DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Lunes, 10 de junio de 2024 Pág. 34902

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 31 de mayo de 2024 por la que se amplía el crédito existente para la concesión de las ayudas previstas en la Orden de 17 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de vehículos adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxi), vehículos taxi de emisiones cero y vehículos taxi eco, y se convocan para el ejercicio 2024 (tramitación anticipada) (código de procedimiento IF303A).

El día 29 de noviembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 17 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de vehículos adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxi), vehículos taxi de emisiones cero y vehículos taxi eco, y se convocan para el ejercicio 2024 (tramitación anticipada) (código de procedimiento IF303A).

La finalidad de dicha orden es favorecer el cumplimiento del Real decreto 1554/2007, de 23 de noviembre, por la que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de modos de transporte para personas con discapacidad, contribuyendo a garantizar la movilidad en el transporte público de toda la ciudadanía. Asimismo, se pretende fomentar el uso de vehículos taxi de tipo emisiones cero y eco con el objeto de reducir las emisiones gaseosas en el tráfico de vehículos.

En dicha orden se preveía que las subvenciones que se establezcan para las actuaciones objeto de estas ayudas contarían con un presupuesto de 500.000 euros, financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 08.02.512A.770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2024.

La ayuda por vehículo para taxi adaptado (Eurotaxi) será de 10.000 euros, para taxi de cero emisiones de 4 .000 euros y para taxi eco de 1 .000 euros.

El artículo 5.4 de la orden establece que el plazo de presentación de solicitudes finaliza el 14 de octubre de 2024. No obstante, en la actualidad ya se ha superado ampliamente el número de solicitudes para las cuales existe cobertura presupuestaria suficiente para las tres líneas de taxi adaptado (Eurotaxi), taxi eco y emisiones cero, lo que permite constatar tanto el interés del sector profesional por la mejora de la accesibilidad en sus vehículos como su compromiso con el medio ambiente y con la reducción de las emisiones de gases contaminantes.

El artículo 3.2 de la orden establece que la cuantía total máxima de subvenciones concedidas se entenderá sin perjuicio de ulteriores variaciones que se puedan producir a consecuencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, en los términos del artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que prevé, entre otras posibilidades de modificación presupuestaria, la de la ampliación de crédito para atender las solicitudes que se presenten. Dichas variaciones podrán ser establecidas por la Administración respecto de una, de dos o de las tres líneas de actuación previstas, supuesto en el cual, excepto que en el instrumento jurídico por el que se acuerde dicha ampliación se establezca un plazo para la unificación de las líneas aprobadas posterior a su publicación, al importe ampliado no le resultará de aplicación la unificación a que se refiere el número cuatro de este artículo.

Visto el número de solicitudes presentadas y el beneficio que supondrá para el conjunto de la sociedad tanto la incorporación progresiva de cada vez más taxis adaptados para el transporte de personas con movilidad reducida, así como la introducción de vehículos más eficientes en términos de emisión de gases contaminantes, se considera conveniente realizar una ampliación del crédito por importe de 350.000 €, de los cuales 150.000 € son para la línea de taxi adaptado (Eurotaxi), 40.000 € para la línea de vehículos taxi de emisiones cero y 160.000 € para la línea de vehículos taxi eco.

A partir del 31 de julio de 2024 el crédito resultante en el conjunto de las tres líneas se unificará y continuarán valorándose las solicitudes, para cualquiera de las tres líneas, atendiendo exclusivamente al orden de entrada, para lo cual se deberán tener en cuenta tanto las solicitudes presentadas con anterioridad y que no pudieron ser atendidas por insuficiencia del crédito inicial para esa línea como aquellas que se presenten posteriormente y hasta la finalización del plazo el 14 de octubre.

De acuerdo con lo expuesto y de conformidad con la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y con el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento,

DISPONGO:

Artículo único. Ampliación de crédito

Ampliar el importe total del crédito de las ayudas establecidas en la Orden de 17 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de vehículos adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxi), vehículos taxi de emisiones cero y vehículos taxi eco, y se convocan para el ejercicio 2024, código de procedimiento IF303A, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 227, de 29 de noviembre, por un importe de 350.000 euros, para la adquisición de Eurotaxis, de vehículos taxi de emisiones cero y vehículos taxi eco, con cargo a la aplicación presupuestaria 35.08.512A.770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2024. Dicho crédito se distribuye entre las tres líneas según el siguiente reparto:

– Línea de taxi adaptado (Eurotaxi): 150.000 €.

– Línea de vehículos taxi de emisiones cero: 40.000 €.

– Línea de vehículos taxi eco: 160.000 €.

A partir de 31 de julio de 2024 el crédito resultante en el conjunto de las tres líneas se unificará con arreglo a lo estipulado en el artículo 4.2 de la Orden de 17 de noviembre de 2023.

Desde la publicación de dicha ampliación de crédito y hasta el 31 de julio de 2024 las solicitudes presentadas serán valoradas dentro de cada línea por orden de entrada hasta el momento del agotamiento del crédito asignado inicialmente a cada una de las líneas, de producirse este antes del 14 de octubre de 2024. De este modo, se atenderán primero las solicitudes ya presentadas en el momento de publicación de esta orden y que no pudieron ser atendidas a causa del agotamiento del crédito asignado en la Orden de 17 de noviembre de 2023.

Materializada la unificación de crédito el 31 de julio de 2024, en su caso, continuarán valorándose las solicitudes, para cualquiera de las tres líneas, atendiendo exclusivamente al orden de entrada, para lo cual se deberán tener en cuenta tanto las solicitudes presentadas con anterioridad y que no pudieron ser atendidas por insuficiencia del crédito inicial para esa línea como aquellas que se presenten posteriormente y hasta la finalización del plazo el 14 de octubre de 2024.

Una vez efectuada esta ampliación, el importe total de estas ayudas asciende a 850.000 euros.

El plazo de presentación de solicitudes continúa abierto en los mismos términos establecidos en la orden de convocatoria de estas ayudas.

Santiago de Compostela, 31 de mayo de 2024

Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes