DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 22 de enero de 2024 Pág. 5795

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 22 de diciembre de 2023, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, por el que se publica el acuerdo sobre el deslinde parcial realizado entre las comunidades de montes vecinales en mano común de Mos y Louredo (ayuntamiento de Mos), respecto de la linde común de sus montes.

A efectos previstos en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, se da publicidad al acuerdo adoptado por el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, el 2 de octubre de 2023, en relación con el deslinde parcial entre las comunidades de montes vecinales en mano común de Mos y Louredo (ayuntamiento de Mos), respecto de la linde común de sus montes (expediente DC22014).

Hechos:

Primero. El 18.9.2022, el presidente de la comunidad de montes vecinales en mano común (en adelante, CMVMC) de Mos presentó en el registro electrónico de la Xunta de Galicia, con el núm. de entrada 2022/2292143, la solicitud de deslinde entre la CMVMC de Mos y la CMVMC de Louredo (ayuntamiento de Mos).

Los montes vecinales en mano común (en adelante, MVMC) afectados por este deslinde son:

– MVMC de Salgueirón y Baloutas (ID monte: 2901) de la CMVMC de Mos.

– MVMC de Louredo (ID monte: 2900) de la CMVMC de Louredo.

Segundo. Consta en el expediente la siguiente documentación del deslinde conforme al artículo 53 de la Ley 7/2012:

– Acta del apeo del deslinde el 25.1.2022.

– Acta de conciliación nº 6/2022 entre las comunidades en el Juzgado de Paz de Soutomaior el 29.6.2022.

– Certificados de la aprobación del deslinde en las asambleas generales de ambas CMVMC: CMVMC de Mos el 3.4.2022 y la CMVMC de Louredo el 15.5.2022.

– Memoria descriptiva con el plano de deslinde y cartografía en formato digital en el Datum ETRS89/UTM zona 29N EPSG: 25829. Firmado en julio de 2022 por el técnico colegiado núm. 1227 del COETF de Galicia.

– Informes de validación gráfica catastral con los CSV: QAQPF5PM5CXVN98Y y 4PB6VB1JAX75HPZK (para la comunicación de la alteración catastral conforme el artículo 55.3 de la Ley 7/2012), que por el principio de colaboración entre administraciones deberá verificar la Gerencia Territorial de Catastro.

Tercero. La línea de deslinde propuesta tiene una longitud de 286 metros y está compuesta por los siguientes puntos:

Punto D13-

x: 535.136,8358

y: 4.673.183,4017

Punto D14-

x: 535.215,8143

y: 4.673.135,7101

Punto D15-

x: 535.379,5128

y: 4.673.032,7539

Revisada la cartografía de las resoluciones de clasificación de ambos MVMC, se detecta que existe colindancia entre ambos y se considera que no afecta a terceros propietarios.

El punto D13 no invade la parcela de referencia catastral 36033A00800031 de titularidad particular, se sitúa en el mojón de piedra granítica colocada en su día por la CMVMC de Mos. La cartografía catastral no se ajusta exactamente a la realidad.

El punto D15 es el punto en el que convergen la CMVMC de Mos, la CMVMC de Louredo, la CMVMC de Ribadetea y la CMVMC de Xinzo. Es coincidente con los acuerdos 4/2012 (expediente actual DC23002) Mos-Xinzo y 5/2012 (expediente actual DC23003) Xinzo-Ribadetea y el punto 0 del expediente DC22015 (deslinde entre la CMVMC de Ribadetea, en el ayuntamiento de Ponteareas, y CMVMC Louredo, en el ayuntamiento de Mos).

La línea no respecta exactamente la línea de deslinde del Instituto Geográfico Nacional entre los ayuntamientos de Mos y Ponteareas. El deslinde se establece mediante acuerdo de las comunidades implicadas en el mismo.

La línea de deslinde produce modificaciones en la cartografía de los croquis de clasificación de las siguientes comunidades:

– CMVMC de Mos: el expediente de revisión de esbozo RE22031 ya contempla el actual deslinde. Tiene en cuenta la mejora del Acuerdo 4/2012 (expediente actual DC23002) Mos y Xinzo y el expediente DC22011 (deslinde entre la CMVMC de Mos y la CMVMC de Cans).

– CMVMC de Louredo: aporta un pequeño ajuste para cerrar el punto D13 del deslinde con el resto del croquis de su MVMC. En el punto D15 cierra el croquis teniendo en cuenta el expediente DC22015.

El Servicio de Montes considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53, por lo que propone la aprobación del deslinde según la línea presentada.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La presente resolución se dicta de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segunda. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento que hay que seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, tras el examen de la documentación presentada, dictará resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y con las consideraciones legales y técnicas expuestas, el Jurado, por unanimidad de sus miembros,

ACUERDA:

Aprobar el deslinde parcial realizado entre la CMVMC de Mos y la CMVMC de Louredo, ambas en el ayuntamiento de Mos, respecto de su linde común, en los términos indicados en el hecho tercero.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra en el plazo de un mes, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Pontevedra, 22 de diciembre de 2023

Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Pontevedra