DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Viernes, 7 de junio de 2024 Pág. 34795

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2024, de la Dirección Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de A Coruña (expediente IN407A 2023/544-1).

Expediente: IN407A 2023/544-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: LMTS, CS avenida Sardiñeira, 41.

Ayuntamiento: A Coruña.

Hechos:

1. El día 11 de diciembre de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la mencionada instalación de distribución eléctrica, al objeto de atender la solicitud de suministro de energía eléctrica para Adif (alta velocidad).

Presentan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto junto con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la línea, conforme establecen los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, y que comprende los siguientes documentos:

• Proyecto de ejecución denominado: LMTS, CS avenida Sardiñeira, 41, firmado en fecha 17 de agosto de 2023 por Susana Casais Pérez, ingeniera técnica industrial eléctrica, con el número colegial 2.033 de A Coruña.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación había podido afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se le solicitó el preceptivo informe al Ayuntamiento de A Coruña. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado establecido por el organismo afectado.

4. El 16 de abril de 2024 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente conforme a lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), de acuerdo con la disposición adicional decimosegunda y la disposición transitoria primera del Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 81, de 24 de abril).

Segunda. Legislación de aplicación:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en la avenida Sardiñeira, 41, en el ayuntamiento de A Coruña.

– Centro de seccionamiento (CS) prefabricado en caseta con celdas compactas de media tensión, 3 de líneas (2 telecontroladas) y trafo de tensión para servicios auxiliares.

– Línea eléctrica de media tensión subterránea a 15 kV, con origen y final en empalmes a realizar en punto de acceso en la red existente LMTS GRN709, una vez entra y salga del CS proyectado, en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×240 mm2 Al y con una longitud de 52 metros.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta dirección territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta dirección territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 16 de mayo de 2024

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña