DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Lunes, 20 de mayo de 2024 Pág. 30102

IV. Oposiciones y concursos

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2024 por la que se convoca el proceso selectivo para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de una plaza de titulado/a superior gestor/a del proyecto Down to Earth.

La Agencia Gallega de Desarrollo Rural (en adelante, Agencia) fue creada por la disposición adicional sexta de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo (DOG núm. 251, de 29 de diciembre).

Dicha ley de creación está modificada, entre otras, por la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia (DOG núm. 94, de 21 de mayo), en cuyo artículo 6 se configura la Agencia Gallega de Desarrollo Rural como una agencia pública autonómica, de conformidad con la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, con la consideración de medio propio y servicio técnico de la Comunidad Autónoma de Galicia, que actúa como instrumento básico en la promoción y coordinación del desarrollo del territorio rural gallego, con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de sus habitantes y de evitar su despoblamiento a través, entre otras, de las medidas de recuperación de la tierra agroforestal de Galicia, reguladas en la citada Ley 11/2021.

La Agencia Gallega de Desarrollo Rural está adscrita a la Consellería del Medio Rural, tiene personalidad jurídica y patrimonio propios, goza de autonomía administrativa y económica y posee plena capacidad de obrar, tanto en el campo del derecho público como en el derecho privado, para el cumplimiento de sus fines y con sujeción a la normativa correspondiente.

La Agencia tiene como objetivos estratégicos la promoción y puesta en valor en el ámbito rural gallego del patrimonio histórico; la recuperación de la tierra agraria; la vida social, cultural y educativa; el entorno natural y los productos agroalimentarios, ya que las actuaciones sobre dichos ámbitos contribuyen a mejorar la calidad de vida y a cohesionar la vida social y estimular el arraigo de la población en el medio rural, de forma que hagan de este un lugar más atractivo, al ser dichas actuaciones interesantes desde el punto de vista del fortalecimiento del orgullo rural, de la diversificación económica, de la potenciación del interés por el territorio y, por lo tanto, del desarrollo general del territorio.

La Agencia Gallega de Desarrollo Rural asume la coordinación del proyecto Down to Earth (International cooperation for sustainable, resilient and attractive rural areas).

La Ley 9/2023, de 28 de diciembre (DOG núm. 246, de 29 de diciembre), de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2024, en su artículo 15 prevé la contratación de personal laboral temporal para realizar obras o servicios concretos y dotados de presupuesto.

Por lo expuesto, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 79/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, esta dirección

RESUELVE:

Anunciar la convocatoria de un proceso selectivo para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de una plaza de titulado/a superior gestor/a de proyecto europeo, para la ejecución y gestión del proyecto Down to Earth (International cooperation for sustainable, resilient and attractive rural areas) y aprobar las bases que regirán el proceso.

Las bases reguladoras del indicado proceso se incluyen como anexo I de esta resolución.

Para participar en esta convocatoria las personas interesadas utilizarán el modelo de solicitud que se incluye en el anexo II.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la presidenta de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 3 de mayo de 2024

Inés Santé Riveira
Directora de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural

ANEXO I

Bases de la convocatoria para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de una plaza de titulado/a superior gestor/a de proyecto para la Subdirección de Promoción Internacional y Rural Inteligente de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 79/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, esta dirección dispone publicar, en el ejercicio de las competencias atribuidas, las siguientes bases para la selección de un efectivo de personal laboral temporal para trabajar en la ejecución y gestión del proyecto europeo Down to Earth (International cooperation for sustainable, resilient and attractive rural areas)

Primera. Normas generales

1.1. Número y características das plazas.

Al amparo del artículo 59 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se convoca el proceso selectivo para la contratación de personal laboral temporal con titulación de grado o licenciatura.

El centro directivo es la Agencia Gallega de Desarrollo Rural adscrita a la Consellería del Medio Rural, aunque la persona empleada tendrá que hacer desplazamientos a países de Europa por razón de su trabajo.

La duración del contrato será de 27 meses, a contar desde su formalización y siempre condicionados a la duración del proyecto. Si por dilación del proceso no fuere posible llevar a cabo una contratación por 27 meses, esta se realizará por el tiempo que reste hasta el 22 de febrero de 2027.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 9/2023, de 28 de diciembre (DOG núm. 246, de 29 de diciembre), de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2024, la duración del contrato queda condicionada a que exista crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria que corresponda, computado siempre en su proyección anual.

La persona seleccionada va a trabajar en la ejecución y gestión del proyecto europeo Down to Earth (International cooperation for sustainable, resilient and attractive rural areas). Se trata de un proyecto de colaboración entre regiones europeas que pretende mejorar sus capacidades en el campo del desarrollo rural, para lograr un rural más sostenible, resiliente y atractivo. En concreto, la persona seleccionada se contratará para realizar las funciones de apoyo a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en la realización de las tareas propias de un/una jefe/a de fila para la coordinación y gestión de un proyecto trasnacional, utilizando el inglés como lengua de trabajo y con disponibilidad para desplazarse a las reuniones y a los eventos relacionados con el proyecto que tengan lugar en las regiones socias de este.

Entre las tareas a realizar se incluyen las siguientes:

1. Preparar, organizar y dinamizar las reuniones de trabajo internacionales que se realicen con el resto de los socios del proyecto y otros agentes implicados, y participar en ellas en cualquiera de las regiones europeas en que tengan lugar. El idioma de trabajo será exclusivamente el inglés.

2. Representar a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en las reuniones de los diferentes foros, redes y organismos europeos que tengan relación con el proyecto en los países en que se realicen, así como la interlocución con otros agentes públicos y privados europeos relacionados con el proyecto. El idioma de trabajo en los mismos será exclusivamente el inglés.

3. Coordinar y realizar en inglés informes, publicaciones y comunicaciones de actividades y resultados del proyecto, así como cualquier otro documento necesario para el desarrollo del proyecto.

4. De acuerdo con la normativa, reglamentos y prácticas de los proyectos europeos, desarrollar metodologías de control del proyecto, así como indicadores de seguimiento de este.

5. Analizar y priorizar metodologías y herramientas europeas susceptibles de ser incorporadas al proyecto.

6. Elaborar la justificación anual del proyecto.

7. Cualquier otra función no definida aquí y considerada desde la Agencia y relacionada con la ejecución y coordinación del proyecto.

1.2. Retribuciones.

Las retribuciones serán las establecidas para el grupo correspondiente de acuerdo con la estructura salarial definida en los artículos 25 y 26 del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, y en la Ley 9/2023, de 28 de diciembre (DOG núm. 246, de 29 de diciembre), de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2024, en la que se dictan instrucciones sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica para el año 2024 y se actualiza con efectos de 1 de enero de 2024 la cuantía de las retribuciones.

1.3. Modalidad de contrato.

La persona seleccionada firmará un contrato de trabajo temporal siguiendo las prescripciones de los artículos 15 y 17 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, al amparo del Real decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, y demás legislación vigente que resulte de aplicación.

1.4. Incompatibilidades.

Las personas contratadas estarán sometidas al régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y demás disposiciones complementarias.

Segunda. Requisitos de los/las aspirantes

Para ser admitido/a en el proceso de selección, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal laboral temporal, los siguientes requisitos, excepto el certificado médico referente a lo contemplado en el punto 2.7, que deberá acreditarse en el momento de la contratación.

2.1. Nacionalidad.

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Ser nacional de algún Estado en que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.

d) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los/las cónyuges de los/las españoles y de los/las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. En las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de edad dependientes.

e) Tener residencia legal en España, en el caso de tratarse de extranjeros/as no incluidos/as en los apartados anteriores.

2.2. Edad.

Haber cumplido dieciséis años de edad.

2.3. Titulación académica.

Estar en posesión de una titulación de grado o licenciatura.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditar que está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será obligatorio para los/las aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

2.4. Competencia lingüística.

Disponer de un manejo competente y fluido del inglés a nivel profesional oral y escrito, con capacidad para liderar reuniones de trabajo en dicho idioma y realizar presentaciones en jornadas, foros o similares. Deberá acreditarse la posesión de un certificado, como mínimo, de nivel C1 o equivalente, de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados y su correspondencia con el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCER).

2.5. Disponibilidad para viajar.

Tener disponibilidad para desplazarse a cualquier país europeo para participar en reuniones, jornadas, foros o similares.

2.6. Conocimiento del idioma gallego.

Acreditar conocimiento del idioma gallego: Celga 4, título de perfeccionamiento del idioma gallego o estudios equivalentes.

2.7. Capacidad funcional.

Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

2.8. Habilitación.

No haber sido despedido/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos mediante resolución judicial, cando se trate de acceder a la misma categoría profesional a la cual se pertenecía.

En el caso de nacionales de otros Estados, no estar inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.

Tercera. Presentación de solicitudes

De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, además de los posibles candidatos/as seleccionados/as por el servicio Público de Empleo, al cual se cursará oferta genérica del puesto objeto de esta convocatoria, aquellas personas que deseen formar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar la documentación que a continuación se señala, teniendo en cuenta que, en el supuesto de que los documentos sean fotocopias, éstas tendrán que estar debidamente compulsadas:

a) Instancia. Según el modelo contenido en el anexo II que se adjunta a estas bases.

b) Curriculum vitae pormenorizado y debidamente justificado, donde se acredite su trayectoria y experiencia profesional, así como los títulos, cursos y diplomas obtenidos que se valorarán, en su caso, en el proceso de selección.

c) Fotocopia compulsada de las titulaciones académicas obtenidas, que en el caso de obtenerse en el extranjero deberán estar homologadas en España.

d) Acreditación de la posesión de un certificado, como mínimo, de nivel C1 o equivalente, en lengua inglesa, de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados y su correspondencia con el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCER).

e) Acreditación de la experiencia en el extranjero indicada en el punto 4.1, mediante certificado expedido por los órganos competentes en materia de personal de la correspondiente organización donde se desempeñaron las actividades o servicios, especificando las funciones y el período (con fecha de inicio y de fin).

f) Copias compulsadas de certificados de asistencia a cursos o similares, que se valorarán, en su caso, en el proceso de selección.

g) Cuando se trate de personas aspirantes nacionales de otros países, deberán presentar fotocopia compulsada de los certificados de estudios cursados de castellano que acrediten suficientemente sus conocimientos de este idioma.

h) Fotocopia compulsada del título acreditativo de superación del Celga 4, curso de perfeccionamiento de gallego o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio).

Para que tengan validez en este proceso selectivo, los documentos que se presenten deberán estar expedidos en alguna de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia (gallego o castellano); en el caso de documentos expedidos en otras comunidades autónomas, para que tengan validez deberán estar redactados en castellano o traducidos por titulado/a o por el organismo correspondiente. Tratándose de documentos expedidos en un país extranjero, deberán estar debidamente traducidos, validados y apostillados por la oficina diplomática española. Este parágrafo no hace referencia a las publicaciones.

Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se presentarán en el Registro de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (lugar de A Barcia, 56, Laraño, 15897 Santiago de Compostela) o en las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las solicitudes también podrán presentarse por medios electrónicos a través del formulario normalizado PR004A, accesible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Las solicitudes deberán dirigirse a la Secretaría General de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural.

La solicitud deberá reunir todos los datos de identificación requeridos.

El domicilio que figure en las instancias se considerará como el único válido a efectos de las notificaciones y serán responsabilidad de la persona aspirante tanto los errores en su consignación como la comunicación de cualquier cambio.

El plazo para presentar las solicitudes será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

La presentación de la solicitud implica el conocimiento y la aceptación de estas bases reguladoras y, al amparo de lo establecido en los artículos 2 y 3 del Decreto 255/2008, de 23 de octubre, por el que se simplifica la documentación para la tramitación de los procedimientos administrativos y se fomenta la utilización de medios electrónicos, implicará la autorización a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural para comprobar los datos de carácter personal que figuren en el documento DNI/NIF de la persona que tenga la condición de interesada, por medio del acceso telemático al servicio horizontal de acceso al Sistema de verificación de datos de identidad y de residencia del Ministerio de Administraciones Públicas. No obstante, la persona solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento; de ser así, deberá presentar, junto con la solicitud, una copia cotejada del documento de identidad en vigor.

Cuarta. Baremo de méritos. Acreditación de méritos y desempates

Para establecer el orden de prelación en la puntuación de las personas aspirantes que corresponda a la acreditación de méritos establecida en las presentes bases, se aplicará el siguiente baremo:

4.1. Servicios prestados: hasta un máximo de 5 puntos.

1. Por cada mes de servicios prestados en la ejecución de proyectos internacionales o transnacionales en los últimos 5 años: 0,25 puntos por mes, hasta un máximo de 3 puntos.

2. Por cada mes de servicios prestados en el extranjero en actividades relacionadas con las políticas y la financiación comunitaria en el ámbito del desarrollo rural: 0,30 puntos/mes, hasta un máximo de 3 puntos.

4.2. Formación: hasta un máximo de 5 puntos.

1. Por poseer un máster relacionado con el desarrollo rural, con la gestión y administración de empresas, con la innovación, con la gestión y seguimiento de políticas públicas, con la gestión de proyectos europeos o cualquier otro equivalente con un contenido similar: 3 puntos.

2. Por cada curso directamente relacionado con las funciones propias del puesto al que se opta y organizado e impartido directamente por la Escuela Galega de Administraciones Públicas, Fegas, Academia Gallega de Seguridad Pública, INAP, escuelas oficiales de formación de las restantes comunidades autónomas, universidades, Inem, Dirección General de Formación Ocupacional de la Consellería de Trabajo, así como los cursos de formación continua del AFCAP y los impartidos por la Administración general del Estado, hasta un máximo de 1 punto:

Cursos de hasta 75 horas: 0,2 puntos.

Cursos de más de 75 horas: 0,3 puntos.

3. Por cada curso de conocimiento informático, hasta un máximo de 1 punto:

Cursos de hasta 75 horas: 0,1 puntos.

Cursos de más de 75 horas: 0,2 puntos.

4. Por el conocimiento de otros idiomas europeos además de los oficiales en el Estado español y del inglés, hasta un máximo de 1 punto:

Igual o menor a B1: 0,2 puntos por cada idioma.

Igual o mayor a B2: 0,3 puntos por cada idioma.

De producirse empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la otorgada por los méritos alegados según el orden establecido en este anexo y de persistir será a favor de la primera letra del primer apellido, según el orden establecido anualmente en la resolución de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

No obstante lo anterior, en el supuesto de infrarrepresentación del sexo femenino en los términos establecidos en el artículo 49 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, el primer criterio de desempate será el de tener la condición de mujer.

Quinta. Tribunal de selección

El tribunal de selección será nombrado mediante resolución de la directora de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural y será constituido una vez publicada en la web de dicha agencia (https://agader.xunta.gal) la relación definitiva de aspirantes. Serán de aplicación a este órgano las instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los órganos de selección de 11 de abril de 2007, modificadas por el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 8 de abril de 2010.

Sexta. Desarrollo del proceso de selección

6.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en la página web de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (https://agader.xunta.gal) la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as, así como las causas de su exclusión. Se podrán formular alegaciones contra la lista provisional en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en la página web de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural.

Las alegaciones se presentarán en el Registro de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (lugar de A Barcia, 56, Laraño, 15897 Santiago de Compostela) o en las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. También podrán presentarse por medios electrónicos a través del formulario normalizado PR004A, accesible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Las solicitudes deberán dirigirse a la Secretaría General de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural.

Una vez resueltas las reclamaciones, se dictará resolución por la que se apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.

Esta resolución se hará pública en la página web de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural.

El hecho de figurar en la relación de admitidos/as no prejuzga que se reconozca a los/las interesados/as la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el proceso de selección se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que se puedan derivar de su participación en este procedimiento.

6.2. El proceso constará de dos fases:

Primera fase: valoración de méritos. La puntuación máxima de la fase de méritos será de diez (10) puntos. Se exigirá un mínimo de seis (6) puntos en la fase de valoración de méritos para pasar a la segunda fase del proceso.

Segunda fase: celebración de una entrevista. La puntuación máxima de la entrevista será de un (1) punto.

6.3. Primera fase: el tribunal efectuará una baremación provisional de los méritos alegados por las personas aspirantes, con expresión de la puntuación obtenida en orden decreciente de mayor a menor puntuación.

Se podrán formular alegaciones contra la baremación de la lista provisional en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en la página web de la Agencia.

El tribunal de selección, en su caso, y solo a los efectos de aclarar posibles dudas sobre la documentación entregada, podrá requerir la presencia de las personas aspirantes que considere oportuna.

La estimación o desestimación de dichas alegaciones se entenderá implícita en la publicación de la puntuación definitiva de la primera fase del proceso.

6.4. Segunda fase: consistirá en una entrevista personal no eliminatoria para valorar el grado de adecuación de las personas aspirantes.

La entrevista versará sobre el curriculum vitae de los/las candidatos/as, las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo y sus conocimientos sobre las políticas y programas comunitarios relacionados con el desarrollo rural.

Para realizar la entrevista se dispondrá de un tiempo máximo de quince (15) minutos. La entrevista se calificará de 0 a 1 punto.

El tribunal de selección publicará en la web de la Agencia (https:/agader.xunta.gal) los nombres de las personas convocadas, el lugar y la fecha y hora de realización de la entrevista. En esta fase se valorarán cuestiones relativas a la experiencia de las personas candidatas, sus conocimientos, formación y participación en proyectos.

Las personas convocadas a esta fase deberán presentarse en el lugar indicado con el original del DNI, permiso de conducir o, en su defecto, pasaporte.

Una vez realizadas las entrevistas, el tribunal publicará en la web de la Agencia (https:/agader.xunta.gal) el listado con la puntuación provisional de las personas aspirantes.

Se podrán formular alegaciones contra la puntuación provisional de la segunda fase en un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación.

Transcurrido el plazo de alegaciones, el tribunal establecerá la puntuación global definitiva, que será elevada a la Dirección de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural para que dicte resolución la con las puntuaciones globales definitivas de las personas aspirantes por el mismo medio que el listado provisional, con expresión de la puntuación obtenida en orden decreciente.

6.5. La primera persona aspirante de la lista definitiva publicada será la candidata seleccionada para cubrir la plaza objeto de esta convocatoria y deberá presentar en el plazo de cinco (5) días hábiles, desde que se haga dicha lista, la siguiente documentación en la Agencia:

– Tarjeta sanitaria y/o número de afiliación a la Seguridad Social.

– Certificado médico oficial o informe de salud en los cuales se acrediten los aspectos señalados en la base 2.7.

– Declaración, bajo su responsabilidad, de no haber sido separado/a del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, a efectos de acreditar los aspectos señalados en la base 2.8.

6.6. Si la persona candidata seleccionada no presenta la documentación indicada en el apartado anterior en el plazo establecido, o presenta su renuncia a su contratación para el puesto para el que fue seleccionada (caso en que se hará mediante solicitud expresa al respecto, en el mismo plazo señalado en el apartado anterior), resultará, en cualquier caso, automáticamente seleccionada la siguiente persona aspirante según el orden de prelación de la lista, que deberá presentar, en un nuevo plazo de cinco días hábiles desde la finalización del anterior, la documentación citada en el punto 6.5. Se procederá de esta forma hasta que una persona candidata presente en plazo y válidamente su documentación.

6.7. Después de seleccionada la persona candidata y presentada su documentación, según lo establecido en los apartados anteriores, comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, se formalizará la contratación objeto de la convocatoria.

Sétima. Norma final

7.1. Todas las resoluciones del proceso de selección se publicarán en la página web de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en el apartado de procesos selectivos.

7.2. Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella o de la actuación del tribunal con carácter de definitivos o que, siendo de trámite, decidan sobre el fondo del asunto podrán ser impugnados por las personas interesadas en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

ANEXO II

Modelo de solicitud

DATOS PERSONALES

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI

Fecha de nacimiento

Domicilio, calle y nº

Provincia

Localidad

Teléfono

Correo electrónico

EN EL CASO DE PRESTAR SERVICIOS EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:

Vínculo jurídico

Categoría profesional

Situación administrativa

Destino actual

Dependencia

Localidad

SOLICITO: ser admitido/a en la convocatoria para proveer el puesto de titulado/a superior gestor/a de proyecto europeo, anunciada por la Resolución ..............................................., al considerar que reúno los requisitos exigidos.

(Lugar, fecha y firma)

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

Secretaría General

Lugar de A Barcia, 56, Laraño

1897 Santiago de Compostela

A Coruña