DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Viernes, 12 de abril de 2024 Pág. 23505

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 1 de abril de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses el acuerdo adoptado por este jurado, relativo al deslinde del monte Santalla, en el ayuntamiento de Begonte (expediente 10_77/2019_3DES).

En la sesión celebrada por el Jurado Provincial el día 11.3.2024, figura el siguiente acuerdo:

MVMC Santalla (expediente 10/77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Pena, en el ayuntamiento de Begonte.

– El 12.7.2019, la comunidad de Pena presentó una propuesta de deslinde parcial de su monte respecto de propiedades particulares y solicitaba el inicio del correspondiente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

– El 27.7.2019, el Servicio de Montes emitió un informe favorable sobre la propuesta formulada.

– El 10.9.2019 se publicó en el DOG el anuncio por lo que se hizo pública la propuesta de deslinde y se abría el plazo de alegaciones para el expediente 2019_3DES. Asimismo, el anuncio fue publicado en el Ayuntamiento de Begonte y en la web de la Consellería del Medio Rural.

– El 9.11.2021, la comunidad propietaria del monte presentó una propuesta y cartografía tras el análisis de las alegaciones recibidas. Sobre esta propuesta, el 27.4.2022 el Servicio de Montes emitió un informe favorable.

– Tras ser advertidos de la caducidad del procedimiento por falta de actuaciones, el 21.11.2023 la comunidad de Pena presentó la propuesta definitiva de la línea de deslinde, en los términos requeridos en el citado artículo 54.

– El 9.2.2024, el Servicio de Montes emitió un informe en el que se especifican las modificaciones que se producen a consecuencia del deslinde. Según la nueva cartografía, el monte de Santalla pasa a tener una superficie de 587,17 hectáreas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.3 de la Ley 7/2012, en el caso de informe favorable, una vez ratificado el deslinde provisional por la asamblea general, se dará traslado al Jurado Provincial de los acuerdos alcanzados. El Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común dictará resolución aprobatoria del deslinde.

En vista de lo anterior, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde y realizar las oportunas correcciones en el expediente, de conformidad con el informe elaborado por el Servicio de Montes.

El plano que figura en el anexo, al final de este anuncio, corresponde al monte vecinal tras el deslinde aprobado.

Contra este acuerdo, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 1 de abril de 2024

Mª Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo

ANEXO

Plano del MVMC Santalla

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