DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Miércoles, 28 de febrero de 2024 Pág. 16081

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

DECRETO 25/2024, de 15 de febrero, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto denominado Mejora del espacio fluvial del río Louro entre la carretera PO-548 y la línea del ferrocarril, en el término municipal de Valga (Pontevedra).

El Ayuntamiento de Valga (Pontevedra), en las sesiones celebradas los días 15 de septiembre de 2022 y 21 de diciembre de 2023, acordó solicitar a la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa del proyecto denominado Mejora del espacio fluvial del río Louro entre la carretera PO-548 y la línea del ferrocarril, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

Con fecha 10 de octubre de 2023 tuvo entrada en el Registro Electrónico de la Xunta de Galicia la solicitud del Ayuntamiento de Valga (Pontevedra) acompañado del expediente. Con fechas 16 de noviembre de 2023, 26 de diciembre de 2023 y 31 de enero de 2024, el ayuntamiento aportó documentación complementaria a su solicitud inicial. El expediente contiene la justificación acreditativa de la motivación para la declaración de urgente ocupación.

El expediente se trató en la Comisión de Secretarios Generales previa a su elevación al Consello de la Xunta de Galicia.

El expediente contiene la documentación a la que se refiere el artículo primero de la Orden de 7 de diciembre de 1983, sobre declaraciones de urgente ocupación, así como la exigida en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La justificación de la pertinencia de la declaración de urgente ocupación se basa en que esta actuación pretende evitar las inundaciones cada vez más frecuentes y de mayor entidad y los daños que producen, anegándose varias edificaciones –entre ellas viviendas– y parte del Polígono Industrial de Valga. La necesidad de impedir estas inundaciones requiere la mejora del espacio fluvial asociado al curso del río Louro mediante su canalización con capacidad suficiente, de manera que se reduzcan los desbordamientos.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde a la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 27.2 y 28.2 del Estatuto de autonomía de Galicia. En virtud de la asunción de transferencias de competencias del Estado a la Xunta de Galicia en materia de Administración local realizada por el Decreto de la Xunta de Galicia 138/1982, de 1 de diciembre, el Consello de la Xunta de Galicia es el competente para aprobar la declaración de urgente ocupación.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de quince de febrero de dos mil veinticuatro,

DISPONGO:

Artículo único

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto denominado Mejora del espacio fluvial del río Louro entre la carretera PO-548 y la línea del ferrocarril, en el término municipal de Valga (Pontevedra). En su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, se deberán obtener las autorizaciones que fueren necesarias de los organismos competentes con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, quince de febrero de dos mil veinticuatro

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes