DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 26 Martes, 6 de febrero de 2024 Pág. 10976

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

DECRETO 15/2024, de 25 de enero, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos necesarios para realizar las obras del proyecto denominado Modificado del paseo fluvial Rego da Bidueira, en el ayuntamiento de Arteixo.

El Pleno del Ayuntamiento de Arteixo, en sesión ordinaria celebrada el 31 de octubre de 2023, acordó solicitar a la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa del proyecto denominado Modificado del paseo fluvial Rego da Bidueira, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

El 8 de noviembre de 2023 tuvo entrada en el Registro Electrónico de la Xunta de Galicia (número 2023/2983102) la solicitud del Ayuntamiento de Arteixo junto con el expediente. El 28 de diciembre de 2023 y 15 de enero de 2024 el Ayuntamiento añadió documentación complementaria a su solicitud inicial. El expediente contiene la justificación acreditativa de la motivación para la declaración de la urgente ocupación.

El expediente se trató en la Comisión de Secretarios Generales previa a su elevación al Consello de la Xunta de Galicia.

El expediente contiene la documentación a que se refiere el artículo primero de la Orden de 7 de diciembre de 1983, sobre declaraciones de urgente ocupación, así como la exigida en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La justificación de la pertinencia de la declaración de urgente ocupación se basa en que esta actuación pretende dar continuidad a la senda existente en el ámbito de actuación, mediante una pasarela que permita salvar las diferencias de cuota existente evitando rellenos sobre el terreno natural a fin de impedir un posible efecto presa. El fin pretendido por las obras es garantizar la seguridad y accesibilidad en el entorno de la travesía de Arteixo –que cuenta con un tráfico muy intenso–, dotando a los vecinos de un nuevo acceso peatonal, así como la recuperación medioambiental de la zona de actuación en el ámbito inundable de Rego da Bidueira.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde a la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 27.2 y 28.2 del Estatuto de autonomía de Galicia. En virtud de la asunción de transferencias de competencias del Estado a la Xunta de Galicia en materia de Administración local realizada por el Decreto de la Xunta 138/1982, de 1 de diciembre, el Consello de la Xunta de Galicia es el competente para aprobar la declaración de urgente ocupación.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de veinticinco de enero de dos mil veinticuatro,

DISPONGO:

Artículo único

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto denominado Modificado del paseo fluvial Rego da Bidueira, en el término municipal de Arteixo (A Coruña). En su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, se deberán obtener las autorizaciones que sean necesarias de los organismos competentes con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, veinticinco de enero de dos mil veinticuatro

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente primero y conselleiro
de Presidencia, Justicia y Deportes