DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Lunes, 1 de julio de 2024 Pág. 40126

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 17 de junio de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses el acuerdo adoptado por este jurado relativo al deslinde del monte vecinal Caxigal de San Martiño, en el ayuntamiento de O Corgo (expediente 15_78/2023_6DES).

En la sesión celebrada por el jurado provincial el día 4.6.2024, figura el siguiente acuerdo:

MVMC Caxigal de San Martiño (expediente 15/78), perteneciente a los vecinos de Coedo, Seoane, Vilacorbe y Coto, de la parroquia de San Martiño de Folgosa, en el ayuntamiento de O Corgo.

El 22.6.2023, la citada comunidad presentó una propuesta de deslinde de su monte, respecto de propiedades particulares, con la que solicitaba el inicio del correspondiente procedimiento, de acuerdo con el dispuesto en el artículo 54 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

El 17.7.2023 el Servicio de Montes emitió un informe favorable sobre propuesta formulada.

El 8.8.2023 se publicó en el DOG el anuncio por lo que se hizo pública la propuesta de deslinde y se abría el plazo de alegatos para el expediente 2023_6DES. Asimismo, el anuncio fue publicado en el ayuntamiento de O Corgo y en la web de la Consellería del Medio Rural.

El 7.12.2023 la comunidad se ratificó en la propuesta con indicación de que no recibieron alegatos. El 14.12.2023 el Servicio de Montes emitió un nuevo informe favorable sobre el deslinde solicitado.

El 9.2.2024, tuvo entrada a propuesta definitiva de la línea de deslinde, en los términos requeridos en el citado artículo 54.

El 27.2.2024, el Servicio de Montes emitió un informe en el que se especifican las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde. Según la nueva cartografía, el monte de Caxigal de San Martiño pasa a tener una superficie de 95,84 hectáreas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.3 de la Ley 7/2012, en el caso de informe favorable, una vez ratificado el deslinde provisional por la asamblea general, se dará traslado al jurado provincial de los acuerdos alcanzados. El jurado provincial de montes vecinales en mano común dictará resolución aprobatoria del deslinde.

En vista de lo anterior, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde y proceder a realizar las oportunas correcciones en el expediente, de conformidad con el informe elaborado por el Servicio de Montes.

El plano que figura en el anexo, al final de este anuncio, corresponde al monte vecinal tras el deslinde aprobado.

Contra este acuerdo, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante lo Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante lo Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 17 de junio de 2024

Mª Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo

ANEXO

Plano del MVMC Caxigal de San Martiño tras el deslinde

missing image file