A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica.
Denominación: Reglamentación LMTA BCR803 entre los apoyos número 59-70-75-17 y número 57-70-75-20 (Baleira).
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Domicilio social: avda. America, 38, 28028 Madrid.
Características técnicas principales:
Sustitución del apoyo metálico número 59-70-75-19 de la LMTA BCR803 por otro de celosía metálica de tipo C-A-AL-20/2000-H35-CAIII (CSIII).
La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 56 da citada Ley 24/2013, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE número 351, de 17 de diciembre).
La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria ocupación figuran en el anexo que se inserta junto con esta resolución.
Aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones en este departamento territorial (Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo, ronda de la Muralla, 70) referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 161 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la última publicación.
Durante este plazo se podrá examinar el proyecto de las instalaciones en este departamento territorial, de lunes a viernes entre las nueve da mañana y las dos da tarde, y en el siguiente enlace web de la Consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/instalacion-electrica/baleira-2
Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas los interesados podrán hacer alegaciones por escrito a los únicos efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados, según dispone el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE número 160, de 27 de junio).
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), cuando las personas titulares de las fincas propuestas sean desconocidas, no se sepa su lugar de notificación o bien, intentada la notificación, no se haya podido practicar, y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan, de conformidad con el artículo 5 da Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Lugo, 3 de junio de 2024
Gustavo José Casasola de Cabo
Director territorial de Lugo
ANEXO I
Relación de bienes y derechos afectados por el proyecto de reglamentación LMTA BCR803 entre los apoyos número 59-70-75-17 y número 57-70-75-20 (Baleira)
Ayuntamiento: Baleira (Lugo).
Expediente: IN407A 2024/46-2.
Nº de finca |
Polígono |
Parcela |
Lugar |
Cultivo |
Propietaria |
Apoyo (nº) |
Apoyo (m2) |
Sup. (m2) |
1 |
82 |
526 |
Escanlar |
Monte alto |
Junta vecinal de Escanlar |
59-70-75-19 |
1 |
2 |