DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Martes, 7 de mayo de 2024 Pág. 28153

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Santiago de Compostela

ANUNCIO de aprobación definitiva del estudio de detalle para la accesibilidad de dos edificios de viviendas situados en la travesía de A Choupana, números 3 y 4.

El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, en la sesión que tuvo lugar el 24 de abril de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobar definitivamente el estudio de detalle para la accesibilidad de dos edificios de viviendas situados en la travesía de A Choupana, números 3 y 4, según el documento reformado presentado el 12.4.2024, elaborado por el arquitecto Jesús Carrillo Pena (Carquitec, S.L.P), a iniciativa de la comunidad de propietarios del edificio núm. 3 de la travesía de A Choupana.

El estudio de detalle contiene la delimitación espacial del ámbito de la actuación, a efectos de lo dispuesto por los artículos 24 del Real decreto legislativo 7/2015 y 13.2 de la Ley 1/2019, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas de Galicia, que habilitan la ocupación del dominio público y de las superficies comunes de uso privativo para la instalación de ascensores u otros elementos que aseguren la accesibilidad universal, así como para la realización de obras o instalaciones que reduzcan la demanda energética.

Al amparo de lo dispuesto por el artículo 13.5 de la citada Ley 1/2019, se acuerda que las actuaciones dirigidas a la mejora de las condiciones de accesibilidad y de la eficiencia energética previstas en el estudio de detalle no computarán a efectos de edificabilidad, volumen máximo edificable y ocupación de parcela, ni de distancias mínimas a colindantes, otras edificaciones, espacios públicos y vías públicas, o cumplimiento de alineaciones.

El acuerdo de aprobación definitiva se publicará en el Diario Oficial de Galicia, y la normativa urbanística se publicará en el Boletín Oficial de la provincia. Asimismo, se remitirá a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda la documentación exigida por el artículo 88.3 da LSG, a efectos de inscribir el estudio de detalle en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia.

En todo caso, y de conformidad con lo exigido por el artículo 199.4 del RLSG, la eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor del plan quedan condicionadas al cumplimiento de los anteriores trámites y a lo señalado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local, en relación con el 65.4 de la misma ley.

Contra el acuerdo de aprobación definitiva del citado estudio de detalle se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al da publicación de este anuncio.

Santiago de Compostela, 29 de abril de 2024

La alcaldesa
P.D. (DEC/2023/8135, de 17 de junio)
Iago Lestegás Tizón
Concejal delegado de Urbanismo, Vivienda y Ciudad Histórica