DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Lunes, 27 de mayo de 2024 Pág. 32412

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

ANUNCIO de 2 de mayo de 2024 por el que se notifica la resolución de archivo de la solicitud de aplazamiento de pago de la tercera multa coercitiva impuesta dentro del expediente PON/503/2016.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 1 de abril de 2024, archivar la solicitud de aplazamiento del pago de la tercera multa coercitiva por no atender al requerimiento de subsanación en el plazo concedido al efecto.

Al no poder realizar la notificación personal de este acuerdo a la persona titular del documento nacional de identidad número 35956440B, mediante este anuncio, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a la persona interesada dicho acuerdo mediante un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la persona interesada que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá efectuada.

Se indica que contra la presente resolución podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un (1) mes desde su notificación, o bien podrá interponer directamente reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda, en el plazo de un (1) mes. La reclamación económico-administrativa deberá interponerse ante el órgano que dictó la resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 235.3 de la LGT.

Para que conste, y sirva de notificación a la persona interesada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo este anuncio.

Santiago de Compostela, 2 de mayo de 2024

María Victoria Núñez López
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística