DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Martes, 11 de junio de 2024 Pág. 35555

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

EXTRACTO de 27 de mayo de 2024, de la Dirección General de Planificación Energética y Minas, por el que se publica la Resolución de 26 de mayo de 2024 por la que se archiva el expediente del parque eólico Graxón y se cancela una garantía económica depositada por Greenalia Wind Power, S.L.U. para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A/2018/020).

De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 26 de mayo, de la Dirección General de Planificación Energética y Minas, por la que se archiva el expediente del parque eólico Graxón y se cancela una garantía económica depositada por Greenalia Wind Power, S.L.U. para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A/2018/020).

Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan.

Dicha Resolución de 26 de mayo de 2024 dispone lo siguiente:

1. Archivar y declarar concluso el procedimiento instruido en relación con el expediente del parque eólico Graxón (IN408A/2018/020) promovido por Greenalia Wind Power, S.L.U.

2. Cancelar, la garantía económica depositada por Greenalia Wind Power S.L en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Galicia por importe de 252.000 €, de 29 de mayo de 2018 y número de registro 655/2018, para responder de sus obligaciones en relación con la tramitación del procedimiento de solicitud de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Graxón.

Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución:

1. Con fecha 29 de mayo de 2018, Greenalia Power, S.L. depositó una garantía económica por importe de 252.000 € y número de registro 655/2018, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Graxón.

Con fecha 15 de junio de 2020, Greenalia Wind Power, S.L.U. modificó el resguardo de dicha garantía económica para modificar el nombre de la empresa promotora, de Greenalia Power, S.L. a Greenalia Wind Power, S.L.U. como empresa tramitadora del parque eólico Graxón.

2. Con fecha 1 de junio de 2018, Greenalia Wind Power, S.L.U. presentó solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, aprobación del proyecto sectorial y declaración de utilidad pública para el proyecto denominado parque eólico Graxón, al amparo de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.

3. Con fecha 22 de diciembre de 2021, Greenalia Wind Power, S.L.U. presentó solicitud de autorización administrativa previa y de construcción para la modificación sustancial del proyecto denominado parque eólico Graxón, al amparo de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.

4. Con fecha 4 de octubre de 2022, Greenalia Wind Power, S.L.U. presentó solicitud de autorización administrativa previa y de construcción para una nueva modificación sustancial del proyecto denominado parque eólico Graxón, al amparo de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.

5. Por Acuerdo de 22 de mayo de 2023, de la Jefatura Territorial de Lugo, se sometió a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, el estudio de impacto ambiental y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) del proyecto de ejecución del parque eólico Graxón, en el ayuntamiento de A Pastoriza (expediente IN408A/2018/020), que fue publicado en el DOG núm. 170, de 7 de septiembre de 2023.

6. Con fecha 19 de diciembre de 2023 la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático formuló la declaración de impacto ambiental desfavorable del proyecto del parque eólico Graxón, en los términos propuestos por el Servicio de Evaluación Ambiental de Proyectos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

7. Con fecha 16 de mayo de 2024, Manuel García Pardo, actuando en nombre y representación de Greenalia Wind Power, S.L.U. solicitó a esta dirección general el archivo del expediente administrativo del parque eólico Graxón (expediente IN408A/2018/020), al existir circunstancias impeditivas para la ejecución del proyecto, a tenor de la formulación de la declaración de impacto ambiental desfavorable y solicitó la devolución de la garantía económica con número de registro 655/2018.

Santiago de Compostela, 27 de mayo de 2024

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Minas