seara, en el ayuntamiento de Cartelle.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del monte vecinal en mano común (MVMC) Penelas, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (CMVMC) de O Carballal, y de A Seara, perteneciente a la CMVMC de A Seara, en el ayuntamiento de Cartelle, resulta lo siguiente:

Hechos.

Primero. El 31.8.2022 la CMVMC de O Carballal presentó un escrito (Rexel 2022/2166664) en el que solicitan la aprobación de un deslinde con la CMVMC de A Seara.

Con la solicitud se presentó la siguiente documentación:

– Acta-informe de deslinde.

– Acta de conciliación levantada en el Juzgado de Paz de Cartelle.

– Certificaciones de los acuerdos de las respectivas asambleas generales.

Segundo. El informe del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense de 14 de septiembre de 2023 hace constar que el deslinde comprende el tramo que empieza en el vértice 1, Marco do Valiño das Aceas (el situado más al NE), y finaliza en el vértice 8, Alto da Serra Pista (el situado más al SO).

El citado informe considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, por lo que propone al Jurado Provincial su aprobación.

Consideraciones legales y técnicas.

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, tras el examen de la documentación presentada, dicte la resolución correspondiente, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 14 de septiembre de 2023, el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 14 de mayo de 2024:

Aprobar el acto de conciliación alcanzado por las juntas rectoras de los MVMC Penelas, perteneciente a la CMVMC de O Carballal, y del MVMC de A Seara, perteneciente a la CMVMC de A Seara, en el ayuntamiento de Cartelle.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 18 de junio de 2024

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense