DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Lunes, 29 de abril de 2024 Pág. 26377

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2024 por la que se convoca el Curso superior de deporte, derechos humanos y objetivos de desarrollo sostenible (ODS).

Aprobado por el Consejo Rector el programa de actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) para el año 2024, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio,

RESUELVO:

Convocar el Curso superior de deporte, derechos humanos y objetivos de desarrollo sostenible (ODS), que deberá desarrollarse de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objetivos

El deporte es un fenómeno transversal que caracteriza a la sociedad moderna. Su desarrollo abarca diferentes y muy variadas dimensiones, que van desde la salud y bienestar hasta aspectos económicos y financieros.

Una de las caras donde el deporte, a través de sus diferentes manifestaciones, juega un rol importante es en el ámbito social en lo que respecta a la integración, a la igualdad y a la promoción de colectivos vulnerables. Por este motivo, en cuanto a la promoción de los derechos humanos, el deporte se vislumbra como una herramienta fundamental.

La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible, promovida por las Naciones Unidas, establece un plan de acción a escala internacional para erradicar la pobreza, combatir las desigualdades, construir sociedades justas e inclusivas y proteger los derechos humanos. La consecución de estas metas no es posible sin un desarrollo sostenible, para el que se marcan un conjunto de 17 objetivos, conocidos como los objetivos de desarrollo sostenible (ODS).

Es por ello que mediante este curso se pretende facilitar a las personas destinatarias las principales cuestiones referentes al desarrollo de los ODS, haciendo especial hincapié en los aspectos donde el deporte puede servir como instrumento o herramienta facilitadora.

Segunda. Contenidos

1. Contexto legal e institucional.

a) Marco legal de las administraciones públicas.

b) Marco jurídico del deporte.

c) Organización institucional internacional, nacional y local.

d) Aspectos económicos, sociales y culturales.

2. Inteligencia artificial, gestión deportiva y ODS.

a) La inteligencia artificial en la gestión deportiva.

b) Innovación y tecnología aplicada a los derechos humanos en el deporte.

c) ODS, economía y deporte.

d) La seguridad digital: responsabilidades y derechos.

3. El deporte como herramienta de cambio.

a) El deporte como mensajero de paz y solidaridad.

b) El deporte como agente de igualdad y no discriminación.

c) El deporte como aliado de la conservación del medio natural.

d) Deporte y voluntariado social.

4. Escenario internacional.

a) Los derechos humanos en la historia del deporte.

b) El deporte como fenómeno global.

c) El deporte en el marco de las Naciones Unidas.

d) El movimiento olímpico.

Tercera. Número de plazas

Ochenta (80).

Cuarta. Personas destinatarias

Esta actividad está dirigida al personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración autonómica gallega, de sus entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional; de la Administración local; y de las universidades del Sistema universitario de Galicia. Tendrá preferencia el personal empleado público con responsabilidad en la gestión de entidades e instalaciones deportivas.

En caso de que no se cubra la totalidad de las plazas convocadas con personal empleado público, a las vacantes que resulten podrá acceder cualquier persona interesada en los contenidos del curso.

Quinta. Desarrollo

1. Modalidad de impartición: presencial.

2. Fechas de desarrollo: los días 8, 15, 22 y 29 de mayo de 2024.

Horario: por las tardes, de 16.30 a 20.30 horas.

3. Lugar de desarrollo: Escuela Gallega de Administración Pública, calle Madrid, 2-4, Santiago de Compostela.

4. Horas lectivas: tendrá una carga lectiva de veinticinco (25) horas, distribuidas en 4 sesiones presenciales (4 horas por sesión) más nueve (9) horas no presenciales de trabajo autónomo del alumnado.

Sexta. Inscripción

1. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección https://egap.xunta.gal/matricula.

Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad, todas las personas deben introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con las personas destinatarias y criterios de selección establecidos en las bases cuarta y octava, respectivamente, de esta convocatoria.

3. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

4. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en que está integrada esta actividad (conocimientos transversales) y, después, seleccionar en «nombre del curso»: «Curso superior de deporte, derechos humanos y ODS».

5. El plazo para la inscripción permanecerá abierto desde las 9.00 horas del primer día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.59 horas del día 5 de mayo de 2024.

6. Una vez formalizada la matrícula, el personal empleado público con responsabilidad en la gestión de entidades e instalaciones deportivas deberá enviar, antes de que finalice el plazo de inscripción, algún documento que lo acredite (certificado firmado por la persona que corresponda, cabecera de nómina, toma de posesión....) al correo electrónico novas.egap@xunta.gal

Podrá obtenerse cualquier otra información a través del correo electrónico novas.egap@xunta.gal o, de 9.00 a 14.00 horas, en los teléfonos 981 54 62 39 y 981 54 62 41.

Séptima. Comprobación de datos

1. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para tramitar el procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de esta acción formativa necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se haya opuesto a ello.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración, a través de la siguiente dirección electrónica: novas.egap@xunta.gal

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Octava. Criterios de admisión y selección

La admisión se llevará a cabo de acuerdo con los criterios indicados en la base cuarta de esta resolución para las personas destinatarias, siempre que se pueda confirmar con la documentación recibida o con la información que figure en el área de matrícula de cada solicitante. Fuera de esto, el criterio secundario de selección será siempre la fecha y hora de inscripción.

Novena. Publicación de los listados de personas seleccionadas, en reserva y excluidas

La EGAP publicará en la dirección web https://egap.xunta.gal los listados de las personas seleccionadas; en reserva, en caso de que el número de solicitudes sea superior al número de plazas; y, en su caso, de las personas excluidas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Décima. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP a la mayor brevedad y, en todo caso y como máximo, el día 7 de mayo de 2024, hasta las 12.00 horas, por correo electrónico dirigido a novas.egap@xunta.gal, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre ). En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.

b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contar a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Serán obligatorias la asistencia a todas las sesiones presenciales del curso y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, contados a partir del día de la finalización de la sesión a la que se haya faltado. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado final de esta actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas presenciales pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Decimoprimera. Certificado oficial

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de aprovechamiento, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas que hubieran cumplido la asistencia mínima requerida del 90 % de las horas lectivas presenciales y completado y superado el trabajo autónomo del alumnado en los plazos establecidos por la dirección del curso. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la modalidad de impartición, la fecha y el lugar de realización de esta actividad, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Decimosegunda. Facultades de la EGAP

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificara su realización, en cuyo caso se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La EGAP garantizará en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

Santiago de Compostela, 23 de abril de 2024

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública