DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 46 Martes, 5 de marzo de 2024 Pág. 17138

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

EXTRACTO de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por el que se publica la Resolución de 20 de febrero de 2024 mediante la que se deniega la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, se archiva el expediente instruido del parque eólico Monte Carrio II, emplazado en los ayuntamientos de Lalín y Vila de Cruces (Pontevedra), promovido por Iberdrola Renovables, S.A., y se cancela una garantía económica depositada para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A 2020/069).

De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 23 de enero de 2024, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se deniega la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, se archiva el expediente instruido del parque eólico Monte Carrio II, emplazado en los ayuntamientos de Lalín y Vila de Cruces (Pontevedra) y promovido por Iberdrola Renovables, S.A., y se cancela una garantía económica depositada para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A 2020/069).

Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan

Dicha Resolución de 23 de enero de 2024 dispone lo siguiente:

Primero. Denegar la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones del parque eólico Monte Carrio II, emplazado en los ayuntamientos de Lalín y Vila de Cruces (Pontevedra) y promovido por Iberdrola Renovables, S.A. tras la declaración de impacto ambiental desfavorable formulada por la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático el 30.3.2023.

Segundo. Archivar el expediente del parque eólico Monte Carrio II, emplazado en los ayuntamientos de Lalín y Vila de Cruces (Pontevedra) y promovido por Iberdrola Renovables, S.A.

Tercero. Cancelar la garantía económica depositada por Iberdrola Renovables Galicia, S.A. en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Galicia por importe de 360.000 €, fecha 27.4.2020 y número de registro 2020/90/319, para responder de sus obligaciones en relación con la tramitación del procedimiento de solicitud de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Monte Carrio II.

Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución:

1. En fecha 27.4.2020, Iberdrola Renovables Galicia, S.A. depositó una garantía económica por importe de 360.000 € y número de registro 2020/90/319, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Monte Carrio II.

2. En fecha 8.5.2020, Iberdrola Renovables Galicia, S.A. presentó solicitud de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para el proyecto denominado parque eólico Monte Carrio II, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre) y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero). En fecha 4.9.2020, la Dirección General de Energía y Minas comunicó a la empresa promotora el cumplimiento de los requisitos de capacidades del solicitante y de la solicitud establecidos en los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009. El 8.10.2020 presentaron el justificante de pago de las tasas correspondientes a la autorización administrativa de las instalaciones de parques eólicos.

3. En fecha 28.6.2021, Iberdrola Renovables Galicia, S.A. presentó una solicitud de modificación sustancial del parque eólico Monte Carrio II, al amparo de la Ley 8/2009. El 9.11.2021 se notificó a dicha sociedad el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.

4. Por Resolución de 10 de enero de 2023, de la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación en Pontevedra, se someten a información pública el estudio de impacto ambiental y las solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción y aprobación del proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico) del proyecto del parque eólico Monte Carrio II, emplazado en los ayuntamientos de Lalín y Vila de Cruces de la provincia de Pontevedra (expediente IN408A 2020/069). Dicha resolución fue publicada en el Diario Oficial de Galicia de 18.1.2023.

5. El 30 de marzo de 2023, la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático formuló una declaración de impacto ambiental desfavorable relativa al parque eólico Monte Carrio II, que hizo pública por Anuncio de 14 de abril de 2023 (DOG núm. 72).

6. En fecha 30.6.2023, esta dirección general notificó al promotor el acuerdo de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales por el que se inician los procedimientos de denegación de la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción y de archivo del expediente instruido del parque eólico Monte Carrio II, emplazado en los ayuntamientos de Lalín y Vila de Cruces (Pontevedra) y promovido por Iberdrola Renovables de Galicia, S.A. (expediente IN408A 2020/069), concediendo el plazo máximo de 15 días para presentar las alegaciones que considerasen oportunas. El antedicho plazo finalizó sin recibir alegaciones al respecto.

Santiago de Compostela, 21 de febrero de 2024

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Recursos Naturales