DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Viernes, 10 de mayo de 2024 Pág. 28539

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 24 de abril de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, por el que se publica la resolución del acuerdo de revisión del croquis del monte vecinal denominado Farelo y Costa da Pena, de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Aián, Val y Trascastro, en el ayuntamiento de Agolada (expediente RE22050).

A los efectos previstos en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, se da publicidad del acuerdo del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra en la sesión que tuvo lugar el 28 de febrero de 2024 respecto a la revisión del croquis y elaboración de la cartografía actualizada del monte vecinal denominado Farelo y Costa da Pena, de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Aián, Val y Trascastro, en el ayuntamiento de Agolada (expediente RE22050).

El 15.12.2023 el Servicio de Montes de esta jefatura territorial emite el siguiente informe:

«Hechos:

Primero. El 27.9.2022, número 2022/2373646, la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (en adelante, CMVMC) de Aián, Val y Trascatro (Agolada) solicita la revisión del croquis del monte Farelo y Costa da Pena (Resolución de clasificación de 23 de septiembre de 1984). Dicha solicitud dio lugar a la apertura del expediente RE22050. Constan en el expediente después de varias aportaciones de documentación:

– Informe técnico de la revisión del croquis del monte vecinal en mano común (en adelante, MVMC) Farelo y Costa da Pena, parroquia de Trabancas, ayuntamiento de Agolada, de septiembre de 2022 firmada por el ingeniero de montes colegiado número 5039.

– Certificado del secretario con la conformidad del presidente de la CMVMC de Aián, Val y Trascastro, de 4 de septiembre de 2022, de la aprobación en la asamblea general de 4.9.2022.

– Cartografía en formato digital ETRS 89 UTM Zone 29N.

Segundo. El objeto de la revisión del croquis es la parte del perímetro del MVMC Farelo y Costa da Pena, con Resolución de clasificación de 23 de febrero de 1984 y una superficie de 286 ha. Se propone la modificación del perímetro con los propietarios particulares ajustado al Catastro. La CMVMC de Aián, Val y Trascastro, con NIF V-36255164, posee la titularidad de las parcelas anexas. Estas parcelas fueron objecto de una concentración parcelaria en fecha 7 de septiembre de 1989. Teniendo en cuenta esta concentración parcelaria, las parcelas resultantes adjudicadas a la CMVMC de Aián, Val y Trascastro y que antes no eran propiedad de la misma pasan a serlo, notificándose esta reorganización de la propiedad al Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, que integrará la superficie concentrada de monte vecinal con plenos efectos jurídicos, en base al punto 6 del artículo 70 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

Según los datos del Sistema registral forestal, regulado en el artículo 126 de la Ley 7/2012, de montes de Galicia:

– No consta contrato de gestión con la Consellería del Medio Rural.

– La CMVMC de Aián, Val y Trascastro dispone de un documento de ordenación forestal inscrito en el Registro de Montes Ordenados de Galicia con el número 360101 y vigente hasta 2031.

– No constan actos de disposición que modifican el perímetro y superficie del MVMC.

– El croquis respeta el deslinde con la CMVMC de Farelo, del ayuntamiento de Antas de Ulla (Lugo).

Tercero. La superficie y perímetro de la revisión del croquis propuesto total es de 247,93 ha y 17,10 qm; según lo indicado en la memoria técnica queda definido de la siguiente forma:

Monte: Farelo y Costa da Pena.

Superficie: 247,93 ha.

Norte: montes de la parroquia de Borraxeiros.

Este: montes del término de Antas de Ulla (Lugo).

Sur: montes de la parroquia de Ventosa.

Oeste: fincas particulares de Aián, Val y Trascastro y montes de Couso, Lamas, Romariz y Trabancas.

Cuarto. El 30.11.2022, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra acuerda solicitar al Servicio de Montes una propuesta con la revisión y elaboración de la cartografía actualizada del monte vecinal clasificado a favor de la CMVMC de Aián, Val y Trascastro (Agolada), expediente RE22050, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia (en adelante, LMG), en su disposición transitoria decimotercera, establece el procedimiento de revisión de croquis de montes vecinales en mano común.

1. Los croquis de montes vecinales integrados en un expediente que, por su antigüedad, no reúnan las características de fiabilidad y precisión que exigen las nuevas técnicas topográficas podrán ser objeto de revisión total o parcial, ajustándose y completándose con aquellos datos y documentos que se consideren necesarios, en particular los requeridos para su inmatriculación en el registro de la propiedad.

2. A estos efectos, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, de oficio o a instancia de parte, podrá solicitar a la Administración forestal una propuesta con la revisión y elaboración de la cartografía actualizada del monte vecinal en mano común. En la propuesta no podrán incluirse parcelas que figuren inmatriculadas en el registro de la propiedad a favor de personas físicas o jurídicas distintas a la comunidad vecinal de montes.

3. Una vez aceptada la propuesta por el Jurado, se pondrá en conocimiento de la comunidad propietaria y se publicará en el Diario Oficial de Galicia para el resto de posibles interesados.

4. Aceptada la revisión, se podrá proceder al amojonamiento de los montes vecinales, que en todo caso se ajustará al plano que resulte de dicha revisión. El amojonamiento podrá ser realizado de oficio por la propia Administración forestal o a instancia de las comunidades propietarias.

5. Si durante la revisión o el amojonamiento se suscitan cuestiones relativas a la propiedad, se pondrá fin al procedimiento, dentro del perímetro cuestionado, sin más trámites. Este acuerdo de finalización y archivo parcial del procedimiento no será susceptible de impugnación en la vía administrativa, sin perjuicio de la facultad de los interesados de acudir a la vía jurisdiccional civil, por ser esta la competente para dirimir tal controversia.

Segunda. La revisión del croquis del monte Farelo y Costa da Pena propuesta por el Servicio de Montes es la presentada por la CMVMC de Aián, Val y Trascastro, y queda definido conforme a los datos reflejados en el hecho tercero, y la documentación aportada».

Vista la propuesta de revisión presentada por el Servicio de Montes sobre la adaptación del croquis del monte vecinal denominado Farelo y Costa da Pena, y de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, este jurado, por unanimidad de sus miembros,

ACUERDA:

Aprobar la revisión del croquis del monte vecinal denominado Farelo y Costa da Pena, clasificado a favor de la CMVMC de Aián, Val y Trascastro (Agolada), según la propuesta del Servicio de Montes y la planimetría elaborada por él.

Pontevedra, 24 de abril de 2024

Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra