El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, en la sesión que tuvo lugar el 24 de abril de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
Aprobar definitivamente el estudio de detalle para la accesibilidad de dos edificios de viviendas situados en la travesía de A Choupana, números 3 y 4, según el documento reformado presentado el 12.4.2024, elaborado por el arquitecto Jesús Carrillo Pena (Carquitec, S.L.P), a iniciativa de la comunidad de propietarios del edificio núm. 3 de la travesía de A Choupana.
El estudio de detalle contiene la delimitación espacial del ámbito de la actuación, a efectos de lo dispuesto por los artículos 24 del Real decreto legislativo 7/2015 y 13.2 de la Ley 1/2019, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas de Galicia, que habilitan la ocupación del dominio público y de las superficies comunes de uso privativo para la instalación de ascensores u otros elementos que aseguren la accesibilidad universal, así como para la realización de obras o instalaciones que reduzcan la demanda energética.
Al amparo de lo dispuesto por el artículo 13.5 de la citada Ley 1/2019, se acuerda que las actuaciones dirigidas a la mejora de las condiciones de accesibilidad y de la eficiencia energética previstas en el estudio de detalle no computarán a efectos de edificabilidad, volumen máximo edificable y ocupación de parcela, ni de distancias mínimas a colindantes, otras edificaciones, espacios públicos y vías públicas, o cumplimiento de alineaciones.
El acuerdo de aprobación definitiva se publicará en el Diario Oficial de Galicia, y la normativa urbanística se publicará en el Boletín Oficial de la provincia. Asimismo, se remitirá a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda la documentación exigida por el artículo 88.3 da LSG, a efectos de inscribir el estudio de detalle en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia.
En todo caso, y de conformidad con lo exigido por el artículo 199.4 del RLSG, la eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor del plan quedan condicionadas al cumplimiento de los anteriores trámites y a lo señalado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local, en relación con el 65.4 de la misma ley.
Contra el acuerdo de aprobación definitiva del citado estudio de detalle se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al da publicación de este anuncio.
Santiago de Compostela, 29 de abril de 2024
La alcaldesa
P.D. (DEC/2023/8135, de 17 de junio)
Iago Lestegás Tizón
Concejal delegado de Urbanismo, Vivienda y Ciudad Histórica