DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Jueves, 14 de marzo de 2024 Pág. 19078

VI. Anuncios

c) Otros anuncios

Cámara Oficial Mineira de Galicia

RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2024 por la que se convocan las elecciones para la renovación de la Junta Directiva.

El artículo 37 del Reglamento para el Régimen Interior de la Cámara Oficial Mineira de Galicia, aprobado mediante la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas, de 5 de abril de 2018, señala que corresponde al presidente de la Cámara la convocatoria de elecciones para la renovación de la Junta Directiva de esta, previa comunicación al órgano tutelar.

Tras la comunicación al órgano tutelar y dentro de los plazos establecidos en el citado artículo 37 del Reglamento, en fecha 10.1.2024 el presidente de la Cámara acordó la apertura del proceso electoral.

Para garantizar la transparencia y la objetividad del proceso electoral, conforme al artículo 39 del reglamento, se contituye la Junta Electoral el 18.1.2024 con sede en el domicilio social de la Cámara Oficial Mineira de Galicia.

Una vez abierto el proceso electoral y transcurridos los prazos previstos para la exposición pública de los censos electorales y de reclamaciones, corresponde al presidente de la Cámara la convocatoria de las elecciones para la renovación de la Junta Directiva.

ACUERDO:

Uno. Objecto

Convocar elecciones para la renovación de la Junta Directiva de la Cámara Oficial Mineira de Galicia.

Dos. Plazo y presentación de las persoas electoras

Las candidaturas elegibles por sufragio del electorado presentarán escrito ante la Secretaría de la Cámara durante los diez días siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. El plazo terminará a las 24 horas del décimo día, contado desde la mencionada fecha.

Tres. Requisitos y proclamación de los candidatos

1. Los candidatos a formar parte de la Junta Directiva de la Cámara, además de cumplir los requisitos necesarios para ser electores, deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 36 del Reglamento para el régime interior de la Cámara Oficial Mineira de Galicia aprobado mediante la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas de 5 de abril de 2018.

2. Una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas conforme al artículo 36 del reglamento, la Junta Electoral, después de comprobar el cumplimento de los requisitos exigidos para la presentación de candidaturas procederá a la proclamación de los candidatos en el plazo de cinco días a contar desde la fecha en que finalizó su presentación.

Cuatro. La fecha y el horario de las elecciones por sufragio del electorado

Las eleccións de los vocales de la Junta Directiva de los distintos grupos y categorías tendrán lugar el 29.4.2024 en la sede de la Cámara entre las 9.00 y las 19.30 horas.

Cinco. Proclamaciones de electos sin elección

Según el artículo 40.3 del Reglamento, cuando el número de candidatos proclamados por un grupo o categoría resulte igual al de los miembros a elegir, su proclamación equivaldrá a la elección de esta.

En el caso de que el número de candidatos fuese inferior al de los miembros a eligir la junta electoral dará por elegidos a los proclamados y en el plazo de ocho días elegirá, mediante sorteo entre los socios electores y elegibles del grupo o categoría correspondiente, los necesarios para cubrir las vacantes.

La Secretaría de la Cámara convocará a los miembros electos en un plazo no superior a un mes desde su elección, para que tomen posesión y constituír la nueva Junta Directiva.

Seis. Colegio Electoral

El Colegio electoral único se instalará en el domicilio social de la Cámara Oficial Mineira de Galicia: calle Juana Capdevielle, 2, 15008 A Coruña.

Siete. Mesa Electoral

La Mesa Electoral estará formada por un presidente y dos vocales designados por Junta Electoral de entre los socios electores y elegibles que no sean candidatos, según el artículo 44 del Reglamento.

Ocho. Voto por correo

Las persoas electoras que prevean que en la fecha de las elecciones no podrán comparecer en el colegio electoral podrán ejercer su derecho al voto emitiéndolo por correo postal certificado y urgente o electrónico a cmg@camaraminera.org, después de la solicitud persoal a la Cámara, dentro de los diez días siguientes al de la publicación de esta convocatoria, según el modelo normalizado que figura en la web de la Cámara Oficial Mineira de Galicia (https://camaraminera.org/) conforme al artículo 41 del Reglamento.

Nueve. Papeletas y sobres

Las papeletas y sobres para el voto presencial o por correo seguirán los modelos normalizados que estarán a disposición de los socios electores y elegibles en la web de la Cámara Oficial Mineira de Galicia (https://camaraminera.org/) conforme al artículo 41 del Reglamento. En las papeletas se indicará, en caso de las persoas físicas, los apellidos y el nombre y, en el caso de persoas jurídicas, la denominación social, de las personas candidatas ordenadas alfabéticamente, de forma que la persona electora marcará con una cruz el recuadro de la papeleta normalizada correspondiente a los candidatos o la lista de su elección. Las papeletas configuradas e impresas después de la proclamación de candidatos mantendrán su validez durante todo el proceso electoral.

A Coruña, 4 de marzo de 2024

Juan José López Muñoz
Presidente de la Cámara Oficial Minera de Galicia